juez séptimo penal A, Fredy Orellana
El juez séptimo penal A, Fredy Orellana. Foto La Hora/Archivo

El Ministerio Público (MP) aseguró que la orden de aprehensión en contra de Eleonora Noemí Castillo Pinzón, subdirectora del Registro de Ciudadanos (RC) y quien cuenta con antejuicio, por supuestamente desobediencia al negarse a cancelar al Movimiento Semilla, no fue solicitada por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), sino que fue emitida por el titular del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, Fredy Orellana al certificar lo conducente.

Esa explicación dio el MP luego que emitió un comunicado en el que, lejos de despejar las dudas sobre sus actuaciones en el caso que vincula al Movimiento Semilla, aseguró que garantiza el desarrollo de la segunda vuelta electoral tal como resolvió la Corte de Constitucionalidad (CC) que suspendió lo resuelto por el juzgador.

La Hora se comunicó con el Departamento de Información y Prensa del MP, y el encargado Juan Luis Pantaleón, quien dijo que la orden aprehensión la giró el juez Orellana, en virtud de que no se cumplió con lo ordenado, luego de certificar lo conducente.

 

Pero la orden se dio luego de lo que la CC ya había resuelto el 13 de julio, habiendo dejado sin efecto la suspensión de Semilla ordenada por el juez sin tener facultades para ello.

A su vez, mencionó que la alta Corte se manifestó al respecto de lo conducente y compartió el comunicado en el que la CC reafirma la no suspensión de Semilla. “El MP lo que realizó fue una diligencia de allanamiento para secuestrar documentación, la orden de aprehensión, por ley, no le corresponde al MP hacerla efectiva”, agregó.

Nuevamente, esta redacción reiteró el cuestionamiento sobre si la solicitud para la aprehensión de Castillo Pinzón no fue realizada por la FECI, a lo que indicó que fue luego que el juez Orellana certificara lo conducente al Registro de Ciudadanos, y posteriormente al no cumplir con la orden judicial, que se giró la orden de captura.

Si bien el juez la emitió sin el MP haberla pedido, según lo que dijo Pantaleón, los fiscales intentaron hacerla efectiva pese al derecho de antejuicio y lo que había resuelto la CC.

GIRAN ORDEN DE CAPTURA PESE A ANTEJUICIO Y SUSPENSIÓN DE LA MISMA

El 13 de julio, luego de un allanamiento realizado por la FECI en el Registro de Ciudadanos, donde se secuestró documentación del Movimiento Semilla, la alta Corte decidió otorgar un amparo al partido político, con lo cual dejó en suspenso la orden de Orellana.

Pese a ello, el 18 de julio, el Juez Séptimo Penal decidió certificar lo conducente en contra del Registro de Ciudadanos.

Por la tarde del jueves 20 de julio, el ente investigador buscó ejecutar una orden de aprehensión en contra de Castillo Pinzón, por lo que el TSE detalló que la funcionaria cuenta con derecho a antejuicio, ya que quedó a cargo del Registro de Ciudadanos, según el Acuerdo Número 1386-2023.

De acuerdo al referido acuerdo, la entidad electoral autorizó vacaciones al jefe del Registro de Ciudadanos, Ramiro Muñoz Jordán, desde el pasado 16 de julio, con lo cual Castillo fue nombrada en forma interina como Encargada del Despacho de la Dirección General del Registro de Ciudadanos.

Sin embargo, la FECI realizó un allanamiento en el Departamento de Recursos Humanos del TSE, en donde secuestró documentación respecto a la toma de posesión de la subdirectora del Registro de Ciudadanos.

CC RECALCA SUSPENSIÓN DE ORDEN DE JUEZ

De la misma manera, el 21 de julio, la Corte de Constitucionalidad emitió un comunicado en referencia a las autoridades electorales, al MP, el Organismo Judicial (OJ), así como a la ciudadanía, en el que recordó que suspendió la orden de Orellana sobre la personalidad jurídica del Movimiento Semilla.

La resolución penal carece de efecto positivo para dejar sin personalidad, precautoriamente, a los partidos participantes, en tanto el proceso electoral no se haya dado por concluido, por lo que la orden judicial no puede conllevar tal alcance”, indicó.

Agregó que, “la conservación de la personalidad jurídica del Partido que dispongan las autoridades electorales, tiene asidero en la resolución provisional de esta Corte, pues suspender la personalidad jurídica del Partido en este momento, trascendería en el momento actual el desarrollo del proceso electoral”.

EL COMUNICADO DEL MP

Este domingo, el ente investigador compartió un comunicado en el que aseguró que es una institución autónoma que no se encuentra subordinada a ningún ente nacional o internacional, y que su actuar se desarrolla en apego al principio de legalidad, por lo que rechazó todo intento de “presión y coacción” para detener cualquier investigación autorizada por juez competente.

Mencionó que, de conformidad con la Constitución, la ley y congruente también con lo resuelto por la alta Corte, ha continuado con las investigaciones relacionadas a la denuncia en contra de Semilla.

 

Para preservar documentación e indicios que deben ser analizados en forma rigurosa, se procedió a efectuar las diligencias urgentes que permitieran el resguardo de los mismos”, agregó el ente investigador.

A su vez, resaltó que existen campañas de desinformación que tienen como objeto detener las investigaciones en curso y eventuales responsabilidades, así como consecuencias legales que puedan deducirse en su oportunidad.

Además, resaltó que continuará las investigaciones con “imparcialidad, objetividad y estricto apego al principio de legalidad”, garantizando el desarrollo de la segunda vuelta electoral, según lo resuelto por la Corte de Constitucionalidad.

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