El Congreso de la República busca adquirir un seguro colectivo de vida y gastos médicos para las diputados, directores y subdirectores. Foto La Hora/Congreso

POR HEDY QUINO
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Tras la presentación de las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos que realizó el Tribunal Supremo Electoral al Congreso de la República, el magistrado titular Gabriel Aguilera señaló que la figura del transfuguismo que plantean en la propuesta se aplicaría a aquellos diputados que por voluntad propia renuncian al partido político por el que fueron electos, no así a los que se les fue cancelada la organización política o fueron expulsados de ellas.

Una de las reformas que establece la iniciativa de ley del TSE que llamó la atención, fue la que se le busca hacer al artículo 205 ter, que regula el transfuguismo, por el párrafo que se le pretende agregar, que dice: “Se exceptúa de la prohibición contenida en el presente artículo, cuando la incorporación a otra organización política deviene de expulsión, escisión, suspensión o cancelación de la organización política con la cual alcanzó la diputación”.

Al respecto, el magistrado del TSE explicó, que el origen de la prohibición del transfuguismo era evitar que un diputado de un determinado partido político renunciara a su bancada y se trasladara a otra, puesto que esta práctica estaría afectando la voluntad popular, porque lo eligen por un partido y decide irse a otro.

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“En 2016 hubo reformas a la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, y es en esa ley, donde agregan otros supuestos de hecho, que interpretan también como transfuguismo, pero no es lo que establece el artículo 205 ter de la Ley Electoral y de Partidos Políticos”, afirmó Aguilera.

AGUILERA: EL OBJETO ES ACLARAR EN QUÉ CASOS NO ES APLICABLE EL TRANSFUGUISMO

De acuerdo con el magistrado del TSE, la propuesta de reforma tiene como objeto aclarar en qué casos no es aplicable la figura del transfuguismo.

“Existen otros casos como expulsión, escisión, suspensión o cancelación de una organización política, ahí no aplica la figura del transfuguismo, porque no es una renuncia voluntaria, es decir, si se cancela un partido político, los diputados no están renunciando a ese partido, es el partido el que está siendo sancionado y se está cancelando, pero eso no puede ser considerado como una renuncia voluntaria al partido como tal”, agregó.

El magistrado subrayó, que la reforma se basa en el derecho constitucional de elegir y ser electo.

“Por ejemplo, se elige a un diputado, y resulta que cancelan el partido al que pertenecía, automáticamente ese diputado no puede presidir una comisión de trabajo del Congreso, no puede ser parte de la Junta Directiva del Congreso, ahí le estamos limitando el actuar que tendría como diputado del Congreso de la República”, apuntó Aguilera.

El magistrado titular Gabriel Aguilera señaló que la figura del transfuguismo que plantean en la propuesta se aplicaría a aquellos diputados que por voluntad propia renuncian al partido político por el que fueron electos. Foto: La Hora

MAGISTRADO: REFORMA NO BUSCA BENEFICIAR A DIPUTADOS EN ESPECÍFICO

La propuesta de reforma ha generado la crítica de los diputados de la oposición, pues señalan que la misma podría beneficiar a determinados diputados, por ejemplo, a quienes pertenecen al partido que recientemente fue cancelado por el TSE Unión del Cambio Nacional (UCN), que fundó el expresidenciable Mario Estrada, quien enfrenta una sentencia en Estados Unidos por delitos asociados al narcotráfico.

“El TSE siguiéndole el juego al pacto de corruptos. La propuesta de reforma a la Ley Electoral que envían al Congreso estimula el transfuguismo político. ¡Qué vergüenza!”, publicó en su cuenta de Twitter el diputado Orlando Blanco de la UNE.

El TSE entregó al Congreso de la República el proyecto de reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Foto: La Hora

Por esta situación, Aguilera declaró: “Primero que todo, hay que aclarar que la ley no es retroactiva; segundo, esta es una iniciativa de ley que no ha sido aprobada y tercero, no mencionaron que una norma de esta naturaleza también podría beneficiar a diputados que han sido expulsados de sus bloques legislativos, por ejemplo: Aldo Dávila y Evelyn Morataya, que son diputados de oposición. No es un tema que se esté beneficiando a diputados de un determinado partido, en todo caso esto aclara qué es el transfuguismo”.

OTRAS REFORMAS: FINANCIAMIENTO ELECTORAL Y VOTO NULO

Por aparte, el togado del TSE indicó, que no hubo ningún atraso en la entrega de las reformas, ya que la Ley Electoral establece que el Tribunal evalúa si es procedente presentar la iniciativa de ley; además, que se hizo en este momento porque los magistrados asumieron al cargo en marzo 2020 y por la pandemia Covid-19.

“Se trabajo un proyecto de manera seria, se contrató a tres constitucionalistas y abogados reconocidos que nos apoyaron en todo el análisis y en la dinámica de este proceso”, aseguró.

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En cuanto al financiamiento electoral, Aguilera detalló, que los aspectos que se buscan reformar son más de forma y no de fondo, con el fin de facilitar el trabajo de la unidad específica. “En el tema de fiscalización se aclara quién es el ente competente para fiscalizar determinados temas”, añadió.

En tanto, para el voto nulo, el magistrado concluyó, que se establece la posibilidad de que los partidos políticos puedan postular a otros candidatos, si en caso las elecciones generales se declaran nulas o en la elección para alcaldes.

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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