El ministerio de Educación publicó la normativa para Jurados de Oposición
El ministerio de Educación publicó la normativa para Jurados de Oposición. Foto La Hora: Archivo.

El Ministerio de Educación (Mineduc) publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 3132-2026, que es la normativa para integrar los Jurados de Oposición para la selección de supervisores. El acuerdo se publicó el 9 de julio y entró en vigencia inmediata.

Los jurados de oposición coordinan el proceso de reclutamiento y selección de docentes, así como de personal administrativo y técnico en el sector de educación pública. Abarca los niveles de educación inicial, preprimaria, primaria y media.

Son las entidades responsables de seleccionar a docentes mediante la normativa legal, el monitoreo y el seguimiento. Funcionan como comités de evaluación para encontrar a los mejores candidatos para el puesto, que tengan las habilidades necesarias. 

Estos trámites se dividen en distintas entidades. Además del Jurado Nacional de Oposición, se encuentran el Jurado Auxiliar Departamental de Oposición (JADO) y el Jurado Municipal de Oposición (JUMO). 

El Jurado Nacional de Oposición está integrado por representantes de cada viceministerio, las supervisiones educativas, la Junta Calificadora de Personal y del Despacho Ministerial. 

De acuerdo con esta normativa, deben ser designados por la persona titular de su unidad. Por lo tanto, la ministra Anabella Giracca, junto con sus viceministros y el titular de los directivos de la Junta Calificadora de Personal, se encargarán de esta designación. En cuanto a la representación de las departamentales, el Despacho Ministerial se reunirá en asamblea para escoger. 

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También se integran los Jurados Departamentales de Oposición en cada departamental de educación. Este acuerdo ministerial recuerda que, en el caso de los departamentos que tengan más de una departamental, la que podrá elegir a sus representantes es la más antigua. 

Los representantes escogidos permanecen ahí por un periodo de tres años, pero pueden volver a ser elegidos para un siguiente periodo. Sin embargo, pueden ser removidos del puesto por renuncia a su cargo o al Jurado de Oposición, así como por destitución, ausencias recurrentes, negligencia y anomalías. 

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Entre las funciones de los jurados de oposición se encuentra establecer el funcionamiento interno, resolver impugnaciones, brindar asesoría y monitorear, dar seguimiento y evaluar el proceso de oposición. Por otro lado, los Jurados Departamentales califican los expedientes de los postulantes para asegurarse de nominar a quienes sí cumplan con los requisitos exigidos. 

Este grupo es el encargado de coordinar las solicitudes para nuevos postulantes en los niveles educativos, además de las modalidades monolingüe, bilingüe, educación estética y educación física. Esto se realiza en alianza con la Dirección General de Coordinación (DIGECOR) y la Dirección de Recursos Humanos (DIREH).

Mariana Torres Ruano
Escritora y periodista, con formación en Comunicación de la Universidad Rafael Landívar. Ávida lectora, se especializa en la cobertura de temas culturales, literatura y fenómenos de Internet.
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