Los votos de Dina Ochoa, Leyla Lemus y Héctor Hugo Pérez Aguilera fueron decisivos para que la Corte de Constitucionalidad (CC) mantuviera la suspensión de los estatutos del Comité Olímpico Guatemalteco (COG). Foto La Hora: Comité Olímpico Guatemalteco

 

Los votos de Dina Ochoa, Leyla Lemus y Héctor Hugo Pérez Aguilera fueron decisivos para que la Corte de Constitucionalidad (CC) mantuviera la suspensión de los estatutos del Comité Olímpico Guatemalteco (COG) y con ello el desconocimiento de esa instancia a nivel internacional.

Las consecuencias de la resolución de la alta corte condicionaron la suspensión del COG, lo cual se traduce en un impedimento para los atletas que buscan enaltecer a Guatemala en las competencias del ciclo olímpico, es decir, los Juegos Centroamericanos, Juegos Centroamericanos y del Caribe, Juegos Panamericanos y finalmente los Juegos Olímpicos en París.

 

LA DISPUTA DE LA ELECCIÓN

El conflicto deriva de la elección de la junta directiva del COG, celebrada el 9 de octubre de 2021, en la cual resultó ganadora la planilla de Jorge Rodas luego que la de Gerardo Aguirre -actual presidente del COG- no pudiera participar por carecer del “finiquito”.

Sin embargo, la asamblea del COG decidió desconocer al Tribunal Electoral del Deporte Federado (Tedefe) -quien oficializó el triunfo de Rodas-, modificar los estatutos de la institución, crear una Comisión Electoral y hacer una segunda elección, donde Aguirre fue el ganador sin oposición.

Pero estas elecciones fueron suspendidas el 4 de agosto de 2022 cuando la CC concedió un amparo temporal solicitado por el Tedefe y detuvo provisionalmente varios artículos de los estatutos y código de ética del COG.

Lo anterior representó para el COI una violación a la Carta Olímpica, razón suficiente para determinar que el COG sea desconocido el 15 de octubre de 2022 a menos que se levante la suspensión de los estatutos.

VOTOS DISIDENTES ADVERTÍAN LAS SANCIONES

El COG planteó un recurso legal y pidió revertir el amparo provisional interpuesto por el Tedefe. Los magistrados de la CC rechazaron la petición el 23 de agosto, exceptuando a Roberto Molina Barreto y Claudia Paniagua.

Los votos razonados advertían las sanciones que la suspensión de los estatutos implicaría para los atletas de Guatemala.

Molina Barreto expuso entre sus argumentos que la suspensión no debió decretarse, entre algunas razones, por la necesaria observancia de la carta olímpica y el riesgo de incumplimiento, por parte de Guatemala, de sus compromisos con el COI.

 

“Lo que resulta inminente es que, de mantenerse la decisión de la mayoría de Magistrados sobre mantener la suspensión normativa, existirán consecuencias negativas para todas las personas que forman parte del movimiento olímpico nacional”, resaltó el magistrado.

Para el togado la decisión tomada por la mayoría carece de fundamento, razonabilidad y justificación, “demerita y no reconoce el valor del esfuerzo que los deportistas están realizando en las respectivas disciplinas para las que han trabajado (…), quienes pueden verse desincentivados y vulnerados por el Tribunal llamado a proteger sus derechos”.

RIESGO DE MUNDIAL SOFTBOL SUB 20 Y OTROS EVENTOS

Del mismo modo, la magistrada Claudia Paniagua justificó su voto disidente en los efectos irreversibles que la retención de la suspensión traería al deporte olímpico guatemalteco, incluyendo ser el tercer país en carecer de representación internacional.

Asimismo, Paniagua tomó en cuenta que Guatemala se encontraba en proceso de competición de manera federativa y la cercanía de los Juegos Centroamericanos en la cual Guatemala compartiría la sede. El evento fue cancelado semanas después por la inseguridad administrativa y financiera coyuntural.

Otros eventos en riesgo por la decisión del pleno, expuso Paniagua, es el mundial de Softbol, donde Guatemala es uno de los únicos cuatro países de América previstos para el evento.

 

“(…) Detrás de cada atleta hay familias que con sacrificios permiten que desde niños empiecen a participar y ante todo la población guatemalteca a la que le genera orgullo los triunfos alcanzados por los atletas nacionales y que detrás de cada uno existe una historia. Por tal razón disiento de la decisión de este Tribunal Constitucional de no conocer el requerimiento enunciado”, concretó la magistrada.

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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