La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar una apelación presentada por el Movimiento Semilla. Foto: La Hora/ Jose Orozco

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvieron en definitiva un amparo promovido por el vicepresidente de la República, Guillermo Castillo, por lo que revocaron el amparo provisional que otorgaron en 2020, el cual había frenado el proceso de retiro de antejuicio avalado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La CC apuntó que respecto al expediente 2519-2020, se resolvió denegar el amparo a favor de Castillo en contra de la CSJ, y como consecuencia revocó el amparo que otorgó esta misma Corte en agosto de 2020.

Lo anterior, en virtud que del estudio de las constancias procesales, este Tribunal establece que la Corte Suprema de Justicia, al emitir el acto reclamado, no ocasionó vulneración alguna a los derechos del postulante”, explicó la alta Corte.

En esta línea, el Tribunal Constitucional agregó que la CSJ, al admitir el trámite, se limitó conforme al correcto ejercicio de sus atribuciones, al establecer la existencia o no de motivaciones espurias, políticas o ilegítimas en el planteamiento de la denuncia presentada contra Castillo.

De esta cuenta, el expediente deberá ser enviado al Congreso de la República, quienes deberán conformar una Comisión Pesquisidora, la cual tendrá a su cargo el análisis sobre el retiro del fuero al vicemandatario.

EL CASO

El 31 de julio de 2020, la CSJ decidió dar trámite al antejuicio en contra del vicegobernante, luego de una denuncia presentada por el abogado Nimrod Israel Estévez González, quien acusa a Castillo de supuestas irregularidades en un nombramiento temporal en la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Senabed).

De acuerdo con el profesional del derecho, Castillo habría nombrado ilegalmente a Ángela Figueroa. Según explicó el vicemandatario en su momento, se cumplió con todos los requisitos.

El 7 de agosto concluye el proceso para nombrar al Secretario definitivo, luego del proceso que establece la ley para designar a alguien por un periodo nuevo”, aseguró Castillo sobre el nombramiento de Figueroa.

De esta cuenta, Castillo presentó un amparo ante la CC asegurando que el nombramiento de Figueroa se dio debido a que el entonces titular de la Senabed, Oscar Conde, renunció al cargo, y que se había iniciado el proceso de concurso de oposición para nombrar al Secretario General y el Secretario General Adjunto de esta entidad.

De esta cuenta, los entonces magistrados de la CC, Gloria Porras, José Francisco de Mata, Bonerge Mejía, José Par Usen y Henry Comte, de manera unánime otorgaron un amparo provisional a favor de Castillo para detener el trámite de antejuicio.

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