POR HEDY QUINO
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Sin ninguna discusión ni objeción, los diputados del Congreso aprobaron la Ley de Aceptación de Cargos, la cual modifica el Código Procesal Penal y establece los mecanismos para otorgarle beneficios a los acusados que acepten los cargos que se les imputan. El mismo sufrió varias modificaciones a través de enmiendas que presentaron los aliados del oficialismo, por lo que se modificó la propuesta original que presentó en 2017 la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Las enmiendas presentadas por los diputados aliados al oficialismo: Delia Bac, Oscar Quintanilla, Marco Antonio Lemus, Armando Escribá y Carlos López Maldonado, este último de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), otorga rebajas a las penas hasta un 50 por ciento a los imputados que acepten haber cometido las faltas que se les acusa, incluyendo los delitos de lavado de dinero y otros activos, así como los que establece la Ley del Crimen Organizado, Ley Contra la Corrupción y la Ley Contra la Defraudación y el Contrabando Aduanero.

La enmienda al artículo 4, sobre las restricciones a la rebaja de penas por aceptación de cargos, establece que la rebaja no se aplicará a los delitos siguientes: genocidio, desaparición forzada; ejecución extrajudicial; tortura; delitos contra los deberes de la humanidad; homicidio; parricidio; asesinato; violación; agresión sexual; ingreso a espectáculos y distribución de material pornográfico a personas menores de edad; promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución; promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución agravada; actividades sexuales remuneradas con personas menores de edad; producción de pornografía de personas menores de edad; plagio o secuestro; trata de personas; robo agravado; extorsión; terrorismo; femicidio; y delitos contemplados en la Ley Contra la Narcoactividad.

Además, se contempla que no podrán ser beneficiados aquellos que cometieron aborto, así como los que infringieron en los delitos contra el orden institucional del Código Penal, así como lo delitos que afecten la indemnidad, integridad de la niñez y adolescencia.

“La rebaja de penas por aceptación de cargos solo aplica para las penas principales de personas naturales o individuales”, dice la ley.

“Si se trata de reincidentes habituales por el mismo delito, no se tendrá derecho a rebaja de penas por aceptación de cargos”, añade la normativa.

LOS BENEFICIOS

Otra de las enmiendas establece los beneficios que otorga la aceptación de cargos, en el artículo 6. “Si el procesado acepta los cargos durante la audiencia de primera declaración o hasta antes de que se dicte auto de apertura a juicio, tendrá derecho a que las penas impuestas se le rebajen a la mitad”, dicta la ley. Antes, se establecía un menor beneficio pero hoy los diputados acordaron aumentar el beneficio.

“Si el procesado acepta los cargos después de dictado el auto de apertura a juicio y hasta antes de iniciar la audiencia de debate, tendrá derecho a que las penas se le rebajen en una tercera parte”, añade la normativa.

Asimismo, la ley establece: “Si el procesado acepta los cargos después de iniciada la audiencia de debate hasta antes de la recepción de pruebas, tendrá derecho a que las penas se le rebajen en una quinta parte”.

“Los beneficios obtenidos por la aceptación de cargos, se otorgan sin perjuicio de los beneficiados establecidos en la Ley del Régimen Penitenciario, Código Penal y Código Procesal Penal; cuando las penas finales impuestas en el procedimiento de aceptación de cargos sean de hasta 5 años serán conmutables”, concluye el artículo.

Además, la normativa estipuló el procedimiento que se debe seguir en el proceso de aceptación, momentos para hacerlo, posibilidad de retractarse, obligación de ser testigo y otros.

ACEPTAR, LA CLAVE

La presente ley, que entrará en vigencia a un mes de su publicación, implica que los sindicados deben aceptar los hechos que se les imputan o los que determine el juez dentro del proceso de aceptación.

Varios de los sindicados en procesos de corrupción no han querido aceptar los hechos a pesar que con las modificaciones al financiamiento electoral ilícito pueden acogerse al procedimiento abreviado, aceptando los hechos imputados.

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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