
Un informe de la Supervisión General de Tribunales al que tuvo acceso La Hora pone bajo la lupa a la Sala Tercera de Apelaciones, vinculada al diputado Felipe Alejos. El documento concluye que el juez Erick Daniel García Alvarado actuó con legitimidad, legalidad y competencia al modificar las medidas sustitutivas que impedían a cuatro magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) ejercer sus cargos, una resolución que la Sala anuló de forma fulminante el pasado enero.
La situación comenzó cuando García, juez del Juzgado Segundo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, resolvió permitir el regreso de los magistrados Irma Elizabeth Palencia, Gabriel Aguilera, Ranulfo Rojas y Mynor Franco, suspendidos desde hacía casi un año por orden judicial en el marco del caso de la presunta compra irregular del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP).
La Sala Tercera entonces reaccionó con un recurso de “actividad procesal defectuosa” y presentó una denuncia disciplinaria contra García, alegando que había resuelto sin tener competencia y a pesar de estar recusado.

Los magistrados del TSE son señalados por el Ministerio Público (MP), dirigido por María Consuelo Porras, de aprobar una supuesta compra sobrevalorada del sistema TREP. Ellos sostienen que la persecución responde a una represalia por no respaldar el intento de frenar la investidura del presidente Bernardo Arévalo, en 2023.
INFORME DESARMA DENUNCIA
El informe oficial desmonta esos argumentos. “La intervención del referido Juzgador ‘A’… no constituye una intervención arbitraria, ilegítima o excediéndose de sus facultades legales”, señala el documento, que recuerda que en los juzgados pluripersonales ambos jueces tienen igual competencia para conocer casos de forma indistinta, ante la tesis de la Sala de que no debió conocer esa audiencia.
Sobre la recusación, añade: “tampoco el Juez denunciado incurrió en alguna anomalía… toda vez que al dictar los autos… declaró que se trataba de un acto urgente que no admite dilación, lo cual de conformidad con el artículo 68 del Código Procesal Penal, es permisible”, consta en el informe de la Supervisión General de Tribunales.

La conclusión es categórica. “El funcionario judicial denunciado… no ha incurrido en ninguna de las faltas disciplinarias previstas en la Ley de la Carrera Judicial, por lo que resulta procedente recomendar que la denuncia… no sea admitida para su trámite”.
El juez García recibió amenazas de muerte tanto por este caso como por el proceso contra el periodista Jose Rubén Zamora, que le tocó conocer. Denunció presiones para que ordenara el reingreso en prisión del fundador del extinto diario elPeriódico y por su actuación en el expediente de los magistrados, pero ambas denuncias fueron desestimadas por el MP de Porras.
MP desestima denuncias de juez Erick García, quien denunció presiones y amenazas tras caso Zamora
TRASFONDO POLÍTICO
El hallazgo no solo exonera al juez García; también cuestiona la actuación de la Sala Tercera, integrada por magistrados que han emitido resoluciones de fuerte impacto político, entre ellas las últimas órdenes de captura en el del caso denominado «Acuerdos Fraudulentos».
Su decisión de anular el fallo del juez dejó a los cuatro magistrados del TSE fuera del cargo y mantiene bajo control del órgano electoral a la magistrada Blanca Alfaro, presidenta en funciones, y a suplentes designados durante la crisis poselectoral.
La suspensión de Palencia, Aguilera, Rojas y Franco permitió al MP acceder, por medio de la magistrada Alfaro, a información sensible, incluido el padrón electoral y el código fuente del sistema informático, en medio de una crisis institucional de dicho Tribunal sin precedentes.

La Junta de Disciplina Judicial, presidida por Beyla Estrada, no dio por cerrado el caso. Ordenó ampliar el informe de Supervisión e incluir un análisis sobre el artículo 277 del Código Procesal Penal, pese a que la investigación había sido clara en que el juez actuó dentro de la ley.
“El imputado y su defensor podrán provocar el examen de la prisión y de la internación, o de cualquier otra medida de coerción personal que hubiere sido impuesta, en cualquier momento del procedimiento, siempre que hubieren variado las circunstancias primitivas”, reza el artículo que pidieron analizar.
La Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia tiene, desde febrero, la decisión sobre si regresa a los cuatro magistrados al TSE mediante el amparo presentado contra la resolución de la Sala Tercera —ahora cuestionada por el informe—, pero el expediente sigue engavetado.

Los magistrados que tienen la última palabra para reintegrar el TSE son Carlos Ramiro Contreras, presidente de la Cámara, y los vocales, Estuardo Adolfo Cárdenas, Igmaín Galicia Pimentel y Clemen Vanessa Juárez.
El informe de Supervisión ya ha introducido un elemento incómodo. Si la actuación del juez García fue legal, ¿qué tan sólida era la base de la Sala para anularla?
Magistrados del TSE y busca de legalidad: en manos de la Cámara de Amparos que regresen a sus cargos
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