Las offshore o entidades fuera de plaza registradas en una jurisdicción o país (Centro Financiero offshore -CFO-), pero que operan en otro, se encuentran pendiendo de un hilo, debido a que es común se les vea relacionadas o incluso, identificadas con paraísos fiscales.
Es por esta razón, varios bancos centrales y organismos internacionales han reforzado las políticas de regulación financiera y tributaria para ser más estrictos con dichas entidades. Guatemala no es la excepción a eso.
¿QUÉ SON Y CÓMO FUNCIONAN LAS OFFSHORE?
Las offshore son entidades extranjeras creadas específicamente para operar en países que gozan de menores requisitos tributarios y de identificación de beneficiarios.
Según el Fondo Monetario Internacional (FMI), los Centros Financieros Offshore (CFO) son jurisdicciones donde los bancos offshore están exentos de una amplia gama de regulaciones que normalmente se imponen a las instituciones locales.
Por otro lado, la banca offshore es la “intermediación transfronteriza de fondos y el suministro de servicios a no residentes, por parte de los bancos que residen en los CFO”.
De hecho, los CFO deben competir con las instituciones sujetas a la reglamentación nacional (onshore), por lo que ofrecer regímenes de tributación baja o nula que interesan a las empresas que buscan pagar menos impuestos es uno de los factores de atracción de clientes más importantes.
En concordancia, el FMI también explica que otro de los factores de atracción es “la adopción de reglas explícitas de secreto bancario y marcos jurídicos y administrativos deficientes”. Es decir, que implícitamente ofrecen anonimato a los inversionistas.
OPERACIÓN EN GUATEMALA
La banca offshore surgió en Guatemala como una solución ante la demanda de diversos agentes económicos de poder contar con productos financieros en dólares, principalmente cuentas de depósitos monetarios. Este auge inició en los años 80 y se consolidó en los 90, derivado del fin de la paridad cambiaria del dólar con respecto al quetzal en 1984 y expectativa de que el tipo de cambio del quetzal frente al dólar continuaría depreciándose en la última década del siglo XX.
Bajo ese contexto, los usuarios buscaban productos que les permitiera hacer transacciones, ahorrar en una moneda que mantuviera su valor ante la volatilidad que sufría la moneda nacional y evitar pérdidas cambiarias.
Al contar con cuentas en dólares se solucionaba el problema, la banca offshore vino a satisfacer estas necesidades ofreciendo cuentas de depósitos monetarios, ahorros y plazo fijos, así como préstamos en dólares. Algunas de estas entidades estaban vinculadas a los bancos nacionales, los que en su momento también podían incluir dentro de sus portafolios, productos y servicios en dólares.
LEGISLACIÓN
El proceso de modernización financiera en Guatemala tomó vigencia en la segunda mitad de la década de los 90, y trajo varios cambios que permitieron el surgimiento de una banca moderna basada en las mejores prácticas internacionales. Para apoyar esta nueva etapa bancaria, en 2002 el Congreso de la República emitió una serie de leyes que derogaban el marco legal del sistema financiero vigente desde los años de la Revolución del 44. La legislación emitida fue la siguiente:
Ley Orgánica del Banco de Guatemala
Ley Monetaria
Ley de Bancos y Grupos Financieros
Ley de Supervisión Financiera
El primer cambio se inició con la vigencia de la Ley de Libre Negociación de Divisas, que en el artículo 1 establece: “Es libre la disposición, tenencia, contratación, remesa, transferencia, compra, venta, cobro y pago de y con divisas y serán por cuenta de cada persona individual o jurídica, nacional o extranjera las utilidades, las pérdidas y los riesgos que se deriven de las operaciones que de esa naturaleza realice. Es igualmente libre la tenencia y manejo de depósitos y cuentas en moneda extranjera, así como operaciones de intermediación financiera, tanto en bancos nacionales como en bancos del exterior…”
Con la anterior disposición, se buscaba que el atractivo de la banca offshore se perdiera, pero no fue así. La incertidumbre económica y política de aquellos primeros años del inicio del siglo, hacían parecer que los agentes se sentían satisfechos manteniendo cierta parte de sus activos monetarios en centros financieros offshore, por los beneficios o ventajas que estos brindaban en contraposición con el marco legal guatemalteco.
Adicionalmente, la Ley de Bancos y Grupos Financieros, en los artículos finales incluye tres para dar cabida a la banca offshore que cumpliera ciertos requisitos.
En síntesis, los tres artículos establecen que un banco offshore para operar en Guatemala deberá estar constituida en un país que cumpla con una supervisión bancaria similar o mejor que la nacional; acogerse a la legislación fiscal de Guatemala; las cuentas de depósitos deben ser superiores a US$10 mil e informar a sus clientes que no están sujetas al Fondo de Protección al Ahorro (FOPA) entre otros requisitos.
La Junta Monetaria concederá autorización para operar en Guatemala si forman parte de un Grupo Financiero, de manera que queden sujetas a la Supervisión consolidada por parte de la Superintendencia de Bancos.
Asimismo, la Junta Monetaria emitió la Resolución JM-43-2013, Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de las Entidades Fuera de Plaza (off-shore), la cual establece que dichas entidades podrán realizar en Guatemala únicamente en moneda extranjera las operaciones que les permita la licencia extendida en el país de su constitución y que sean legalmente permitidas en Guatemala.
SU REGULACIÓN
La Junta Monetaria, en resolución JM-105-2021, emitió disposiciones temporales complementarias al Reglamento de Encaje Bancario, con el fin de apoyar a las entidades bancarias en el traslado de los depósitos provenientes de las offshore a los pasivos de los bancos del mismo grupo financiero.
La resolución se deriva de la solicitud de la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG), que en su momento manifestó interés en trasladar los depósitos de la banca offshore autorizada para operar en Guatemala a los bancos del país.
Asimismo, la ABG indicó que el traslado de los depósitos readecuaría el modelo de negocios de las entidades que forman parte de un grupo financiero, de manera que continúen ofreciendo a los depositantes de las offshore el mejor servicio, de forma competitiva, con el respaldo institucional del banco y dentro de las mejores prácticas y estándares internacionales.
Sobre este aspecto, la Junta Monetaria destaca que el traslado de los depósitos de las offshore a los bancos, conlleva que estos ahora estarán sujetos a la cuota del FOPA.
De acuerdo a la referida resolución, la Junta Monetaria daría flexibilidad de 3 años en el encaje para que los depósitos, registrados al 1 de diciembre de 2021, sean trasladados a las entidades bancarias. Esta flexibilización temporal apoyará al adecuado traslado, no solo de los pasivos (depósitos), sino también de los activos (créditos e inversiones), sin afectar la liquidez, solvencia y rentabilidad de los bancos implicados.
Cabe resaltar que, a diferencia de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, la legislación nacional carece de un esquema de quiebras de entidades offshore, por lo que el usuario estaba desprotegido localmente. A la vez, el no contar con entidades offshore en el sistema financiero, abre paso a nivel internacional a una mejora en la observancia de estándares internacionales y transparencia de mercado.
US$10 mil
Las cuentas de depósitos deben ser superiores a esa cantidad e informar a sus clientes que no están sujetas al FOPA
EVOLUCIÓN Y ESTADO ACTUAL DE LAS OFFSHORE
En 2005, según datos de la Superintendencia de Bancos (SIB) existían 11 entidades autorizadas para operar en Guatemala, con un total de activos al 31 de diciembre de ese año por un monto de Q20,384.8 millones, equivalente al 18.9% del total de activos del sistema bancario.
En octubre de 2006, la JM revocó la autorización del Grupo Financiero del País, y, por consiguiente, al no existir el referido grupo, se revocó la licencia de Bancafé Internacional Bank Ltd., que tenía una participación del 7.3% del total de activos de la banca offshore en ese momento.
Eventualmente, a la mayoría de las 11 entidades offshore que en algún momento la JM concedió licencia para operar, les fueron revocados los permisos, principalmente por retiro voluntario de dichas entidades, fusiones o liquidación.
Actualmente, solo 4 entidades offshore permanecen activas, con un total de Q20,737 millones, monto similar al que se observó en diciembre de 2005, pero representa únicamente el 4.4% del total del sistema financiero.
ACTIVOS EN DECLIVE
Se han observado casos de entidades offshore que han perdido participación de mercado, derivado de la reducción del número de entidades y el tipo de operaciones está siendo absorbido por las entidades bancarias.
De acuerdo con el informe trimestral de la Superintendencia de Bancos (SIB), a septiembre, los activos de las offshore disminuyeron un 16.8% en forma interanual.
Q20,737 millones
Es el monto que reúnen 4 offshore activas
ENTIDADES QUE AÚN OPERAN EN GT
De las cuatro entidades que operan en Guatemala como bancos offshore, Westrust Bank (International) Limited, con sede en Panamá, y parte del Grupo Financiero Corporación BI, tiene el 45% del total de activos de las offshore.
Le sigue en participación Mercom Bank Ltd, con sede en Barbados, parte del Grupo Financiero Agromercantil, participa con el 28%.
El 27% restante lo comparten las entidades BAC Bank Inc. y GTC Bank Inc., ambas con sede en Panamá, que pertenecen al Grupo Financiero BAC-Credomatic y al Grupo Financiero G&T Continental, respectivamente.
¿EL FIN DE UNA ERA?
La resolución de la JM podría verse como el inicio del fin en la era de las offshore en Guatemala, las que en su origen sirvieron para atender una necesidad del mercado, pero también fueron una fuente de vulnerabilidad para la estabilidad financiera guatemalteca, como sucedió con Bancafé International Bank y la offshore del Banco de Comercio, que operaba sin licencia en territorio nacional.
16.8%
Disminuyeron los activos de las offshore de forma interanual
UNA HERRAMIENTA CON RIESGOS
Debido al amplio menú de servicios que las offshore ofrecen, se menciona que han atraído a aquellos que se dedican a la evasión fiscal y al blanqueo de dinero, situación que preocupa seriamente a la comunidad internacional.
Recientemente, por regulaciones internacionales como FATCA o la política de fiscalidad de estándares internacionales de transparencia tributaria y contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, del Consejo de la Unión Europeo y la OCDE, el Grupo de Acción Financiero Internacional (GAFI) algunos Centros Financieros Offshore han perdido atractivo.
La mayor parte de estas entidades se ubican principalmente en islas del Caribe, y de acuerdo con el FMI, casi la tercera parte de los flujos financieros encuentran refugio en las Islas Caimán.
Además, la atracción de cuantiosos flujos financieros externos y el tamaño de sus sectores financieros pueden llegar a superar el de sus respectivas economías de acogida.