Por Margarita Girón
jgiron@lahora.com.gt

En el Diario de Centroamérica, se publicaron este viernes, los acuerdos gubernativos que detallan los reglamentos correspondientes al Bono Familia y al Fondo de Protección al Empleo, mismos que forman parte de los 10 programas implementados por el Gobierno en apoyo a la población afectada por la emergencia del COVID-19 en el país.

BONO FAMILIA

El Acuerdo Gubernativo 57-2020, emitido por el ministerio de Desarrollo Social (Mides), contempla los lineamientos para que las familias puedan recibir el aporte económico por parte del Estado, mismo que según se detalla será de hasta Q1 mil por un periodo de tres meses, con lo que el Gobierno invertirá hasta Q6 mil millones.

¿QUIÉNES PUEDEN APLICAR?

Sobre la información para la conformación del padrón de beneficiarios, el Acuerdo detalla que se solicitará información certificada de las personas cuyo consumo eléctrico del mes de febrero no supere los 200 KwH, a la comisión Nacional de Energía Eléctrica, al ministerio de Energía y Minas y a las distribuidoras de energía eléctrica del país cuando corresponda, con el fin de obtener la totalidad de personas elegibles para el bono.

Sobre la priorización para atender a los beneficiarios del bono, se establecen los parámetros para personas en pobreza, madres solteras y hogares monoparentales, adultos mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas y degenerativas, familias con niños o niñas en estado de desnutrición y concentración de fuerza laboral por departamento.

Respecto a las familias que no cuentan con servicio de energía eléctrica, el Acuerdo señala que se solicitará al Instituto Nacional de Estadística y a otras instituciones del Estado, información certificada de datos estadísticos de la población que no cuenta con el servicio y que por su condición económica deban ser incluidos en el padrón del Bono Familia.

“Se deberá evaluar a las personas o familias, mediante la aplicación de la Ficha de evaluación de condiciones socioeconómicas. Para el manejo de otros casos especiales, se atenderá a lo dispuesto por lo que apruebe el Mides para tal efecto”, detalla el Acuerdo.

SOBRE EL PROCESO

El Acuerdo detalla que una vez procesada y confirmada la información, se incorporarán los datos a una plataforma tecnológica en donde las personas o familias elegibles, deberán confirmar sus datos para ser beneficiario.

“Para cumplir con las normas de distanciamiento social, obtener una mejor cobertura y descentralización del Bono Familia, las personas también podrán a través de la plataforma tecnológica y otro mecanismo de comunicación que determine el Mides, realizar su solicitud de incorporación al padrón”, se lee en el Acuerdo.

RESTRICCIONES

Según lo consignado en el Acuerdo, no podrán optar al Bono Familia, servidores públicos, personas que cuentan con contratos administrativos de prestación de servicios vigentes con el sector público, y pensionados tanto del Estado como del Seguro Social.

Además, establecen como condición general que la persona beneficiaria no reciba otros beneficios o aportes derivados de la emergencia.

FONDO PARA LA PROTECCIÓN DEL EMPLEO

El Ministerio de Economía (Mineco), a través del Acuerdo Gubernativo 58-2020, establece el reglamento para optar al beneficio del aporte, como un medio para apoyar a los trabajadores del sector privado, cuyos contratos de trabajo hayan sido suspendidos y que tal situación haya obtenido la autorización de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab). Además, las empresas no deben estar dentro de los casos de excepción, establecidos en las Disposiciones Presidenciales.

Según detallan, el beneficio será de Q75 diarios por trabajar, aporte que se entregará a través de depósito bancario a la cuenta del trabajador o cualquier otro medio o instrumento disponible por parte del CHN, cuyo beneficio estará exento de deducciones, retenciones o impuestos.

El Acuerdo detalla que el empleador debe ingresar a la plataforma digital del Mineco en donde debe adjuntar la autorización de la suspensión de contratos emitida por en Mintrab y otros documentos requeridos, para que posteriormente sean verificados y pueda así emitirse el pago a través del viceministerio de Desarrollo de la Microempresa, pequeña y mediana empresa, ente que, además, establecerá los días y monto a recibir, así como la fecha del periodo de pago.

De acuerdo con declaraciones del presidente Alejandro Giammattei, los aportes podrían empezar a entregarse a finales del mes de abril, aunque de momento no se conoce la fecha definitiva del inicio de la entrega de la ayuda económica para la población afectada por la emergencia.

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