Postuladoras para Magistrados: ¿4 o 6 meses para convocar?

La convocatoria para instalar la comisión de postulación para elegir director del Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP), levantó los ánimos para la integración de las comisiones de postulación para magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de las Salas de Apelaciones. Sin embargo, el debate surge sobre cuál es el plazo que deben tomar en cuenta los diputados para dicha convocatoria.

El artículo 3 de la Ley de Comisiones de Postulación refiere que la convocatoria por el Congreso de la República para conformar las comisiones de postulación debe hacerse cuatro meses de anticipación a que termine el plazo para el que constitucionalmente o legalmente fueron electos.

A la vez, establece que en caso de encontrarse en receso el Legislativo, la Comisión Permanente convocará a una sesión extraordinaria para llevar a cabo el acto de convocatoria.

No obstante, la Ley de la Carrera Judicial fija que el Consejo de la Carrera Judicial debe dar aviso al Congreso con seis meses de anticipación, del vencimiento del periodo constitucional de los magistrados de la CSJ y de las Cortes de Apelaciones, a fin de que convoque a las comisiones de postulación respectivas.

El abogado Eduardo Möller explicó que si debido a que no hay una ley específica, se debe usar la lógica, ya que para él la Ley de Carrera Judicial solo abarca hasta el nombramiento de los jueces de primera instancia. Y para los magistrados de la Corte Suprema y de Salas de Apelaciones les aplica la Ley de Comisiones de Postulación.

«En consecuencia hay un amparo de la Corte de Constitucionalidad sobre dicha convocatoria, pues hay un problema en la legislación que no deja claro un plazo y queda en interpretación de los abogados a través de la jurisprudencia, que en este caso hay precedentes, por lo que se debe hacer lo que más ayude a la certeza jurídica», agregó el profesional del Derecho.

 

¿ANTICIPACIÓN DE CONVOCATORIA?

La junta directiva del Congreso en 2019 hizo la convocatoria en enero de ese año, pero ante una queja por anticipación de la instalación de la comisión de postulación, el Tribunal Constitucional otorgó un amparo, que obligó a repetir dicha convocatoria hasta junio de ese año.

El abogado Edgar Ortiz recordó el plazo de los cuatro meses, como también del aviso de los seis meses, pero con el amparo de 2019 se mencionó de un exceso en la convocatoria sobre el plazo de la Ley de Comisiones de Postulación, pues comenzó a inicios de ese año, aunque no dijo cuando (mes) debía de convocarse.

Para Ortiz, lo establecido en la Ley de Carrera Judicial solo indica dar aviso, y no es una convocatoria.

HOMOLOGAR LEYES

La exjueza Patricia Gámez aclaró que hay diferentes plazos tanto para el Consejo de la Carrera Judicial como para el Congreso, que tiene un plazo máximo para hacer la convocatoria y puede ser hasta junio, aunque reconoce que puede ser antes.

«En caso que se haga la convocatoria dentro del plazo de la Ley no cabe un amparo porque se está cumpliendo con el mandato, que es regulado en la Ley de Comisiones de Postulación. Debe haber una integración de las dos leyes», resaltó Gámez.

El presidente del Congreso, Nery Ramos, informó que todavía no ha recibido el informe del Consejo de la Carrera Judicial, por lo que al tenerlo harán los consensos en la junta directiva y los bloques legislativos para hacer la convocatoria en el tiempo prudencial.

«Respetando los plazos que la ley nos otorga. Y estaremos observando lo que la ley establece al respecto y lo resuelto por la Corte de Constitucionalidad para cumplir con todas las condiciones de la convocatoria», señaló Ramos.

Ramos también indicó que se analiza si la convocatoria se hará antes del 15 de mayo, cuando los diputados tengan receso legislativo o en una sesión extraordinaria antes de la segunda quincena de junio.