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A los inmigrantes residentes en los Estados Unidos, considero que debería ser parte de la responsabilidad de los gobiernos de Guatemala, Honduras, El Salvador entre otros, el dar a conocer las disposiciones que les afectan a miles de personas, ya que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha emitido una norma definitiva con la cual se deroga la regulación de la administración Joe Biden de 2022 relacionada a la determinación de la carga pública, un tema que vale la pena difundir, por los cientos de miles de personas que se verán afectadas, no hacerlo es una irresponsabilidad hacia quienes sostienen las economías de los países y a millones de familiares con el envío de remesas.

La cancelación de la normativa de CARGA PÚBLICA, se alinea con la ley de inmigración de los Estados Unidos, con la intención del Congreso de dicho país de que los inmigrantes residentes en Estados Unidos sean autosuficientes y no dependan de beneficios gubernamentales financiados por los contribuyentes. 

Al leer la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA), se especifica que una persona que solicita una visa, admisión o ajuste de estatus migratorio en dicho país, es inadmisible en Estados Unidos si se considera probable que en algún momento se convierta en una carga pública. 

La normativa que fue aprobada durante la administración de Joe Biden, la cual fue ahora derogada por la administración Trump, restringía los beneficios públicos que el DHS podía considerar, limitando la capacidad de los funcionarios para revisar todos los factores relevantes, tal como lo habían previsto los miembros del Congreso de dicho país. 

Enfatizando que con esta norma definitiva, el personal de USCIS estará facultado para “evaluar todos los hechos pertinentes caso por caso para cada solicitante”. 

La argumentación planteada por parte de la administración Trump, se fundamenta en defender el Estado de Derecho y proteger a los contribuyentes estadounidenses de subsidiar a inmigrantes que podrían volverse dependientes de los beneficios públicos, por lo que con la medida se está salvaguardando la seguridad y el bienestar financiero de los estadounidenses, según lo dio a conocer USCIS por medio de un comunicado.  

Debo enfatizar que la norma entrará en vigor el 18 de septiembre de 2026, conociendo que USCIS llevará a cabo una publicación de una versión revisada en relación al formulario I-485 que se refiere a la SOLICITUD PARA REGISTRAR LA RESIDENCIA PERMANENTE o llevar a cabo el AJUSTE DEL ESTATUS TEMPORAL.

Advirtiendo que los funcionarios de USCIS, NO ACEPTARÁN LAS VERSIONES ANTERIORES DEL FORMULARIO I -485 o que sean enviadas de forma electrónica a partir de la vigencia de la nueva disposición.

La nueva medida restaura una política más amplia y estricta que otorga a los oficiales de inmigración mayor discreción para evaluar la autosuficiencia financiera de los solicitantes de residencia permanente, la cual entra en vigencia el 18 de septiembre del 2026.

Consecuencias de la nueva regla

Los oficiales ya no se limitan a la revisión de un par de factores, sino que revisarán una combinación de su edad, estado de salud, situación familiar, ingresos, bienes, educación y habilidades laborales, por lo que evaluarán la totalidad de las circunstancias. 

Debo resaltar que bajo la nueva política de USCIS, el recibir o haber recibido ciertos programas de asistencia financiada por los contribuyentes tal es el caso de Medicaid, cupones de alimentos (SNAP) y vales de vivienda, pueden ser considerados por parte de los funcionarios de USCIS negativamente en su evaluación, aunque no significa una negación automática.

El inmigrante debe recordar que a partir del 18 de septiembre, será obligatorio utilizar una nueva edición del Formulario I-485 (Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus),

Recomendaciones para inmigrantes

No canceles beneficios precipitadamente por miedo, ya que el uso de asistencia pública se evalúa como parte de un panorama general. Las ayudas de emergencia, WIC o los beneficios de salud para niños y mujeres embarazadas generalmente no se consideran de manera negativa, pero plantee ante un abogado migratorio la consulta. 

Revise sus tiempos de presentación, ya que las solicitudes presentadas antes del 18 de septiembre de 2026 generalmente serán evaluadas bajo la regla anterior menos restrictiva. Si ya está listo para presentar su caso, considere hacerlo antes de esa fecha.

Le recomiendo que se prepare para demostrar que tiene ingresos estables (o una declaración jurada de patrocinio económico sólida), así como un historial laboral firme, y que pueden mantenerse a usted y a su familia sin depender del gobierno, de lo contrario tiene mucha posibilidad que le sea negada la solicitud. 

Ante la nueva normativa y que definitivamente surgirán dudas en relación a su elegibilidad o sobre cómo el uso de un programa de ayuda podría afectar su trámite, le recomiendo que busque asesoría legal con un abogado de inmigración antes de presentar cualquier solicitud para que analice su caso detalladamente.

 

Fernando Castro

Analista Migratorio guatemalteco. Vice Cónsul de Guatemala y Encargado del Despacho, en el Consulado ubicado en Comitán de Domínguez, Chiapas, México, desde 2018 al 2021. Director de Comunicación Social, Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA.

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