
Un tribunal federal de Washington, D.C., resolvió a favor del Departamento del Tesoro de Estados Unidos y rechazó la demanda presentada por el exjefe del Centro de Gobierno, Miguel Martínez, quien buscaba ser retirado de la lista de personas sancionadas por presuntos actos de corrupción.
Con el fallo, permanecen vigentes el bloqueo de sus cuentas bancarias y propiedades en territorio estadounidense y las restricciones financieras derivadas de su designación.
Medios internacionales, como Tampa Free Press, informaron que la jueza federal Beryl A. Howell concluyó que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) actuó dentro de las facultades que le confiere la legislación nacional al mantener a Martínez en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN List, en inglés).
Miguel Martínez alega persecución política por parte de la OFAC y dice “sufrir daño económico”
Entretanto, el sitio casemine.com, que recopila información judicial de EE. UU., publicó un escrito en el cual se evidencia que la resolución se emitió el pasado 24 de julio.
Según el expediente, la jueza negó la solicitud de sentencia sumaria planteada por Miguel Martínez y, en cambio, concedió la petición presentada por el Departamento del Tesoro y la OFAC, con lo que dio por cerrado el caso a favor del Gobierno de aquella nación.
LOS SEÑALAMIENTOS QUE PROVOCARON LAS SANCIONES
Martínez fue sancionado por la OFAC el 1 de diciembre de 2023, bajo la Orden Ejecutiva 13818, emitida en el marco de la Ley Global Magnitsky.
El Departamento del Tesoro lo señaló entonces por utilizar su cargo como jefe del extinto Centro de Gobierno para influir en adjudicaciones estatales, favorecer contratos al margen de los procedimientos formales de contratación y beneficiar a empresas vinculadas con sus intereses.
Además, las autoridades estadounidenses sostuvieron que solicitó sobornos relacionados con la adquisición de 16 millones de dosis de la vacuna Sputnik V durante la pandemia de COVID-19.
Pese a los señalamientos, el Ministerio Público (MP) —dirigido en ese entonces por Consuelo Porras— no llegó a investigarlo.
Caso Sputnik V: MP no investigará a Miguel Martínez hasta que EE. UU. presente denuncia
LA DEFENSA DE MIGUEL MARTÍNEZ
Tras ser incluido en la lista de sancionados bajo la Ley Global Magnitsky, Martínez solicitó administrativamente a la OFAC que revocara la medida.
Entre sus argumentos sostuvo que las acusaciones correspondían a hechos del pasado y afirmó que una fiscalía especializada en Guatemala lo había exonerado en las investigaciones relacionadas con la compra de vacunas Sputnik V.
Sin embargo, la OFAC rechazó esa petición al considerar que las resoluciones adoptadas por autoridades judiciales o fiscales extranjeras no son vinculantes para las decisiones administrativas sobre sanciones adoptadas por Estados Unidos.
La agencia también concluyó que el joven, pareja del expresidente Alejandro Giammattei, no presentó pruebas suficientes para desvirtuar la información que sustentó su designación en la lista de sancionados ni evidenció un cambio en las circunstancias que justificara retirarlo de esta.

ALEGÓ DAÑOS ECONÓMICOS
Tras el rechazo administrativo, Martínez acudió a la Corte de Distrito de Columbia para impugnar la decisión de la OFAC.
En la demanda, presentada en 2024 por medio de su abogado Alexei Schacht, sostuvo que las sanciones le habían ocasionado graves perjuicios económicos, financieros y reputacionales; asimismo, argumentó que era víctima de una persecución política.
Como parte del proceso, la defensa afirmó que Estados Unidos no le había permitido conocer la totalidad de las pruebas utilizadas para imponerle las sanciones, ya que gran parte del expediente fue entregado con información testada por tratarse de material clasificado o reservado.
Schacht sostuvo que, sin acceso a esa información, su cliente no podía rebatir adecuadamente los señalamientos y aseguró que no existían pruebas creíbles que demostraran su participación en actos de corrupción.
¿Quién es el abogado que busca liberar a Miguel Martínez de las sanciones de EE. UU.?
Además, presentó documentos con los que buscó acreditar que Miguel Martínez no era objeto de investigaciones penales en Guatemala por el caso Sputnik V y citó declaraciones de exfuncionarios, entre ellos la exministra de Salud, Amelia Flores, quien indicó que este únicamente le sugirió la contratación de una persona, pero no intervino en la compra de los inmunizadores.
El abogado también alegó que la permanencia de Martínez en la Lista de Nacionales Especialmente Designados le impedía acceder al sistema financiero internacional y había provocado daños económicos tanto para él como para su familia. Pero ninguno de sus argumentos tuvo peso.
LA DECISIÓN DE LA JUEZA
Aunque los alegatos fueron conocidos por la jueza Beryl A. Howell, esta resolvió a favor del Departamento del Tesoro y de la OFAC.
La togada rechazó la tesis de que la agencia hubiera excedido sus atribuciones y recordó que las decisiones del Poder Ejecutivo estadounidense en materia de política exterior y seguridad nacional reciben un amplio margen de deferencia por parte de los tribunales.
Asimismo, concluyó que la OFAC realizó una revisión independiente de la solicitud presentada por Martínez y determinó que este no logró refutar la información —incluido material clasificado y reservado para fines de investigación— que sirvió de fundamento para mantener las sanciones.
En la resolución, Howell indicó que la agencia determinó que los argumentos del exfuncionario «no refutan la información clasificada y/o sensible para las fuerzas del orden» de la que dispone el Gobierno estadounidense.
#LHNacionales | ⚖️La OFAC del Departamento del Tesoro de EE. UU. explica las razones por las cuales, es improcedente retirar al exdirector del extinto Centro de Gobierno, Miguel Martínez, de la lista negra financiera internacional (SDN) ⬇️ https://t.co/AKmLePakin
— Diario La Hora (@lahoragt) February 1, 2026
QUÉ IMPLICA EL FALLO
Con esta decisión, Miguel Martínez permanece en la lista de personas sancionadas por el Gobierno de Estados Unidos. De esa cuenta, no tiene permitido su ingreso a ese país.
Pero no solo eso, continúa el bloqueo de sus bienes —incluidas cuentas bancarias— que se encuentren bajo jurisdicción de EE. UU., así como las restricciones que impiden a ciudadanos, empresas e instituciones financieras de ese país realizar transacciones con él, salvo autorización expresa de la OFAC.
El fallo tampoco obliga al Departamento del Tesoro a revisar nuevamente su designación, por lo que las sanciones impuestas en diciembre de 2023 permanecen plenamente vigentes.







