Los diputados Manuel Archila, Miguel Ovalle y Oswaldo Rosales, presentan reformas a la Ley del Renap para que guatemaltecos puedan votar con su pasaporte. Foto: Congreso de la República
Los diputados Manuel Archila, Miguel Ovalle y Oswaldo Rosales, presentan reformas a la Ley del Renap para que guatemaltecos puedan votar con su pasaporte. Foto: Congreso de la República

El titular de la Comisión Legislativa del Migrante, Miguel Ovalle, y compañeros de esa comisión, promueven que los guatemaltecos en el extranjero puedan emitir el voto en las próximas elecciones con el pasaporte.

Para ese cambio, los legisladores impulsan reformas en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) como en la Ley del Registro Nacional de las Personas (Renap).

El ajuste en la normativa electoral se pretende hacer al artículo 12, donde se establece que el voto es un derecho y un deber cívico inherente a los ciudadanos, es universal, secreto, único, personal y no delegable.

El cambio se agrega en el segundo párrafo de ese artículo, que para el ejercicio del voto en el extranjero se utilizará el Documento Personal de Identificación (DPI), pasaporte u otro documento de identificación digital reconocido por el Estado de Guatemala.

«El voto en el extranjero se emitirá en la misma fecha que se fije para las elecciones en Guatemala. Podrán votar en el extranjero los guatemaltecos que se encuentren fuera del territorio nacional cuando se celebren las votaciones para elegir presidente y vicepresidente, diputados de Listado Nacional y al Parlamento Centroamericano. Para el efecto, el reglamento específico regulará todo lo relativo a la implementación del voto de los ciudadanos guatemaltecos en el extranjero», resalta la propuesta de los diputados Ovalle, Gustavo Cifuentes y Carlos Calderón.

Sin embargo, para los ajustes de la Ley Electoral, los diputados deben aprobarlos con más de 107 votos a favor y luego enviar a la Corte de Constitucionalidad (CC) para sus observaciones y luego avalarlos en redacción final.

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CAMBIOS A LEGISLACIÓN DEL RENAP

Mientras que la reforma a la Ley del Renap se propone en el artículo 50, donde se menciona el DPI, el cual es documento público e intransferible de carácter oficial, el cual se emite para los guatemaltecos y extranjeros domiciliados mayores de 18 años.

«Exclusivamente para el ejercicio del voto en el extranjero, los ciudadanos guatemaltecos podrán identificarse mediante el DPI o el pasaporte vigente emitido por el Estado de Guatemala, de conformidad con la legislación electoral vigente», enfatiza la propuesta de ley de los diputados Ovalle, Calderón, Manuel Archila y Oswaldo Rosales.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) se ha pronunciado en ocasiones anteriores por la posibilidad de que se utilice el pasaporte para las elecciones, pero para eso se debe reformar la LEPP.

Además, la comisión de Asuntos Electorales, discuten las reformas a la LEPP que han enviado autoridades del ente electoral en ocasiones anteriores, pero no convencen a diputados ni partidos políticos.

Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
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