
El lunes recién pasado, el presidente Bernardo Arévalo dio a conocer una propuesta para contener el impacto del alza internacional del diésel y evitar que el incremento se traslade directamente a los consumidores.
La Hora tuvo acceso al documento, que plantea un apoyo social temporal de hasta Q2 mil 500 millones, cuyos recursos serían administrados mediante el Ministerio de Energía y Minas (MEM).
La propuesta aún no ha ingresado al Congreso de la República, pero según su contenido, se buscaría establecer un mecanismo para mantener el galón de diésel en Q39 hasta finales de 20266, sujeto a la aprobación de los diputados.
Arévalo explicó que el objetivo es reducir el impacto del incremento del combustible sobre el transporte de personas y mercancías, particularmente por su efecto en los costos de los productos de la canasta básica.
NO SERÍA UN SUBSIDIO FIJO DE Q12 POR GALÓN
A diferencia de la propuesta presentada en julio recién pasado por el Ejecutivo, que contemplaba un subsidio de Q12 por galón de diésel y Q3 para la gasolina regular, el nuevo proyecto cambia el mecanismo.
La propuesta establece un precio de referencia de Q39 por galón para el consumidor final y cuando el precio promedio de mercado supere ese monto, el Estado absorbería la diferencia mediante un apoyo social temporal dirigido a los importadores autorizados.
Presidente Arévalo anuncia subsidio de Q12 por galón de diésel y Q3 por galón de gasolina regular
El monto del apoyo, por lo tanto, no sería necesariamente el mismo durante todo el período, sino que dependería de la brecha entre el precio de mercado y los Q39 establecidos como referencia.
El propio presidente había explicado que el monto de la compensación podría aumentar o disminuir dependiendo de lo que ocurra con las cotizaciones internacionales, debido a que los precios del petróleo y sus derivados determinan buena parte del costo del combustible importado por Guatemala.
EL PUNTO CLAVE ESTARÍA EN EL PRECIO EX RACK
Uno de los elementos centrales de la iniciativa es que el apoyo no se plantea simplemente como un pago posterior al consumidor.
El proyecto establece un mecanismo de precio variable de venta en terminales de almacenamiento, conocido como EX RACK, mediante el cual el MEM deberá determinar periódicamente el precio al que se comercializa el diésel antes de llegar a las estaciones de servicio.
Este mecanismo es similar al que se utilizó con el subsidio que estuvo vigente entre mayo y julio recién pasado que fue de Q2 mil millones.
Al igual que el subsidio anterior, el precio deberá calcularse tomando en cuenta varios componentes: los precios internacionales de referencia de la costa del Golfo de Estados Unidos, los precios de facturación de las importaciones reportados por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), los costos de importación, transporte, almacenamiento y distribución, los márgenes de comercialización y el propio apoyo social temporal.
La propuesta establece además que, entre las referencias internacionales disponibles y los precios de facturación de las importaciones reportados por la SAT, se deberá aplicar el precio más bajo para determinar la referencia correspondiente.
El objetivo de este mecanismo es que el apoyo se refleje en la cadena de comercialización y, finalmente, en el precio que paga el consumidor en la estación de servicio.
¿QUIÉN RECIBIRÍA EL APOYO?
El proyecto establece que el apoyo social sería otorgado a los importadores sujetos autorizados, no directamente a cada conductor que llegue a una gasolinera.
Cuando el precio promedio de mercado supere los Q39 de referencia, el MEM absorbería la diferencia mediante el mecanismo establecido en la ley.
Para ello, la SAT tendría que trasladar información sobre las operaciones de facturación y posteriormente los importadores deberían presentar la documentación correspondiente mediante declaración jurada, conforme al procedimiento que establezca el reglamento.
La propuesta también deja claro que el apoyo no se reconocería para combustible que sea destinado a consumo fuera de Guatemala o que no cumpla con las condiciones establecidas en el reglamento.
Esto significa que el Gobierno pretende vincular el pago del apoyo con el combustible que efectivamente sea comercializado y consumido dentro del territorio nacional.
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HASTA Q2 MIL 500 MILLONES PARA EL APOYO
Uno de los aspectos de mayor peso de la iniciativa es el financiamiento.
El proyecto contempla que el apoyo temporal pueda alcanzar hasta Q2 mil 500 millones y faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para realizar las readecuaciones e incrementos presupuestarios necesarios para trasladar esos recursos al Ministerio de Energía y Minas.
Dentro del esquema planteado aparecen Q1 mil 280 millones provenientes de recursos vinculados con el artículo 23 “B” de la Ley del IVA, específicamente de fondos relacionados con la devolución del crédito fiscal y la restitución de otros impuestos, que serían trasladados al fondo común administrado por la Tesorería Nacional.
A esa fuente se sumarían Q1 mil 220 millones que tendrían que ser readecuados, de acuerdo con el texto de la propuesta.
El proyecto también contempla una readecuación presupuestaria por Q400 millones, proveniente del Fondo para Proyectos Viales Prioritarios (FOVIP), para trasladarlos al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas.
UNA READECUACIÓN DE Q507.6 MILLONES
Además del esquema específico para financiar el apoyo, la iniciativa plantea disminuir en Q507 millones 640 mil 626 el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para 2026.
La propuesta detalla que esa disminución afectaría tanto el presupuesto de ingresos como el de egresos. Entre los rubros incluidos aparecen recursos relacionados con ingresos tributarios, ingresos no tributarios, venta de servicios, disminución de disponibilidades y endeudamiento público externo.
Del lado del gasto, la propuesta identifica reducciones por Q507.6 millones en distintas entidades y rubros, entre ellos el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, el Ministerio de Gobernación, el Ministerio de Economía, las Obligaciones del Estado a cargo del Tesoro y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
La iniciativa faculta al Organismo Ejecutivo, por medio de Finanzas Públicas, para realizar mediante acuerdo gubernativo la distribución analítica de las disminuciones y ampliaciones presupuestarias que correspondan.
El documento también establece que los recursos destinados al apoyo no constituirían un gasto recurrente y deberían utilizarse exclusivamente para los fines establecidos en la ley y dentro del período de vigencia de la medida.
EL MEM SERÍA EL ENCARGADO DE EJECUTAR EL MECANISMO
El Ministerio de Energía y Minas tendría el papel central en la aplicación de la medida.
La propuesta lo designa como ente rector y le asigna la responsabilidad de ejecutar el apoyo, conformar los expedientes de los importadores y trasladarlos al Ministerio de Finanzas Públicas.
A partir de ese procedimiento, Finanzas ordenaría al Banco de Guatemala (Banguat) entregar los fondos correspondientes a los importadores, de acuerdo con el apoyo que les sea reconocido.
El MEM también tendría que publicar periódicamente el precio variable EX RACK y realizar las verificaciones necesarias para determinar que el mecanismo esté siendo aplicado correctamente.
DIACO, SAT Y CONTRALORÍA TENDRÍAN FUNCIONES
La Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco), adscrita al Ministerio de Economía, tendría que monitorear los precios en las estaciones de servicio para verificar que el apoyo efectivamente llegue al consumidor final.
La SAT, por su parte, tendría la responsabilidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los importadores que reciban el beneficio.
Mientras tanto, la Contraloría General de Cuentas tendría a su cargo la fiscalización de los recursos públicos utilizados para financiar el apoyo, incluyendo aspectos de ejecución, legalidad, transparencia y destino de los fondos.
Además, los propietarios de las estaciones de servicio estarían obligados a presentar inventarios de diésel al MEM, bajo las condiciones y periodicidad que establezca el reglamento.
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La propuesta contempla sanciones para las estaciones de servicio que no apliquen correctamente el beneficio.
De acuerdo con el proyecto, la Diaco podría imponer una multa de 30 Unidades de Multa Ajustables (UMAS) a la persona individual o jurídica propietaria de la estación por cada falta en la aplicación del apoyo social temporal al precio de venta al consumidor final.
El procedimiento para imponer estas sanciones quedaría establecido en el reglamento de la ley.
TAMBIÉN BUSCAN EVITAR QUE EL DIÉSEL SUBSIDIADO SALGA DEL PAÍS
Otro de los controles incluidos en la iniciativa está relacionado con la posibilidad de que el combustible beneficiado sea extraído de Guatemala.
El proyecto prohíbe exportar, reexportar, trasladar o extraer del territorio nacional el diésel por el cual ya se haya reconocido o pagado el apoyo social temporal.
Si se detectara una posible extracción irregular, el MEM tendría que coordinar con otras instituciones la verificación del combustible y determinar si este fue beneficiado con recursos públicos.
En caso de confirmarse la irregularidad, el Ministerio podría denegar, suspender o ajustar el pago correspondiente al volumen involucrado. Si el beneficio ya hubiera sido pagado, tendría que presentar las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público y trasladar el expediente a la Procuraduría General de la Nación para las acciones legales que correspondan.
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MEDIDA SERÍA TEMPORAL Y TERMINARÍA ANTES
La propuesta establece que el apoyo tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, contados a partir de la publicación del reglamento.
Sin embargo, también contempla dos condiciones para que pueda finalizar anticipadamente.
La primera sería que se agote la disponibilidad presupuestaria autorizada. La segunda ocurriría si los precios internacionales de referencia de la costa del Golfo de Estados Unidos o los precios de facturación de las importaciones reportados por la SAT se mantienen por debajo de USD 3 por galón durante 15 días consecutivos.
Esto significa que el mecanismo no estaría diseñado para mantenerse indefinidamente: su continuidad dependería tanto de los recursos disponibles como del comportamiento del mercado internacional.
REGLAMENTO ES CLAVE
Aunque la iniciativa establece los elementos principales del mecanismo, varios detalles operativos quedarían pendientes del reglamento.
El texto ordena al Organismo Ejecutivo, por medio del MEM, emitir ese reglamento dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrada en vigencia de la ley. Allí deberán definirse procedimientos, formatos, mecanismos de verificación y otros aspectos necesarios para ejecutar el apoyo.
Por ahora, la propuesta representa la ruta que el Ejecutivo plantea ante el Congreso para responder al incremento internacional del precio del diésel. Su aplicación, sin embargo, depende de que el Organismo Legislativo apruebe la iniciativa y de que posteriormente se desarrollen los mecanismos administrativos previstos.
El Ejecutivo llega así al Congreso con una propuesta que busca cambiar la lógica del subsidio anterior: en lugar de establecer un monto fijo por galón, plantea utilizar un precio de referencia de Q39 y una compensación variable, respaldada por hasta Q2 mil 500 millones, para absorber la diferencia cuando las condiciones del mercado coloquen el precio por encima de ese nivel.
La discusión ahora queda en manos de los diputados, quienes deberán analizar no solo el objetivo de contener el precio del diésel, sino también las fuentes de financiamiento, las readecuaciones presupuestarias y los controles planteados para que los recursos públicos lleguen al destino previsto.







