Los documentos 4 y 8 de la primera vuelta electoral, incluyen los cinco tipos de elección. Diseño La Hora / Alejandro Ramírez

El viernes 29 de septiembre la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) de Rafael Curruchiche del Ministerio Público (MP), dirigido por la Fiscal General Consuelo Porras, allanó la sede central del Tribunal Supremo Electoral (TSE), la cual concluyó el sábado 30 con la sustracción de los documentos electorales número 4 y 8.

En ese momento el magistrado del TSE, Gabriel Aguilera declaró que se llevaron únicamente los documentos 4 y 8 de la primera vuelta electoral, que incluye los cinco tipos de elección. “Los documentos 8 totalizan todos los resultados de mesa municipal y departamental, las cuales son elaboradas por guatemaltecos”, agregó.

“Esto es muy importante que la ciudadanía lo sepa, se llevaron los documentos que garantizan el proceso electoral, estos se encontraban protegidos por un amparo otorgado en definitiva por la Corte Suprema de Justicia, y pues lamentablemente no se respetó ese amparo”, enfatizó Aguilera en esa oportunidad.

Los documentos Número 4 y 8 contienen los resultados electorales de las elecciones generales 2023.

DOCUMENTO No. 4: SE DETALLA CADA ASPECTO DE LOS RESULTADOS

Ante la crisis democrática que enfrenta el país por las acciones emprendidas por el MP en contra del TSE por los resultados electorales, que da la victoria a Bernardo Arévalo como presidente electo de la República, es importante conocer qué son los documentos No. 4 y 8.

De acuerdo con información del ente electoral, el documento No. 4 es el acta en la que se deja constancia de los resultados que cada organización política obtuvo en cada una de las cinco elecciones (votos válidos), así como cantidad de votos nulos, en blanco e inválidos, la hora en que se cerró la votación, la cantidad de votantes que asistieron, cantidad de papeletas recibidas así como cantidad de papeletas no usadas.

También se consigna en ella si existieron impugnaciones o no.

Este documento tiene un espacio para colocar los resultados de cada elección y cuenta con original, duplicado y triplicado, los cuales se distribuyen de la siguiente manera:

Original (color blanco): para Junta Electoral Municipal.
Duplicado (color amarillo): para la Dirección de Informática.
Triplicado (color celeste): para el Correo Propio – Auditoría.

Al concluir el proceso debe depositarse en los sobres o bolsas debidamente identificados.

Si desea conocer más detalles de este y otros documentos ingrese aquí. 

Las Actas Finales de Cierre y Escrutinios (documento No. 4) llevan impresa la identificación de la elección, es decir, se cuenta con una página para cada una de las elecciones a celebrar:

Presidente y Vicepresidente
Diputados por Lista Nacional
Diputados Distritales
Corporaciones Municipales
Diputados al Parlamento Centroamericano

Asimismo, lleva impreso los siguientes datos:

  • Número de mesa (conforme la pancarta y el padrón electoral).
  • Municipio y departamento.
  • Nombre de los integrantes de la Junta Receptora de Votos (JRV), así como su número de DPI. Presidente, secretario, vocal.
  • Hora y minutos en que se cierra la votación, en letras, se coloca la hora en que votó la última persona de la fila.
  • Número de personas que se presentaron a votar.

Acta

También tiene el área del resultado final del escrutinio de la elección Presidencial y Vicepresidencial, y a la par de los nombres de las organizaciones políticas participantes, los espacios para anotar los resultados finales de cada una, debiendo llenarse de la siguiente manera:

Se anotan los resultados obtenidos por cada una de las organizaciones políticas.

Seguidamente se colocan las cantidades correspondientes a total de votos válidos (que es la suma de los votos emitidos a favor de las organizaciones políticas), total de votos nulos y total de votos en blanco.

Después, se suman los votos válidos, más los votos nulos y los votos en blanco y se anota el resultado en las casillas de total de votos válidamente emitidos.

Asimismo, se anota la cantidad de votos inválidos, después se suman los votos válidamente emitidos, más los votos inválidos y el resultado se anota en las casillas de total de votos.

Además, contiene un espacio para la firma de quienes integran la Junta Receptora de Votos, así como para la de los fiscales acreditados ante la misma, debiendo consignarse el número de DPI y las siglas de la organización política que representan.

Por último, los integrantes de la JRV deben firmar los documentos No. 4, Acta Final de Cierre y Escrutinios.

Una vez firmado el documento No. 4 (Acta Final de Cierre y Escrutinios), por los integrantes de la Junta Receptora de Votos y los fiscales que se encuentren presentes, los fiscales podrán tomar una fotografía de dicho documento.

En el siguiente enlace podrá obtener más información sobre este documento.

 

DOCUMENTO No. 8: REPORTE FINAL DE RESULTADOS ELECTORALES

El documento No. 8 se utiliza una vez concluida la audiencia de revisión de escrutinio.

Según el TSE, el objetivo de la audiencia es revisar los escrutinios practicados por las Juntas Receptoras de Votos de los municipios de su jurisdicción y resolver las impugnaciones presentadas ante estas, así como las nulidades de su competencia.

“La audiencia de revisión de escrutinios está bajo la responsabilidad de la Junta Electoral Departamental y la Junta Electoral del Distrito Central y un cuerpo de revisores designados por dichas Juntas”, explica el órgano electoral.

De cada revisión se elabora un acta, haciendo constar en ella el resultado y las modificaciones introducidas al escrutinio, si las hubiere, trasladándose inmediatamente a la Junta Electoral Departamental correspondiente o a la del Distrito Central.

La Junta Electoral Departamental o del Distrito Central, al final de la audiencia, levantará acta (Acta Final de Revisión de Escrutinios – documento No.8), haciendo constar:

a) Resultados de la votación del departamento, conforme los escrutinios de las Juntas Receptoras de Votos y las modificaciones introducidas por la revisión.

b) Solicitudes de nulidad que se hayan presentado por las organizaciones políticas, con la opinión razonada de la Junta respecto a su procedencia.

c) La cantidad de impugnaciones de votos presentados durante el escrutinio, así como las ratificadas y resueltas en la audiencia de revisión.

 

“Una vez que la Junta Electoral Departamental realice la audiencia de revisión final de escrutinios, deberá entregar los originales de los documentos electorales respectivos, juntamente con el Acta Final de Cierre de Escrutinios (documento 8) a la Secretaría General del Tribunal Supremo Electoral, para su resguardo en el archivo de la institución”, dice.

“La Secretaría General dará las directrices respectivas a las Juntas Electorales Departamentales, con respecto al lugar y forma en que se recibirán. En el caso de la Junta Electoral del Distrito Central, entregará los documentos electorales originales que correspondan a la ciudad capital”, enfatiza el TSE.

Acta

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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