Fachada de la Corte de Constitucionalidad CC. Foto: La Hora / Archivo

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró con lugar este lunes 17 de octubre una acción de inconstitucionalidad presentada por el exsecretario general del Partido Unionista y exsecretario general de la Municipalidad de Guatemala, Héctor Cifuentes, con lo cual, el sindicado no podrá ser juzgado por el delito de financiamiento electoral ilícito.

Cifuentes presentó dicha acción en contra de la resolución del Juzgado de Mayor Riesgo “D”, el cual declaró sin lugar una apelación por parte del exsecretario general del Partido Unionista sobre supuestas inconstitucionalidades al ser procesado por el delito mencionado anteriormente.

 

Sin embargo, la alta Corte argumentó que, según el principio de irretroactividad de la ley, adoptado en el artículo 15 de la Constitución, la normativa no puede ser aplicada en contra del exintegrante de Unionista.

Lo anterior, debido a que las reformas introducidas en la normativa sobre el financiamiento electoral ilícito fueron realizadas en 2018, mientras que el supuesto delito que habría cometido Cifuentes ocurrió en 2015, según la CC.

EL CASO

La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) entonces liderada por Juan Francisco Sandoval, así como la extinta Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) realizaron allanamientos en la Municipalidad capitalina entre los años de 2017 y 2018.

La investigación dio a conocer una serie de estrategias diseñadas desde la comuna con el propósito de generar o incrementar el número de simpatizantes o militantes del Partido Unionista.

La fiscalía sostiene que el unionismo instrumentalizó a la municipalidad entre los años 2011 hasta 2015 procurando fondos públicos del Fideicomiso de Apoyo a la Planificación Urbana (FAPU).

El Ministerio Público (MP) señala que dichos fondos se sufragaron irregularmente en actividades para la promoción del partido y la administración de la municipalidad dirigida entonces por Álvaro Arzú Irigoyen (+), con el fin de perpetuarlos en el poder municipal.

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