Por medio de su cuenta de Twitter, el juez Carlos Ruano dio a conocer que la Corte Suprema de Justicia utilizó dos criterios diferentes para abordar dos solicitudes de antejuicio con características similares, el que se tramita en su contra y el que se presentó para retirar el derecho de inmunidad a la fiscal general, María Consuelo Porras. A cada uno se le dio una respuesta diferente.
Las acciones legales en contra de Ruano fueron presentadas por la Fundación contra el Terrorismo (FCT), entidad que consideró como ilegal que el juez haya denunciado en 2017 a la magistrada de la CSJ, Blanca Stalling, a quien señaló de supuestamente haber ejercido presiones para que le otorgara arresto domiciliario a su hijo, Otto Fernando Molina Stalling, en el caso IGSS-Pisa, proceso que tuvo a su cargo.
Mientras que Porras fue denunciada por la exfiscal Siomara Sosa, quien trabajaba en la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), por supuestamente negarle el acceso a información pública sobre programas informáticos que se usaron para extraer correos y datos usados en casos en los cuales se le persigue de manera penal.
La Corte Suprema de Justicia, en los antejuicios 229-2022 y 109-2023, interpretó y aplicó de distinta manera el artículo 4 de la Ley en Materia de Antejuicio.
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— Carlos Giovanni Ruano Pineda (@carlos_ruano_) June 20, 2023
DOS CRITERIOS
La CSJ rechazó la solicitud de retiro de antejuicio en contra de Porras, la cual justificó su decisión en lo que señala el artículo 4 de la Ley en Materia de Antejuicio.
Dicha normativa dice: “La denuncia o querella podrá ser representada por cualquier persona a la que le conste la comisión de un acto o hecho constitutivo de delito por parte de un dignatario o funcionario público, y no simplemente espurias y políticas”.
En ese sentido, la Corte resolvió: “Esta CSJ concluye que la denuncia fue promovida por razones espurias, debido a la falta de elementos de razonabilidad suficientes a pesar de la existencia de documentación adjunta; además de ilegítimas, por haberse denunciado actos propios del ejercicio de fiscal general y jefe del Ministerio Público”.
Sin embargo, en el caso del juez Ruano no se aplicó el mismo criterio, lo cual ha señalado el juzgador desde el inicio del proceso de antejuicio.
El pasado jueves 1 de junio, en una vista pública ante la Corte de Constitucionalidad (CC) Ruano aseguró que a la FCT “no le constan los hechos denunciados”, y consideró que por esa razón la CSJ debió rechazar darle trámite a dicho proceso.
“La Corte Suprema de Justicia maliciosamente obvió este requisito, no analizó que a la Fundación contra el Terrorismo le constaran los hechos denunciados. No estuvo en el despacho donde yo estaba con Blanca Stalling, no fue parte del proceso y tampoco del caso IGSS-Pisa”, dijo esa vez.
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INMUNIDAD EN MANOS DE LA CC
La inmunidad del juez está en manos de la CC. En la audiencia que sostuvo ante el tribunal constitucional, pidió que se le otorgue un amparo definitivo para que se suspenda el trámite de retiro de antejuicio en su contra que fue solicitado por la FCT.
Ruano también señaló que la CSJ habría cometido varios errores legales al resolver que se debía iniciar el proceso de retiro de antejuicio en su contra.
Además, expuso una serie de contradicciones que se encuentran en la denuncia que la FCT planteó en su contra.
La FCT, dirigida por Ricardo Méndez-Ruiz y representada en los Tribunales por el abogado Raúl Falla, ha promovido denuncias en contra de varios jueces, entre ellos: Yassmin Barrios, Pablo Xitumul, Erika Aifán y el último proceso contra el exjuez Miguel Ángel Gálvez.
Tanto Aifán como Gálvez se encuentran exiliados en Estados Unidos, por considerar que en el país corren riesgo.