
La discusión para modificar la Ley del Impuesto Sobre Único (IUSI) provocó reacciones divididades entre diputados, ya que algunos indican que se debe discutir con la presencia de más de 107 legisladores, mientras que otra parte es que solo se requiere de 81 congresistas por tratarse de una ley ordinaria.
El proyecto de ley 6709 que avanzó en primer debate el pasado 21 de abril busca fijar el valor del pago del tributo de 3 por millar por inmuebles valorados de Q1 en adelante, por lo que algunos diputados de partidos políticos que tienen alcaldes, principalmente en el departamento de Guatemala, señalaron que se afectarán las finanzas de las municipalidades.
No obstante, algunos legisladores indicaron que ese valor solo debe ser para viviendas y no para negocios o comercios, pues tienen otro fin que el de la residencia.
El presidente del Congreso de la República, Luis Contreras, es del grupo que para reformar la Ley del IUSI se debe aprobar con 107 diputados presentes, pues las municipalidades tienen fondos privativos entre ellos los provenientes de ese tributo, hay sentencias de la Corte de Constitucionalidad (CC) que se requiere ese número de diputados.
«No me dejo llevar por el discurso alegórico y todo, aquí manda la ley, no soy experto en todo, tengo mi asesoría legal con Dirección Legislativa, este es mi fundamento legal, no voy a hacer nada que Dirección Legislativa no me deje hacer, así funciona el Pleno», respondió Contreras, y agregó que se debe conversar más.
El titular del Organismo Legislativo explicó que se pretende que las personas que compran su primera vivienda no paguen el IUSI, al igual que las personas mayores de 60 años, que han pagado por más de 30 años ese impuesto, pues no tienen fondos para pagar el IUSI.
Asimismo, Presidencia del Congreso de la República argumenta los artículos 134, 253 y 255 de la Constitución por tratarse de la autonomía municipal para obtener fondos y los recursos económicos para prestar servicios necesarios.
El constituyente Roberto Alejos es del pensar que dicha reforma se debe hacer con 107 diputados, por tocar el tema de ingresos, además, cuando se aprobó fue con mayoría calificada. No obstante, otro exlegislador respondió que no se requiere de ese número de diputados, sino con 81 votos a favor.
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CONSIDERAN DESIGUALDAD DE PAGO
El exjefe edil y ahora diputado Miguel Ovalle, reconoció que ese impuesto ha generado controversia para las municipalidades, y las que se ubican tanto en el departamento de Guatemala como en las cabeceras municipales son las más afectadas, por lo que consideró que es uno de los impuestos injustos, porque no todos pagan como debe de ser, por lo que enfatizó que debe haber una reforma, pero no se debe eliminar.
Ovalle colocó el ejemplo de las casas adquiridas por medio de préstamo que si pagan a cabalidad el valor de la vivienda, pero en otros casos los alcaldes ponen el avalúo y es ahí donde se ve la injusticia, pues no todos son medidos con la misma «vara», por lo que resaltó que todos deben pagar la misma cantidad y no debe haber una tarifa porque se pierde el derecho de igualdad.
Respecto a la asistencia de diputados para reformar esa Ley, el legislador indicó que se debe acudir a la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, pues existen dudas de que cuando una ley se aprueba de urgencia, con las dos terceras partes de los diputados, así debería de hacer su reforma, pues no se está afectando la autonomía municipal, ya que no todas las comunas cobran ese impuesto, y recordó que en Salcajá, Quetzaltenango, donde dirigió, trasladar ese cobro le costó su no reelección.
«Lo veo injusto como se está cobrando, debe cobrarse de una forma diferente y que los que tienen su vivienda habitacional sean exonerados para que no sea una doble tributación. Entre más ingresos propios tienen las municipalidades, más beneficios recibirán, porque todos los municipios de Guatemala se llevan más del 60 por ciento del Situado Constitucional y genera una desproporción en el resto de municipalidades, lo cual hay una desigualdad», añadió Ovalle
El abogado tributarista, Mario Estuardo Archila, es de los profesionales que consideran que la modificación del IUSI se puede hacer con 81 diputados, porque es un decreto de impuestos común, como la mayoría que se requiere para cambiar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o el Impuesto Sobre la Renta (ISR), por lo que es distinto que para haberse aprobado de urgencia se requería la mayoría calificada.
Archila hizo un recordatorio de que el IUSI tiene origen desde hace 40 años, que impulsó el gobierno de Vinicio Cerezo, pero se aprobó en la administración de Álvaro Arzú, que fue una ley intermedia, pero tiene varios defectos, pues en ese tiempo los diputados no eran sofisticados en materia tributaria.
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«Ese decreto tiene defecto porque no tiene hecho generador, no se sabe por qué se paga, dice propietario o poseedor obligado a pagar, pero no dice por qué y si no existe la norma definida no hay obligación de pagar. Muchos dicen que la norma se entiende, pero la Constitución establece que es el Congreso que debe establecer el hecho generador y no se puede por vía analogía decir cual es el hecho generador, además, se ha señalado que el impuesto tiene mala redacción», indicó el profesional tributario.
Por último, Archila explicó que para los impuestos según la Constitución se debe establecer la capacidad de pago, pero en ese impuesto en ciertos casos las municipalidades elevan los precios, por lo que no hay una relación entre el valor del inmueble con la capacidad de pago del impuesto y eso generaría deudas.
Debido al debate el diputado José Inés Castillo presentó un amparo en contra de la junta directiva del Congreso de la República para que se esclarezca el número de diputados con que se debe discutir las reformas al IUSI, pues él es del grupo que sólo con 81 votos se puede hacer.







