Jorge Ernesto Roa Roa, experto e investigador en Derecho Constitucional, participó en un evento organizado por la Corte de Constitucionalidad. FOTO LA HORA/CC

Por Margarita Girón
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Jorge Ernesto Roa Roa, experto e investigador en Derecho Constitucional y profesor de la Universidad Externado de Colombia, durante una visita a Guatemala, en entrevista para Diario La Hora, abordó temas como la independencia judicial y el poder que representan las cortes para que prevalezca el Estado de Derecho y la democracia en los países en donde el experto aboga por un constitucionalismo transformado.

De acuerdo con Roa, dentro de la estructura de poderes de un Estado, la Corte de Constitucionalidad, es un tribunal de cierre y ordenamiento jurídico, es decir son quienes tienen la última palabra en la interpretación de la Constitución y en los derechos fundamentales de las personas.

Para Roa, el papel de una Corte de Constitucionalidad o un Tribunal Supremo gira en dos direcciones, la primera señala que originalmente los Tribunales tenían como principal función proteger la supremacía constitucional y los derechos fundamentales de los ciudadanos, mientras que la otra y cien años después de haberse creado las primeras cortes, pareciera que hay que tener una visión más moderna y más contemporánea de lo que significan en la democracia constitucional de un país.

“Yo sostengo que en la idea de un constitucionalismo transformado, los tribunales también contribuyen a producir cambios sociales que hacen efectivas las promesas sociales que tienen las constituciones actuales”.

SOBRE INDEPENDENCIA JUDICIAL

A decir de Roa, es importante que los demás poderes del Estado respeten a los tribunales, pero también la sociedad civil y la propia corte, respete su independencia, en primera instancia como una garantía para que se respeten los derechos de ciudadanos y como una garantía de seguridad del sistema democrático con sus frenos y contrapesos y porque además no puede existir un juez que sea legítimo y transformador si no es un juez independiente e imparcial.

“Si un tribunal está al servicio de un partido político, de un interés económico o de una revolución, ese juez no es imparcial, no es independiente y no será nunca, un juez transformador”, acotó Roa.

De acuerdo con Roa, la independencia judicial es una suma de cualidades institucionales de diseño y arquitectura constitucional que equilibre dos valores, la independencia absoluta de los jueces y la posibilidad de que los ciudadanos ejerzan control social sobre los tribunales para que los demás poderes del Estado también lo ejerzan.

Roa agregó que la independencia judicial se convierte en un espacio de equilibrio entre la independencia absoluta y la posibilidad de control social y agregó que la misma, también depende de aspectos personales de los jueces, pues a decir de Roa, quienes integran una Corte deben tener sensibilidad social y también el deber de ingratitud que refiere la obligación que tienen los jueces de olvidar quiénes les apoyaron para ocupar el cargo que representan.

“Los jueces están en la obligación de olvidar quiénes les apoyaron para llegar allí, qué sectores políticos les respaldaron y quiénes votaron por ellos. Ejerciendo el deber de ingratitud, los jueces se pueden colocar en una posición personal que les permita fallar causas que comprometen los intereses de quienes les llevaron a las cortes de una manera transparente e imparcial”, detalló el experto.

De acuerdo con Roa, si un funcionario no puede obedecer ese deber de ingratitud, tiene que apartarse de las causas en las cuales estén comprometidos los intereses de quienes dieron soporte a su posición en las cortes.

¿CÓMO LOS GOBIERNOS COOPTAN LAS CORTES?

A decir de Roa, en varios países de América Latina y Europa, especialmente poderes Ejecutivos, excesivamente fuertes ideologizados y populistas, han cooptado a los tribunales, porque estos son la última línea de defensa ante un constitucionalismo abusivo y al autoritarismo.

“Los tribunales se cooptan poniendo solo personas afectas al Gobierno, limitando funciones, ampliando el número de magistrados a las cortes o cambiando la forma de elección, es decir, existen distintas maneras de cooptar una Corte”.

Jorge Ernesto Roa Roa, experto e investigador en Derecho Constitucional

Para el entrevistado, el papel de la sociedad civil en la actualidad juega un papel importante para que las Cortes no sean cooptadas, pues a decir de Roa, todos pierden cuando se pierde la independencia judicial, porque se pierde el Estado de Derecho, la democracia y el mismo Gobierno, los ciudadanos y los empresarios que no tienen un foro independiente para equilibrar sus intereses.

“Pierden todos y pierde el ciudadano de a pie, porque se pierde el escenario en donde se protege como última instancia sus derechos fundamentales. Entonces, si todos entendemos qué pasa cuando carecemos de justicia institucional, eso nos va a incentivar para proteger siempre la independencia de los tribunales”, señaló Roa.

Jorge Ernesto Roa Roa abordó la importancia que tienen los tribunales constitucionales para una democracia.
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NO ACATAR UNA ORDEN CONSTITUCIONAL, NO DESAPARECERÁ EL PROBLEMA

Roa compartió su postura sobre el mensaje que envía el hecho no acatar una decisión constitucional y detalló que lo primordial es comprender que cuando existe una decisión judicial a este nivel es porque existe un problema entre dos partes o un problema social y que independientemente de que guste o no la forma en como el tribunal lo resolvió, el hecho de no cumplir con lo ordenado por una Corte no significa que el problema desaparezca y detalló que no acatar una decisión podría en algún momento desencadenar una explosión social.

“Si la Corte da una orden al poder Ejecutivo o al Legislativo para que emita una política pública o haga alguna acción que permita superar un problema social y no cumplen con esa orden, el problema seguirá allí y no le pueden reclamar después al Tribunal que tome otro tipo de decisiones porque el ciudadano necesita que al menos un poder del Estado resuelva su situación”, manifestó Roa.

En ese sentido, Roa remarcó que cuando un funcionario se niega a acatar una orden de un tribunal constitucional, que ha sido tomada deliberativamente y que pretende un desbloqueo institucional, pierde la democracia, pierden los poderes del Estado y la misma sociedad. Además de socavar el Estado de Derecho.

“Ejerciendo el deber de ingratitud, los jueces se pueden colocar en una posición personal que les permita fallar causas que comprometen los intereses de quienes les llevaron a las cortes de una manera transparente e imparcial”.

¿HACIA DÓNDE SE DIRIGEN LAS CORTES?

Según Roa, en la región existen dos fenómenos que ocurren simultáneamente; por una parte se ha visto sociedad civil movilizada en distintos países y por otra parte se han visto fenómenos de autoritarismo ejercidos por los poderes Ejecutivos.

Para Roa ambos fenómenos exigen de los tribunales una vocación transformada, en el primer caso, porque la ciudadanía ha entendido que las promesas constitucionales están siendo incumplidas y por ello se exige que los tribunales ejerzan una función transformadora para impulsar cambios sociales junto a las movilizaciones y demás poderes del Estado para cumplir las promesas sociales que se han hecho las Constituciones.

Mientras que en el caso del autoritarismo, también exige que los tribunales sean transformadores presuntamente para proteger la democracia y a los demás poderes que constituyen un Estado, en donde buscan cooptarlos y limitar el poder del Gobierno.

“Ambos fenómenos exigen lo mismo de los tribunales, una vocación transformadora”, agregó Roa.

Roa visitó el país para participar en el foro “Desafíos de los Tribunales Constitucionales a 100 años de su creación», organizado por la Corte de Constitucionalidad en donde participó como ponente en la conferencia, “El rol de las Cortes de Constitucionalidad en el cambio social».

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