Inició la cuenta regresiva para el fin de la campaña electoral, la cual debe terminar 36 horas
Inició la cuenta regresiva para el fin de la campaña electoral, la cual debe terminar 36 horas. Foto La Hora/Redes Sociales

Inició la cuenta regresiva para el fin de la campaña electoral, la cual debe terminar 36 horas antes de la fecha, en la cual los guatemaltecos acudirán a las urnas para emitir sus respectivos votos en las elecciones generales 2023.

De acuerdo con lo que establece la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), el próximo viernes 23 de junio, a las 12 horas, ningún partido político o candidato podrá promocionar la imagen de la agrupación ni de los aspirantes a los diferentes cargos públicos.

De esa cuenta, desde este martes 13 de junio, a las 12 horas, quedan 240 horas (10 días) para que quienes buscan un cargo público puedan impulsar sus campañas.

SEGUNDA FASE

Según el decreto 1-2023, con el cual el Tribunal Supremo Electoral (TSE) convocó a elecciones este año, la segunda fase del proceso electoral consiste en la campaña.

Esta etapa tiene una duración de 90 días, inició el 27 de marzo último y concluirá el próximo viernes 23 de junio, al mediodía.

Durante las siguientes 36 horas y en la madrugada del domingo 25 de junio, no se podrá emitir ningún mensaje que invite al voto específico en favor de algún partido político o candidato.

 

El ente electoral designó a la Unidad de Medios y la Inspección General como encargadas de monitorear el cumplimiento del cierre de campaña de las 30 agrupaciones políticas que compiten en estos comicios.

PROHIBICIONES

Con la convocatoria a elecciones, el TSE estableció algunas prohibiciones:

Ejecutar propaganda electoral de cualquier clase el día de la elección y durante las 36 horas anteriores establecidas después del cierre de campaña.

La publicación y propagación de encuestas electorales, ya sea por alguna persona, partido político o entidad comercial durante las 36 horas previas a la fecha de la elección, tanto en la primera y segunda vuelta electoral.

Se prohíbe llevar a cabo propaganda por cuenta propia, asociaciones, fundaciones o cualquier otra figura legal que busque beneficiar a una persona o agrupación política.

Otorgar u ofrecer prebendas, regalos o cualquier otra retribución que implique clientelismo con fines electorales el día de las elecciones o previo a ellas, marcadas en las 36 horas anteriormente explicadas.

La utilización de los colores y tipografías que identifiquen a cualquier organización política en actividades, documentos, publicidad, medios electrónicos o cualquier publicación en las que se identifique o dé a conocer la ejecución de programas o actividades oficiales, el día de las elecciones.

Por último, se prohíbe rotular e instalar vehículos oficiales con el nombre de cualquier funcionario.

MULTAS

El TSE señaló que las multas que se emitirán con respecto a las prohibiciones se regirán bajo el artículo 90 de la LEPP.

En los casos de incumplimiento de las normas, el órgano electoral podrá sancionar a la organización política, ciudadano o empresa que sobrepase los límites ya establecidos, con una amonestación de entre US$5 mil a U$50 mil.

LEY SECA

Para el día de las elecciones, estableció la prohibición de vender o distribuir licores, bebidas alcohólicas y fermentadas, o su consumo en lugares públicos, desde 12 horas previo a las elecciones y hasta las 6 horas del día siguiente al desarrollo de los comicios.

INICIÓ TERCERA FASE

La tercera fase dará inicio cuando se abran los centros de votación y mesas receptoras de votos, y durante el desarrollo del cómputo y calificación de los votos emitidos.

Finalizará con la entrega de resultados, tiempo que determinara el TSE, según sea el caso.

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