Luego de la aprobación del Decreto 11-2026, la Asociación Guatemalteca de Expendedores de Gasolina (AGEG) urgió al Gobierno a establecer reglas claras que eviten los ‘errores del pasado’. El sector busca mecanismos técnicos que impidan distorsiones financieras y garanticen la sostenibilidad de las gasolineras durante la aplicación del nuevo subsidio.»
Enrique Meléndez, Director Ejecutivo de la AGEG, indicó a La Hora que tienen agendada una reunión mañana jueves con autoridades del Ministerio de Energía y Minas (MEM) con el objetivo de poder definir los lineamientos que integrarán el reglamento de la ley, pieza clave para la ejecución del subsidio en las estaciones de servicio.
De acuerdo con Meléndez, la prioridad de los expendedores es aplicar las lecciones aprendidas de apoyos temporales anteriores.
El punto de mayor fricción, refirió, radica en la gestión de inventarios.
En este punto, la asociación solicitará que se defina con claridad el tratamiento para el producto que ingresó a los tanques con precios de mercado antes de la vigencia del decreto.
«Es vital determinar qué sucederá con las estaciones que poseen inventarios adquiridos a costos distintos al regulado. Sin un mecanismo definido, los expendedores se ven forzados a absorber la pérdida financiera para alinearse al precio subsidiado, lo que genera una afectación directa en la sostenibilidad de la cadena», explicó el directivo.
IMPORTANCIA RADICA EN LAS CONDICIONES
La AGEG considera indispensable que el reglamento establezca con absoluta transparencia la fórmula de cálculo para el precio de referencia a la cual hace referencia el Decreto, así como la periodicidad de los reportes de inventario que las estaciones deben emitir.
Otro eje crítico de la negociación será el respaldo técnico ante las fluctuaciones de precios en los departamentos. Meléndez enfatizó que la logística y los costos de flete hacia el interior del país requieren un análisis diferenciado para garantizar que el beneficio llegue al consumidor fuera del área metropolitana sin comprometer el margen operativo de las estaciones locales.
El representante de los expendedores señaló que, aunque no existe certeza sobre la evolución de los conflictos bélicos internacionales, el impacto en la oferta y demanda mundial ya es una realidad por lo que si el paso de buques de petróleo por el Estrecho de Ormuz, continúa paralizada o lenta, el impacto se seguirá percibiendo aún finalizados los tres meses que en el que el Decreto contempla el subsidio al precio de los combustibles.
Meléndez también hizo referencia a que lo que el Decreto determina como cláusula de agotamiento la cual hace referencia a que si el consumo de combustible se dispara debido al precio bajo, los fondos podrían terminarse antes por lo que en ese momento, el subsidio cesa automáticamente sin necesidad de una nueva ley.
Datos a febrero refieren un consumo promedio de 105,000 barriles diarios de combustibles.
La Hora busco la opinión de la Gremial de Importadores, instancia en la que según el Decreto, recaerá el subsidio; sin embargo, no se obtuvo respuesta.
LECCIONES APRENDIDAS
A partir de la experiencia de 2022, el sector de importación y exportación coincide en la necesidad de aplicar las lecciones aprendidas para optimizar la nueva normativa.
Es fundamental que el diseño de la medida evite la fuga de recursos hacia otros mercados por diferenciales de precio y que no genere distorsiones en el manejo de inventarios.
Asimismo, resulta prioritario definir con claridad la política de sanciones y garantizar que el subsidio sea integral, abarcando los tres tipos de combustibles para mantener la competitividad del sector.
ACERCA DEL DECRETO 11-2026
El techo financiero aprobado en el Decreto 11-2026 autoriza un monto de Q2,000 millones (financiados en parte por los Q808 millones en recortes a Ministerios y una ampliación de techo presupuestario de hasta Q1,192 millones).
Lo que contiene el Decreto 11-2026
- Montos del subsidio: Se establece un apoyo social de Q8.00 por galón de diésel y Q5.00 por galón de gasolinas regular y superior.
- Financiamiento: Los fondos (Q2,000 millones) provendrán de una readecuación presupuestaria a cargo del Ministerio de Finanzas Públicas.
- Vigencia: El apoyo es temporal y durará 3 meses a partir de la publicación de su reglamento, o bien, hasta que se agote la disponibilidad presupuestaria.
- Aplicación: Aplicable únicamente a importadores registrados en la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas (MEM) antes de la entrada en vigor de la ley.
- Aplicación del descuento: El beneficio debe reflejarse obligatoriamente desde el precio de venta en terminal (Ex-RAC) hasta el consumidor final.
- Control de facturación: Todas las facturas de la cadena de comercialización deben consignar la anotación del apoyo social temporal recibido.
- Fiscalización y pago: La SAT informará al MEM sobre los montos descontados por cada importador.
El MEM reembolsará el monto a los importadores tras verificar los reportes de SAT y la documentación que compruebe el traslado del beneficio al consumidor.







