Esta mañana fue publicada en el Diario Oficial la segunda modificación del 2022 a la “Ley seca” en Guatemala. Según el Acuerdo Gubernativo 56-2022 del Ministerio de Gobernación (Mingob), se prohibirá el consumo y expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales durante las primeras cinco horas del día.
NUEVO HORARIO
La nueva disposición indica la prohibición del expendio y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a domingo entre la 1:00 y 6:00 horas en establecimientos comerciales abiertos al público de cualquier categoría.
El primer artículo establece que estos comerciales pueden continuar operando en el horario de ley seca, siempre y cuando no dispensen bebidas fermentadas y alcohólicas.
Además, estipula que la infracción a la norma será multada con Q100 mil y dará lugar a abrir expediente para cancelar la patente, licencia o permiso de la persona propietaria del establecimiento.
Con el Acuerdo Gubernativo 56-2022 se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a domingo entre la 1:00 y 6:00 en establecimientos comerciales abiertos al público. pic.twitter.com/xhNuLCe3a1
— Diario La Hora (@lahoragt) March 2, 2022
A personas individuales que infrinjan esta ley se les impondrá una multa de Q5 mil, sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.
Mientras el horario anterior mantenía la prohibición de ingerir bebidas alcohólicas entre las 23 horas a las 6 horas del día siguiente.