El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer que se realizan los monitoreos para que se dé cumplimiento con el retiro de la propaganda electoral de los partidos políticos de las elecciones generales 2023.
El portavoz del TSE, Gerardo Ramírez, explicó que el 31 de enero pasado finalizó el plazo para que las organizaciones políticas retiren la publicidad que utilizaron para las votaciones, toda vez que la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) establece que una vez concluido el proceso de elecciones, las agrupaciones políticas y comités cívicos tienen 60 días para quitar la campaña.
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Ramírez detalló que en los casos de los partidos que no retiren su propaganda, Inspección General del TSE trasladará el expediente al Registro de Ciudadanos (RC), entidad que tomará las acciones correspondientes.
Asimismo, indicó que en algunas situaciones, el TSE podrá retirar la campaña electoral, y si se incurre en algún gasto, este correrá por cuenta de la agrupación política correspondiente.
Sin embargo, se apeló a la buena voluntad de los comités cívicos y de los partidos, agregó.
“Hemos visto que en el área metropolitana ya no contamos con algún tipo de propaganda política. Pero, si algún ciudadano desea realizar alguna denuncia, lo puede hacer en las oficinas de Inspección General del TSE, para que se inicie una investigación pertinente”, enfatizó Ramírez.
¿QUÉ DICE LA LEY ELECTORAL?
El artículo 219 de la LEPP regula lo pertinente con la propaganda política. Dicha normativa indica en una parte que: “dentro de un plazo de sesenta días de concluido un proceso electoral, los partidos políticos y comités cívicos están obligados a retirar la propaganda electoral a favor de ellos o de sus candidatos».
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Se agrega que: «vencido dicho plazo, cualquier autoridad, con autorización del Tribunal Supremo Electoral, podrá retirarla, en cuyo caso el costo de retiro deberá ser deducido del monto del financiamiento público a que se tenga derecho».
También dice que si la agrupación a la cual corresponda la propaganda no tiene derecho a financiamiento público, el candidato «será el responsable de pagar los costos antes mencionados, y en el caso de propaganda política que promueve genéricamente a un partido político, el responsable será la organización política promovida”.