En la fotografía la fachada de la Corte Suprema de Justicia. Foto: La Hora

La oficialización de los resultados de las elecciones generales 2023 continúa en suspenso, derivado de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que informe si se cumplió con el amparo provisional que la Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó a nueve partidos políticos el pasado sábado 1 de julio. Cinco agrupaciones pidieron el debido cumplimiento de la referida protección. Las resoluciones fueron firmadas únicamente por la presidenta del Organismo Judicial (OJ), Silvia Valdés, lo cual fue cuestionado por Ovidio Orellana, expresidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).

Según la petición de los partidos políticos, previo a dictar sentencia del amparo la CSJ debía requerir la información al TSE correspondiente a las audiencias de revisión de actas ordenada por la CC, y establecer si se había cumplido cada uno de los aspectos que fueron señalados por el tribunal constitucional. Así consta en las resoluciones que fueron notificadas el pasado viernes 7 de julio último.

Ante eso, Orellana escribió en su cuenta oficial de Twitter: “el amparo provisional y su ejecución favorable o no, cuando son órganos judiciales colegiados, se dictan a través de un auto, el cual, debe ser firmado por todos los magistrados”.

¿QUÉ DICTAMINA LA CSJ?

La CSJ dio lugar a las solicitudes de asistencia de debida ejecución del amparo presentada por los partidos CAMBIO, Valor, TODOS, Cabal y Compromiso, Renovación y Orden (CREO) para determinar el cumplimiento por parte de las Juntas Electorales al amparo provisional otorgado por parte de la CC.

Quienes solicitaron la verificación del cumplimiento de la referida protección constitucional fueron:

– Carlos Alberto Molina, fiscal departamental de Sacatepéquez por el partido Valor. 
– Óscar Stuardo Chinchilla, secretario general del partido Compromiso, Renovación y Orden (CREO). 
– Mario Alberto de León, fiscal departamental de Retalhuleu del partido político Valor.
– Byron Bladimiro Rodríguez, secretario general del partido TODOS. 
– Manuel Jesús Archila, secretario general del partido Cabal.
– Jorge Baldizón, secretario general del partido CAMBIO, interponente del amparo.

 

En ese sentido, la orden que se emitió al TSE dice que debe enviar un informe detallado para determinar si las juntas electorales (JE) cumplieron con las audiencias de revisión de escrutinios, el cotejo de actas y en específico la resolución de las impugnaciones o irregularidades presentadas por los partidos políticas entre el 4 y 6 de julio.

Por último, se indicó al TSE que no podrá oficializar los resultados electorales ni se podrán adjudicar los cargos, mientras que las autoridades electorales y las juntas no concluyan con lo demandado por la CC.

Los partidos consideran que, durante el segundo proceso de revisión de escrutinio, las juntas no cumplieron a cabalidad lo establecido por la CC al negarse a efectuar un recuento de los votos y no solo realice el cotejo de las actas electorales.

El abogado constitucionalista Alejandro Balsells también se pronunció al respecto por medio de la referida red social, en la cual publicó un Tweet e hizo ver que:

“La presidenta de la CSJ no tiene facultades para suspender ella sola con su firma el proceso electoral y menos aún puede apercibir al TSE. Increíble el nivel de abuso de poder que estamos presenciando”.

RESOLUCIÓN DE TRÁMITE CON EFECTOS DE FONDO

Las resoluciones que se conocieron ayer dan trámite a los recursos presentados por diferentes organizaciones políticas y para dar trámite firma quien preside el órgano colegiado. No obstante, en este caso la resolución de “trámite” tiene efectos de fondo toda vez que ordena al TSE no oficializar resultados y hasta les previene que se incumplir, se certificará lo conducente.

Ante eso, esta Redacción hizo las consultas correspondientes al tribunal electoral, con el objetivo de confirmar la información recibida de una fuente conocedora del caso.

 

 

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