El procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas, presentó una acción de amparo ante el Juzgado Octavo de Primera Instancia Civil, en contra de la Compañía Desarrolladora Ferroviaria S.A., (Ferrovías) por haber aprobado la minuta de contrato de arrendamiento de bienes de utilidad ferroviaria, el pasado 12 de enero, sin efectuar una licitación de conformidad con los artículos 1 y 96 de Ley de Contrataciones del Estado.
Se trata del primer recurso legal que se interpone, justo el día en que se firmó el contrato de arrendamiento entre Ferrovías y la empresa mexicana Remed, S.A. consistente en la primera fase de habilitación de 235 kilómetros de vía férrea en la División Pacífico, que uniría la frontera con México y Puerto Quetzal, Escuintla.
En redes sociales, Rodas señaló: “La premura de suscribir el contrato de arrendamiento de bienes de utilidad ferroviaria demuestra falta de transparencia. Recomiendo a la @Contraloria_gt que de forma urgente se fiscalice este negocio. @PGNguatemala debe velar por los intereses del Estado!”.
Los accionistas de la Compañía Ferroviaria se conforman de la siguiente manera: un 81.19% pertenecen al Estado de Guatemala; un 15% a Cementos Progreso y el 3.81% restante a particulares.
PROYECTO DEBIÓ ESTAR SUJETO A LICITACIÓN
Según el recurso de la PDH, el agravio que motivó la acción de amparo es el menoscabo y violación a los derechos fundamentales de los guatemaltecos, al tomar decisiones de los fondos del Estado en violación a lo establecido en las leyes aplicables, las cuales son:
Artículo 1, inciso c) de la Ley de Contrataciones del Estado, que tiene por objeto normar las compras, ventas, contrataciones, arrendamientos (…) “las entidades o empresas cualquiera que sea su forma de organización, cuyo capital mayoritariamente está conformado por aportaciones del Estado.
El PDH, Jordán Rodas presentó un amparo en contra Ferrovías por haber aprobado minuta de contrato de arrendamiento de bienes de utilidad ferroviaria para un proyecto con la empresa Remed S.A . https://t.co/yQk1j12nTj
— Diario La Hora (@lahoragt) January 14, 2022
Artículo 2, inciso c) de la Ley Orgánica del Presupuesto, establece que están sujetos a las disposiciones de la ley (…) “las empresas cualquiera sea su forma de organización, cuyo capital mayoritariamente esté conformado con aportaciones del Estado, en lo relativo a los fondos públicos”.
Lo anterior, considerando que el porcentaje de participación que tiene el Estado de Guatemala en la entidad Ferrovías, S.A., debe efectuar un proceso de licitación para poder adjudicar el arrendamiento autorizado en el contrato de marras, según el amparo presentado.