A la fecha el Gobierno de Alejandro Giammattei no ha dado a conocer quiénes fueron los beneficiados del programa social “Fondo de Crédito para Capital de Trabajo”, que se habilitó por la pandemia del Covid-19 y con dinero del Estado; este fue ejecutado por El Crédito Hipotecario Nacional (CHN), por lo que La Hora le solicitó esa información, pero se excusaron con la “Ley de Bancos y Grupos Financieros” para no proporcionar los datos.
El artículo 232 de la Constitución es claro: La Contraloría General de Cuentas es una institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.
También están sujetos a esta fiscalización los contratistas de obras públicas y cualquier otra persona que, por delegación del Estado, invierta o administre fondos públicos.
Préstamos por Covid: CHN no quiere revelar a quiénes dieron los Q2,300 millones. ? [https://t.co/fV5LTI0mWY] pic.twitter.com/9GN7oErdBL
— Diario La Hora (@lahoragt) October 9, 2021
ORIGEN DE LOS FONDOS: DEL ESTADO, NO DE CAPITAL PRIVADO
Derivado de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, en abril 2020 el Congreso de la República aprobó el Decreto 13-2020 “Ley de Rescate Económico a las Familias por los Efectos Causados por el Covid-19”, con el que se autorizó al Organismo Ejecutivo transferir un monto de hasta Q3,000 millones al CHN para crear el “Fondo de Crédito para Capital de Trabajo”, con el objeto de que la entidad bancaria otorgara préstamos con intereses blandos a personas individuales y jurídicas. Esta ayuda social se financió con bonos del tesoro -deuda pública-, la cual también se estableció en la referida ley.
De acuerdo con el tablero que se encuentra en la página web del Ministerio de Finanzas “Ejecución Programas Covid”, ha ese fondo se le asignó Q2,730 millones, pero se ejecutaron Q2,300 millones, el equivalente al 84% de ejecución.
TRAS LARGA ESPERA, CHN NO INFORMA QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS
A través de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), esta redacción requirió el 30 de agosto el listado de los beneficiarios del “Fondo de Crédito para Capital de Trabajo”.
“Listado de beneficiados detallados por nombre de la persona individual o jurídica que recibió el préstamo, monto en quetzales que recibió, fecha en que se le otorgó el crédito”, fue parte del requerimiento.
Sin embargo, el 10 de septiembre la entidad solicitó a la Hora una prórroga para dar respuesta a la petición. A finales de ese mes emitió una resolución.
Después de un mes de espera, el CHN respondió a La Hora que no podían entregar el listado de beneficiarios, por considerarlo “información confidencial”.
CHN: “BENEFICIARIOS ES INFORMACIÓN CONFIDENCIAL”
Según el CHN, el listado de beneficiarios del “Fondo de Crédito para Capital de Trabajo” es considerado como “secreto bancario”.
“El artículo 63 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, establece: Confidencialidad de operaciones… los directores, gerentes, representantes legales, funcionarios y empleados de los bancos, no podrán proporcionar información, bajo cualquier modalidad, a ninguna persona, individual o jurídica, pública o privada, que tienda a revelar el carácter confidencial de la identidad de los depositantes de los bancos, instituciones financieras y empresas de un grupo financiero, así como las informaciones proporcionadas por los particulares a estas entidades”, explicó el CHN.
“Se exceptúa de la limitación a que se refiere el párrafo anterior, la información que los bancos deban proporcionar a la Junta Monetaria, al Banco de Guatemala y a la Superintendencia de Bancos, así como la información que se intercambie entre bancos e instituciones financieras. Los miembros de la Junta Monetaria y las autoridades, funcionarios y empleados del Banco de Guatemala y de la Superintendencia de Bancos no podrán revelar la información a que se refiere el presente artículo, salvo que medie orden de juez competente”, agregó.
Es importante hacer notar a los lectores que quienes recibieron el dinero en calidad de préstamo por parte del CHN, mismo que ya deben todos los guatemaltecos al haberse adquirido deuda, no son depositantes que tienen la protección.
A parte de citar el artículo 63 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, el CHN también citó los artículos 24, 30, 133 y 134 de la Constitución, artículo 13 del Organismo Judicial y los artículos 9, 21, 22 y 23 de la LAIP, así como los artículos 32 y 42 de la Ley Orgánica del CHN, los cuales regulan la confidencialidad de la información, añadió.
“Por lo antes expuesto, me permito indicar que no es viable brindar información solicitada, relacionada con el detalle de los nombres de las personas beneficiarias, bajo ninguna modalidad en virtud que tiende a revelar el carácter confidencial de los deudores, ya que estos poseen la calidad de ‘depositantes’, ni tampoco las informaciones que estos le hayan proporcionado al banco, lo que incluye, la publicación en portales oficiales web, en los que tienda a revelar la identidad de los beneficiarios y depositantes”, detalló el CHN.
“Dicha opinión se funda además en el artículo 3 de la Ley de lo Contencioso Administrativo”, concluyó el CHN.
El oficio emitido por el CHN y que envío como parte de la respuesta a la petición de La Hora fue firmado por Claudia Alejandra Paniagua Chivichón, gerente de Asesoría Jurídica en funciones.
Ninguno de los artículos citados por el CHN, contempla que los préstamos que dé una institución bancaria, con dinero de los guatemaltecos, no pueden ser fiscalizados y para eso, se necesita saber a quién se otorgaron y cómo se han ido pagando.
CONSTITUCIÓN: RENDICIÓN DE CUENTAS
Sin embargo, el Organismo Ejecutivo está obligado a rendir cuentas de los fondos del Estado, así lo establece el artículo 241 de la Constitución.
“Rendición de cuentas del Estado. El Organismo Ejecutivo presentará anualmente al Congreso de la República la rendición de cuentas del Estado”, dice una parte del referido artículo.
“El ministerio respectivo formulará la liquidación del presupuesto anual y la someterá a conocimiento de la Contraloría General de Cuentas dentro de los tres primeros meses de cada año. Recibida la liquidación la Contraloría General de Cuentas rendirá informe y emitirá dictamen en un plazo no mayor de dos meses, debiendo remitirlos al Congreso de la República, el que aprobará o improbará la liquidación”, se lee.
Además, el Decreto 13-2020, contempla la ampliación al Presupuesto General de Egresos del Estado por Q11,000 millones, financiados con endeudamiento público interno, así como el “Fondo de Crédito para Capital de Trabajo” y regula la rendición de cuentas.
“Artículo 12. Fiscalización. La Contraloría General de Cuentas, en el ámbito de su competencia, será la responsable de la fiscalización de los recursos objeto de la presente ley”, establece el Decreto 13-2020.
“Lo actuado conforme a lo dispuesto en el presente Decreto, deberá remitirse mediante informe circunstanciado por parte de los ministerios competentes y El Crédito Hipotecario Nacional al Congreso de la República y a la Contraloría General de Cuentas. Sin perjuicio de lo anterior, dichas instituciones serán responsables de publicar en sus respectivos portales de información pública de oficio los informes remitidos”, finaliza.
LA EJECUCIÓN DE FONDOS DEL PROGRAMA SOCIAL
La Hora también solicitó información del monto ejecutado del programa social: ¿cuánto se ejecutó para otorgar los créditos?, ¿cuánto se ejecutó para gastos administrativos?, detalle de los gastos administrativos (si los hubo). Y si hubo un monto no ejecutado, especificar qué se hizo con este.
En respuesta a este requerimiento, el gerente financiero del CHN, Sergio Armando Bocanegra Ortega emitió un oficio en el que explicó que, de los Q2,730 millones asignados el Ministerio de Finanzas les transfirió Q2,300 millones, de ese monto se otorgaron Q1,989,003,325.45 en créditos. Lo no ejecutado fueron Q310,996,674.55, los cuales se enviaron al fondo común.
Además, indicó que no se utilizaron fondos para gastos administrativos.
“De los Q2,730,000,000.00 asignados en el Decreto 13-2020 se trasladaron a El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala del Fondo mencionado, la cantidad de Q2,300,000,000.00 recibidos del Ministerio de Finanzas Publicas”, detalló.
“De ese monto se colocó directamente en créditos otorgados por El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, la cantidad de Q218,627,669.45 y en créditos otorgados por las gestoras la cantidad de Q1,770,375,656.00 para un total de Q1,989,003,325.45”, describió.
“Del monto recibido no se ejecutó valor alguno para gastos administrativos”, resaltó.
“El monto no ejecutado por Q310,996,674.55 fue liquidado al Fondo Común el día 8 de enero del presente año”, puntualizó.
Por medio de acceso a la información pública el Ministerio de Finanzas confirmó la transferencia de los fondos al CHN, a través de un documento del Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (Sicoin), que refleja tres desembolsos por un monto total de Q2,300 millones.
El 29 de mayo de 2020, Finanzas transfirió al CHN una primera cuota financiera para el “Fondo de Crédito para Capital de Trabajo” por Q1,200 millones; la segunda transferencia se hizo el 2 de septiembre de 2020 por Q700 millones y la última se realizó el 16 de octubre de 2020 por Q400 millones, indicó Finanzas.
DATOS GLOBALES SOBRE BENEFICIARIOS
Sin revelar nombres de los beneficiarios el CHN dio a conocer el número de créditos otorgados, el cual asciende a 18,881. Los créditos se entregaron durante junio 2020 a diciembre 2020.
Además, informaron de los préstamos otorgados por actividad económica:
Comercio se entregó un total de 11,495 préstamos;
Establecimientos financieros, bienes inmuebles y servicios prestados a las empresas. 2,396.
Servicios comunales, sociales y personales se otorgaron 2,224 créditos; Agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca, 990;
Industria manufacturera, 784;
Transporte y almacenamiento, 740;
Construcción, 201;
Electricidad, gas y agua, 36 y
Explotación de minas y canteras, 15.
También indicó los montos de préstamos otorgados por actividad económica, pero no especificaron cuánto obtuvo cada beneficiario. Los Q1,989,003,325.45 que se otorgaron en créditos se distribuyeron de la siguiente forma:
• Comercio obtuvo en préstamos un total de Q1,186,459,008.45
• Establecimientos financieros, bienes inmuebles y servicios prestados a las empresas, Q276,765,125
• Servicios comunales, sociales y personales, Q211,849,356.
• Agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca recibieron en créditos un total de Q96,002,360
• Transporte y almacenamiento, Q92,480,700
• Industria manufacturera, Q89,568,742
• Construcción, Q28,900,500
• Electricidad, gas y agua, 4,810,000
• Explotación de minas y canteras, Q2,167,534.
De los 18,881 créditos otorgados, 903 fueron a personas jurídicas por un total de Q162.30 millones y 17,978 a individuales por un monto de Q1,826.70 millones, según el CHN.
La entidad bancaria también reportó la distribución de los créditos por departamentos:
Alta Verapaz, 763 créditos por un monto total de Q78,717,900
Baja Verapaz, 475 por Q44,398,000
Chimaltenango, 699 por Q80,119,400
Chiquimula, 633 por Q67,595,690
El Progreso, 161 por Q16,678,900
Escuintla, 553 por Q53,094,500
Guatemala, 2,860 por Q364,345,652
Huehuetenango, 1,220 por Q142,133,120
Izabal, 619 por Q61,879,457
Jalapa, 459 por Q53,033,500
Jutiapa, 1,015 por Q117,287,000
Petén, 1,042 por Q91,326,882
Quetzaltenango, 1,713 por Q149,669,728.45
Quiché, 857 por Q91,754,561
Retalhuleu, 482 por Q45,299,900
Sacatepéquez, 361 por Q35,519,700
San Marcos, 790 por Q86,200,205
Santa Rosa, 805 por Q98,618,100
Sololá, 1,084 por Q104,995,910
Suchitepéquez, 694 por Q51,937,000
Totonicapán, 1,136 por Q102,820,256
Zacapa, 460 por Q51,577,964
La entidad agregó, que en su sitio web oficial se encuentra una sección que contiene información sobre este programa social, “para cumplir con las normas establecidas”, sin embargo, no está el dato de quiénes fueron los beneficiarios.