La licencia ambiental, será un requisito el 27 de septiembre del 2024, derivado de que fue prorrogado hace unos días. Foto: La Hora / PL

La Hora conversó con una consultora sobre las licencias ambientales, lo que se evalúa y la importancia de esta. El Documento será un requisito el 27 de septiembre del 2024, derivado de que fue prorrogado hace unos días.

Según el acuerdo gubernativo 137-2016 la fecha límite era el 16 de diciembre del presente año, pero esta se postergó debido al incremento de instrumentos presentados.

La consultora, Gloria Carrera, detalló más sobre este proceso y el por qué se debe realizar.

La licencia ambiental es un trámite que exige el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) como requisito para las empresas comercial o de construcción que se debe presentar antes que inicie funciones.

CATEGORÍAS

La profesional explicó que con la modernización se desarrollaron categorías según el tipo de proyecto, impacto y tamaño. “Esta categorización está basada en un Listado Taxativo que a su vez está basado en una categorización internacional”, detalló.

 

La cual está dividida en cinco clasificaciones “donde se pueden ubicar todas las actividades comerciales e industriales que hay en Guatemala y hay una categoría de registro”.

Así como se explica en “Licencia Ambiental: Aquí las categorías, precios y cómo tramitarla para tu negocio o proyecto”, las empresas estarían divididas en A, B, B1, B2, C y Categoría Registro (CR).

Siendo la A el segmento con más impacto ambiental y la CR que corresponde a las de mínimo impacto ambiental.

CATEGORÍAS OBLIGADAS

El Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental establece que solo la categoría A, B, B1 y B2 deben contar con licencia ambiental obligatoriamente.

Las sanciones por carencia o incumplimiento consisten en multas de entre Q5 mil a Q100 mil, según dependa el caso del proyecto al que pertenece. De no solventar la sanción en seis meses, el negocio será clausurado; en caso de una inspección ambiental la cartera puede imponer otros incumplimientos.

Por su parte, las categorías C y CR no están obligadas a tramitarla y si lo desean se puede tramitar de manera virtual en la plataforma de la cartera Bia Web.

LO QUE SE EVALÚA

Carrera detalló brevemente los aspectos que se evalúan, los cuales no son los mismos para todos los segmentos “porque hay un análisis en función específico de cada categoría”.

Mencionó que “algunas categorías se evalúan por cantidad de colaboradores, otros por el nivel de impacto que tiene la actividad como tal. Agroindustria se evalúa por área de extensión de cultivos, en algunas actividades de manufactura se evalúa por producción mensual”.

Añadió que en el país hay una clasificación específica para el ciclo de gestión de residuos en la cual se evalúan por tonelada de desechos.

INSTRUMENTO CORRECTIVO

El MARN hace mención a la entrega del instrumento correctivo, de acuerdo a la explicación de Carrera este se refiere al estudio de impacto ambiental, como se conocía con anterioridad, “cómo ha evolucionado ahora es un instrumento de evaluación ambiental que tiene diferentes categorías y con esto se obtiene la licencia ambiental”.

También existe el instrumento preventivo que “son para todos los proyectos que no se han construido, es como cuando se saca una licencia de construcción que tiene que ser previo y eso se aplica para cualquier proyecto sea construcción sea industria y los correctivos son para todos los proyectos que ya están operando” comentó la consultora.

Para obtener el mencionado instrumento, se debe acudir a un consultor ambiental autorizado en caso de las categorías B1, B2 y para la A lo debe de realizar una empresa consultora autorizada.

Para las demás categorías no es necesario contratar un consultor o empresa.

La profesional también detalló que esto se debe de hacer de manera externa, ya que el MARN es el encargado de recibir el expediente con toda la documentación legal, incluido el instrumento.

“Se consolida el expediente y se envía al MARN y ya ellos lo evalúan, el ministerio no puede hacer el instrumento porque no puede ser juez y parte. La estructura está hecha para que las responsabilidades sean divididas y nadie se auto apruebe.”

SOBRE LA IMPORTANCIA

Describió que el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental está basado en un sistema de gestión, y que este requerimiento existe en el país desde 1986.

Recalcó que los recursos naturales son parte de los activos y capital por lo que “a través de la licencia ambiental usted monitorea el tema de aguas residuales y gestión de residuos y eso lo que previene es contaminación de ríos y suelos”.

De esta manera, es más simple para el Estado sistematizar el seguimiento del manejo, no solo de aguas residuales y desechos sólidos, sino también a otros puntos subyacentes.

 

Además, Guatemala es una nación exportadora, “los mercados exigen el cumplimiento a través de una licencia ambiental porque no quieren desgastar los recursos naturales de ningún país no importa la actividad que se realice”.

¿CUÁNTO DURA LA LICENCIA?

La vigencia de la licencia ambiental es de 1 a 5 años, debiendo siempre renovarse antes del vencimiento. En caso de que la licencia haya vencido desde hace más de un año, deberá iniciar un nuevo proceso para aprobación y obtención.

Además, si la empresa o proyecto se amplía se deberá actualizar el instrumento ambiental añadiendo estas modificaciones.

El costo varía desde los Q50.00 hasta los Q35,000.00, dependiendo de la categoría del proyecto.

Fátima Najarro
Graduada de la Universidad Rafael Landívar en Ciencias de la Comunicación. Fanática de la natación. Sin periodismo no hay democracia.
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