Haroldo Vásquez y Mynor Moto, presidentes de la AGJI y la AJMOJ, respectivamente, se pronunciaron en relación a la evaluación de jueces y magistrados. FOTO: LA HORA

Por: Cristian Velix
cvelix@lahora.com.gt

Luego de que el Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) emitió de “urgencia nacional” una disposición para evaluar jueces y magistrados, pese a no tener aprobado el Reglamento de la Ley de la Carrera Judicial, jueces consultados por “La Hora” expresaron que las mediciones de desempeño se deben hacer con base al reglamento y de manera objetiva.

Anteriormente, la Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó que se hicieran las mediciones de desempeño, en cumplimiento del Artículo 76 de la Ley de la Carrera Judicial, que estipula que el CCJ debe remitir la nómina de los jueces y magistrados que hayan mostrado interés para aspirar a una magistratura en el Sector Justicia, habiendo desarrollado previamente un proceso de evaluación.

En ese contexto, Haroldo Vásquez, presidente de la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI), expuso que es de trascendental la importancia de generar un reglamento con todas las calidades necesarias y que debería estar consensuado y socializado con las personas a quienes se pudiera evaluar, es decir, sobre quiénes va a tener efecto.

“En todo caso lo que hemos interpretado como Asociación es que, lo que la Corte de Constitucionalidad (CC) manejó como urgencia, es realizar un reglamento para inmediatamente proceder con las evaluaciones”, agregó el juez.

Consultado de los aspectos que el CCJ pretende calificar, detallados en la disposición aprobada el 26 de septiembre pasado, el togado explicó que hay elementos que todavía tendrían que ser producto de análisis.

“El caso más ejemplar es el tema de que no se está ponderando la experiencia, en todo caso esto limita la enorme posibilidad de reconocer a las personas que tienen más tiempo de estar trabajando el área de la jurisdicción”, comentó Vásquez.

Por último, el dirigente de la AGJI dijo que estas evaluaciones se tienen que hacer con base a un reglamento, ya que este debe establecer claramente las formas claras y específicas de cómo y cuáles son las condiciones sobre las cuales se va a evaluar a una persona, de tal forma de que se eviten las subjetividades.

MOTO: “EVALUACIÓN ES PARA GARANTIZAR LA EXCELENCIA PROFESIONAL”

Por su parte, Mynor Moto, presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial (AJMOJ), expresó que ven con “mucha preocupación” que se hable de disposiciones temporales o en este caso para darle cumplimiento a la evaluación de desempeño de cara a la Comisión de Postulación.

En esa línea, el titular del Juzgado Tercero de Instancia Penal, explicó que la CC está ordenando el cumplimiento del Artículo 76 de la Ley de la Carrera Judicial, la cual también contempla en el Artículo 32 los parámetros para evaluar, además de que hay otros artículos de ese cuerpo legal, que establece, por ejemplo, la creación de reglamentos para la evaluación de jueces y magistrados.

“No es con el objeto de postularse, la evaluación es permanente, la evaluación es para garantizar la excelencia profesional, la permanencia en el servicio a los jueces, que en un momento los magistrados puedan ser reelectos, gozar de su derecho de preferencia en las Comisiones, ese es el objeto”, afirmó el juzgador.

Moto señaló que lo que se está pidiendo al Consejo es que creen el proyecto de reglamento adecuado a los estándares internaciones y los que exigen la ley, lo presenten y lo ideal es socializarlo con los jueces y magistrados.

“Eso es lo que estamos pidiendo, que todo sea objetivo, bajo parámetros que sean cualitativos y cuantitativos, que en la mayoría de los presupuestos no sea subjetivo o discrecional el valor que se le asigne a los ítems”, concluyó el togado.

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