Rafael Rodríguez, ministro de Trabajo y Previsión Social se refirió al tema este lunes en conferencia de prensa. Foto: La Hora/José Orozco

Este día el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) brindó una conferencia de prensa donde entre los temas comentados destacó la aprobación del trabajo a tiempo parcial y su dignificación. Según las autoridades esta modalidad de empleo ya regulada podrá ofrecer a los trabajadores posibilidades de desarrollarse tanto en sus labores como en el ámbito privado. Asimismo, se enfatizó que los trabajadores a tiempo parcial deberán gozar de los mismos derechos que trabajadores a tiempo completo.

El 15 de julio la Corte de Constitucionalidad emitió una sentencia para que en Guatemala se pudiera implementar la modalidad de trabajo en tiempo parcial, misma que se establece en el Acuerdo Gubernativo 89-2019, Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); con esta resolución se revocó el reglamento de contratación por horas.

Con base en lo anterior, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social dictó algunos aspectos que los empleadores a tiempo parcial deberán cumplir con la resolución de la Corte.

Primero, Rafael Rodríguez, ministro de Trabajo y Previsión Social, indicó que el convenio ya había sido ratificado en Guatemala hace unos años, pero no solo necesitaba la ratificación del Congreso de la República, sino el desarrollo del trabajo parcial de acuerdo con la legislación o prácticas nacionales. La resolución reciente de la CC representa para la cartera un motivo de celebración.

“El convenio es una norma vigente -175 de la OIT- en todo su contenido y lo que hace es que el convenio recién cobró vigencia en su totalidad en virtud de la resolución de la Corte de Constitucionalidad. Como ministerio celebramos el hecho de que sea uno más de los convenios ratificados por Guatemala y dentro de toda la normativa ratificada por el país de las normas internacionales de la OIT”, expresó el Ministro.

Teniendo claro el marco legal del trabajo a tiempo parcial, el jefe de la cartera remarcó que “dentro de la Constitución se establece que la norma siempre debe favorecer al trabajador”, por tanto, esperan que esta nueva aplicación del convenio sirva para brindar mejores oportunidades de empleo.

Las autoridades del Ministerio de Trabajo indicaron que esta modalidad de empleo ya regulada podrá ofrecer a los trabajadores posibilidades de desarrollarse tanto en sus labores como en el ámbito privado. Foto; La Hora/José Orozco.

Asimismo, indicó que el empleado puede convertir su tipo de trabajo de completo a parcial sin que sea una decisión impuesta. “Nuestra expectativa con esto es que sirva para crear nuevos empleos y sí puede haber una conversión porque el mismo convenio lo permite, pero esta conversión tiene que ser voluntaria”, explicó.

“Cuando se ha hablado del convenio, digamos, en el caso de las madres o las personas que tienen cargas familiares, ellos solicitar voluntariamente que en lugar de tener un trabajo a tiempo completo tengan un trabajo a tiempo parcial que les permita desarrollarse laboralmente y privadamente con sus familias. Esto es importante porque entonces no debe ser una imposición y eso es lo que el ministerio debe estar al tanto para que no suceda”, agregó.



TRABAJO A TIEMPO PARCIAL DEBE ABRIR POSIBILIDADES DE EMPLEO

El ministro Rodríguez comentó que con esta iniciativa se pretende crear mejores y más oportunidades de empleo en Guatemala al volver al trabajo en tiempo parcial una modalidad con los mismos derechos que el trabajo a tiempo completo. “Es así como se ha venido tratando, como una posibilidad de que las microempresas que quieran pasar a la formalidad puedan tener una contratación de personas en una situación comparada con otras de tiempo parcial. Entonces, instamos a que esto sea para crear nuevos empleos”, dijo en conferencia.

Recientemente el personal del Ministerio de Trabajo inició los operativos para verificar el cumplimiento del pago del Bono 14. Foto: Mintrab

El Ministro planteó que las personas con un empleo a tiempo completo deben gozar de derechos proporcionales con los trabajadores de tiempo completo, salvo algunas excepciones como la licencia de las mujeres pre y postparto.

“Aquella persona que esté contratada como trabajador a tiempo parcial en una situación comparable con la de un trabajador a tiempo completo tiene que tener los mismos derechos, algunos que son directamente proporcionales y otros que evidentemente no pueden ser proporcionales. Les pongo de ejemplo el derecho de la mujer de poder gozar de ese tiempo de licencia con goce de salario 30 días antes del parto y 54 días después, ahí no se puede aplicar proporcionalmente, digamos que solo le voy a dar dos horas de licencia, no, son los 84 días los que goza la mujer estando contratada”, formuló. Y es así como mencionó que cada caso debe ser analizado.

TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL GOZARÁN DE LOS MISMOS DERECHOS

Rafael Rodríguez enfatizó que con esta modalidad se busca que las personas obtengan empleos que se acoplen a sus necesidades sin tener que renunciar a sus derechos como trabajadores de tiempo completo. Un aspecto que distinguió es la inscripción al seguro social, pues aseguró que el Mintrab verificará que cuando se inscriba a un empleado a tiempo parcial este goce de servicios del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

“El IGSS tiene que definir si utiliza programas que ya están vigentes a efecto de poder cubrir la nueva demanda que puede darse en torno a estos trabajos. El Mintrab al momento de hacer una inscripción de trabajo verificará que se esté cumpliendo con el pago de la seguridad social cuando esta sea obligatoria, o sea de tres trabajadores para adelante, sin importar que uno esté como trabajador a tiempo parcial y otro está como trabajo a tiempo completo”, indicó el Ministro de Trabajo.

Las autoridades verificarán que cuando se inscriba a un empleado a tiempo parcial este goce de servicios del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. Foto: IGSS

Del mismo modo dictó que debe establecerse por escrito la cantidad de horas que un empleado a tiempo parcial trabajará, para que así no existan abusos legales contra la persona. Anteriormente el Mintrab tenía una plataforma para plasmar este rubro, ahora esta misma herramienta permite cargar los nuevos contratos celebrados en trabajos de tiempo parcial.

Esta plataforma de registro es el Registro Electrónico de Contratos Individuales de Trabajo (RECIT), disponible en la sección de servicios electrónicos del sitio web www.mintrabajo.gob.gt. Rodríguez comentó que si no se registra el contrato de tiempo parcial en la plataforma “se presumirá, si así lo hace ver el trabajador, que se trata de la norma más favorable que es un trabajo a tiempo completo con todas las obligaciones que esto conlleva”.

Asimismo, dijo que los trabajadores a tiempo completo de percibir un salario digno que no sea menor al salario mínimo fijado.

Para concluir con esta parte de la conferencia señaló que todo empleador deberá acatar en beneficio de sus empleadores lo establecido en el convenio 175 de la OIT, la Constitución Política de la República y el Código de Trabajo.



 

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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