POR HEDY QUINO
hquino@lahora.com.gt

El presidente Alejandro Giammattei, en cadena nacional, informó que las disposiciones presidenciales decretadas por el estado de Calamidad Pública, debido a la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, continuarán por una semana más, a estas se incluye el uso obligatorio de mascarillas.

A partir de este lunes, las empresas privadas y otro tipo de sectores deberán cumplir con las medidas sanitarias para evitar el nuevo coronavirus, entre estos, el distanciamiento social de al menos un metro y medio, así como evitar el contacto físico.

El uso de la mascarilla es obligatorio para todos los habitantes sin ninguna excepción, esta se deberá utilizar en cualquier espacio público o privado, incluso en las colonias, de incumplir con esto, las personas serán sancionadas con multas desde Q1 mil a Q150 mil.

SE SUSPENDEN LABORES

El mandatario informó que las actividades y labores de las empresas privadas y entidades del Estado se suspenden hasta el domingo 19 de abril, esta disposición podría ampliarse o reducirse, dijo.

Esta medida no es aplicable a los entes y funcionarios de Presidencia, gabinete de Gobierno y quien cada autoridad determine, así como a las autoridades superiores y administrativas de cada ente, el personal para atender la calamidad pública, personal de salud, socorro, asistencia, personal de recaudación tributaria, migración, de la DIACO y cualquier otro servicio público tanto de dependencia como de municipalidades y CONRED.

En cuanto a los Organismos independientes, se recomienda: al Organismo Judicial, que continúe labores en lo que respecta a las garantías constitucionales; al Legislativo continuar con su potestad legislativa, con relación a sus funciones principales, en especial las relativas a atender la Calamidad.

En todos los casos, el sector público y privado deberá permitir y promocionar el teletrabajo o trabajo desde casa, proporcionando los elementos necesarios para su desarrollo.

MANTENDRÁN ACTIVIDADES

El mandatario explicó, que algunos sectores deberán continuar con sus actividades. Es obligatoria la continuidad de los servicios de los entes del Estado, contratistas, nacionales o extranjeros que presten los siguientes servicios, sin opción de cierre: Hospitaleh, clínicas, centros y puestos de salud, se mantendrán cerradas la consulta externa de centros asistenciales públicos, laboratorios y veterinarias pueden continuar laborando.

También continuarán laborando los suministros de agua, servicios públicos y privada de extracción de basura, seguridad pública, seguridad privada y transporte de valores, servicios de aeronavegación, telecomunicaciones, sistema portuario y aeroportuaria y transporte pesado de cargo.

SE RESTRINGEN HORARIO PARA TRANSPORTE PESADO

El horario de la circulación del transporte pesado se restringe en los municipios de Guatemala, Mixco y Villa Nueva, estos no podrán movilizarse en los horarios de 4:00 a 9:00 de la mañana y de 14:00 a 17:00 horas de lunes a sábado. Esta disposición es general y deberá cumplirse sin excepción alguna.

SIN RESTRICCIONES

En cuanto a las industrias de alimentos, industria farmacéutica (incluso servicios a domicilio), industria de higiene, de combustibles (incluyendo gasolineras, derivados, gas, otros), podrán estar abiertos las 24 horas.

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CENTROS COMERCIALES CERRADOS

Todos los centros comerciales, sin excepción alguna, quedaran cerrados las 24 horas del día, podrán abrir aquellos locales que presente servicios esenciales.

En cuanto a comercios y algunos servicios podrán operar normalmente en los horarios de 4:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, siendo estas: supermercados, abarroterías, tiendas de barrio, hoteles, pensiones, en estos casos la alimentación deberán ser servidas en las habitaciones, así como, los bancos, financieras, aseguradoras, agrícolas, pecuarios, fitosanitarias, ganaderas, transporte de ayuda humanitaria.

En cuanto a los restaurantes, podrán prestar sus servicios únicamente por ventanilla o a domicilio las 24 horas del día, en este caso el transporte debe estar debidamente identificado.

MERCADOS ATIENDEN HASTA EL MEDIO DÍA

Los mercados municipales y cantonales, en virtud de la dificultad de control siguen abiertos, pero de 4:00 am a 12:00 pm, para lo cual se les hace un llamado a las autoridades municipales a ejecutar medidas de prevención, especialmente la no concentración en los locales y mantener el distanciamiento social, así como uso de mascarilla.

En los mercados sí se puede vender comida, pero no pueden comer allí, sólo para llevar, indicó Giammattei.

PROHIBICIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 15:00 horas, además, queda determinantemente prohibido su consumo en lugares públicos, añadió.

PROHIBICIONES GENERALES

Además, quedan prohibidos los eventos de todo tipo en cualquier lugar, se prohíben todas las actividades deportivas, culturales, sociales, se prohibido el transporte de pasajeros urbanos o extraurbano, excepto por salud o el que cuente con autorización del Ministerio de Economía para trabajadores, asimismo, queda prohibida las visitas en centros penitenciarios, se prohíben las visitas a dependencias donde habiten personas de la tercera edad o adultos mayores, se prohíben todas las actividades religiosas.

También se prohíben el incremento de los precios de la medicina, combustible u otros.

RESTRICCIÓN DE LOCOMOCIÓN

Además, se mantiene el cierre de fronteras, exceptuando algunos casos: pueden ingresar guatemaltecos, residentes y cuerpo diplomático, así como casos con previa aprobación, sin embargo, los que ingresen al país deberán someterse a cuarentena incluyendo quien goce de cualquier inmunidad.

Se permite salida a personas extranjeras bajo su estricta responsabilidad, saliendo por fronteras de Estados que así lo autoricen.

El transporte de carga de importación y exportación pueden circular, siempre y cuando los pilotos se sujeten a las medidas de prevención y sujetarse a cuarentena, también pueden circular los pasajeros por carácter humanitario.

TOQUE DE QUEDA

El toque de queda continuará como se encuentra actualmente, se prohíbe la circulación de vehículos y de personas en el horario de 16:00 horas a las 4:00 horas del día siguiente, esta restricción está vigente hasta el domingo 19.

La locomoción queda limitada a su propio domicilio, es decir, no podrán trasladarse a otro departamento, el tráfico interdepartamental está prohibido. Se exceptúan quienes laboran fuera de su domicilio, que deberá ser probado y autorizado.

Se limitan la locomoción de las personas expuestas y de alto riesgo de contagio, las personas de la tercera edad, embarazadas y enfermos crónicos.

Se restringen los viajes personales y recreativos, también se prohíbe acudir a lugares públicos o turísticos. También se mantiene suspendido el servicio de transporte urbano y extraurbano.

Los vuelos oficiales, militares, de emergencia, ambulancia, fumigadoras, agroindustria tienen autorización de circular, así como las personas en tratamiento, con documento extendido por médico que deba y pueda ser verificable, a los medios de comunicación y difusión, a los profesionales de salud, abogados debidamente identificados que demuestren fehacientemente que se encuentran por temas penales o garantías constitucionales.

A quienes incumplan con estas disposiciones serán sancionados drásticamente conforme a las leyes del país.

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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