El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) restringió el paso del transporte pesado durante las fiestas de fin de año, esto según el acuerdo ministerial 1146-2023. La medida es aplicable a todo el territorio nacional.
La referida disposición entrará en vigencia al mediodía del domingo 31 de diciembre, y se extenderá a las 24 horas del lunes 1 de enero de 2024.
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El acuerdo fue publicado el pasado jueves 14 de diciembre en el Diario Oficial. La desobediencia al acuerdo será verificada por el control en carreteras, y podrá imponer las sanciones correspondientes establecidas en las leyes vigentes.
VEHÍCULOS AUTORIZADOS
El acuerdo publicado dice que hay una excepción para el transporte de bebidas y alimentos, productos perecederos y combustibles, los cuales no necesitan ningún permiso para circular en las rutas del país.
EN PUERTOS
En el artículo 2 se indica que el transporte podrá circular bajo estas circunstancias en puertos:
Del kilómetro 290 Carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
Del kilómetro 80 Carretera CA-09-SUR-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 de la carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 de la carretera SA-09-SUR.
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