El presidente Bernardo Arévalo, mediante el Decreto 18-2026, sancionó las reformas a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI).
El presidente Bernardo Arévalo, mediante el Decreto 18-2026, sancionó las reformas a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI). Foto La Hora: Kenneth Jordan

El presidente Bernardo Arévalo, mediante el Decreto 18-2026, publicado hoy en el Diario de Centro América, sancionó las reformas a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI).

La decisión del mandatario se produce después de que el Congreso de la República, con 107 votos a favor, aprobara el Decreto 15-98, el pasado 29 de julio.

Entre los principales cambios con esta medida se contempla la exoneración del pago del IUSI para inmuebles destinados exclusivamente para vivienda de uso residencial y uso mixto.

No obstante, las propiedades destinadas a actividades comerciales mantienen un esquema con la siguiente tasa según su valor:

  • De Q0 a Q500,000: Tasa del 3 por millar.
  • De Q500,000.01 a Q1,000,000: Tasa del 6 por millar.
  • De Q1,000,000.01 en adelante: Tasa del 9 por millar.

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El decreto también prohíbe a las municipalidades condicionar la prestación de servicios básicos al pago del IUSI y modifica la distribución de los recursos provenientes del Impuesto de Timbres Fiscales relacionados con las transferencias de inmuebles.

Las sanciones a las reformas realizadas a la Ley del IUSI entrarán en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario de Centro América.

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