Este lunes 31 de julio vence el plazo para realizar el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) sin que éste genere mora. Hasta el momento la SAT reportó que poco más del 65% de los vehículos han cumplido con esta obligación tributaria.
Según datos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), hasta el momento se han recaudado Q834 millones, o sea un 74.33%, de los Q1,122.40 millones que la SAT estableció como meta para el año 2023.
El último día para hacer efectivo este pago sin incurrir en mora es el 31 de julio de 2023, luego de esa fecha aplican multa e intereses según el Decreto 70-94 artículo 29. La multa será igual al 100% del ISCV que le corresponde al vehículo. En cuanto a los intereses serán de 12.65% anual calculado diario, según información de la Superintendencia.
En tendencia:
VEHÍCULOS ACTIVOS Y DESACTIVACIONES
Según datos de la SAT, en Guatemala se encuentran activos un total de 5 millones 138 mil 318 vehículos, 2 millones 388 mil 074 son de uso particular, 2 millones 387 mil 757 son motocicletas, y de uso comercial son 362 mil 487.
(GRÁFICA)
Por otro lado, la Superintendencia de Administración Tributaria, comentó que el 1 de agosto serán desactivados los vehículos que no hayan realizado el pago del Impuesto de Circulación durante los años 2021, 2022 y 2023. Son 86 mil 943 los automotores que se encuentran en esta situación.
EN DÓNDE SE INVIERTE ESTE IMPUESTO
Este impuesto está contenido en la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos.
Dicha ley establece que el 50% de la recaudación del impuesto de los vehículos terrestres de uso particular, alquiler, comercial, de transporte urbano de personas y motocicletas se destina exclusivamente al mantenimiento, mejoramiento, construcción y/o ampliación de calles, puentes y bordillos de las cabeceras y demás poblados de los municipios.
Otras Noticias:
Asimismo, indica que se puede dirigir hasta el 40% al fondo común y 10% restante al Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), que lo destinará exclusivamente al mantenimiento y adquisición de semáforos, señales de tránsito y demás equipos requeridos para ordenar y controlar el tránsito.