El MP, a través de la FECI apelará fallo del tribunal en el caso Zamora. (Foto: Fabricio Alonzo/La Hora)
José Rubén Zamora. (Foto: Fabricio Alonzo/La Hora)

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió, este miércoles 18 de junio, declarar sin lugar la apelación presentada por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP) en contra de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con la cual pretendía que el periodista Jose Rubén Zamora continuara en prisión.

En la resolución de este miércoles, la alta Corte resaltó que el MP presentó una apelación que era inviable de conocer por parte de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.

De esta cuenta, el Tribunal Constitucional confirmó la resolución de la CSJ del 13 de junio, con la cual declaró mantener vigente las medidas sustitutivas a favor del periodista.

El fallo tuvo el voto favorable de la presidenta de la máxima Corte, Leyla Lemus, así como de los magistrados titulares, Roberto Molina Barreto y Hector Hugo Pérez Aguilera y el de suplentes Walter Paulino Jiménez Texaj y Rony Eulalio López Contreras.

Además, el magistrado Nester Vásquez Pimentel emitió un voto razonado disidente y el togado Luis Alfonso Rosales Marroquín emitió un voto disidente.

CC declara sin lugar apelación de MP ante amparo para libertad condicional de Jose Rubén Zamora

ESTO PASÓ

La resolución de la alta Corte detalla que la agente de la FECI, Leonor Morales, presentó una apelación en contra de la resolución del Tribunal Noveno de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del 26 de agosto de 2024, con la cual otorgó medidas sustitutivas a Zamora dentro del primer proceso penal, el cual regresó de nuevo a juicio, tras un amparo por parte de la Procuraduría General de la Nación (PGN).

En esta línea, el 6 de septiembre de 2024 de la Sala Segunda de Apelaciones, conoció la apelación, con lo cual ordenó que el periodista regresara a prisión.

Sin embargo, la defensa de Zamora presentó una acción ante la CSJ en la que señaló que la apelación del 6 de septiembre no era idónea, ya que el MP debió presentar una reposición, por lo que pidió dejar sin efecto la resolución de la Sala Segunda de Apelaciones.

De esta cuenta, el 13 de enero pasado, la Cámara de Amparos y Antejuicios de la CSJ dejó sin efecto la resolución de la Sala Segunda, por lo cual el MP impugnó ante la alta Corte.

De esta cuenta, la CC resolvió declarar sin lugar la apelación del MP, indicando que es derivado de la “doctrina legal de este Tribunal acerca de la inviabilidad del recurso de apelación contra las resoluciones de los Tribunales de Sentencia que resuelve sobre la revisión de las medidas de coerción”.

CSJ ampara a Zamora y suspende orden de regreso a prisión

Por lo anterior, recordó los fallos encontrados en los expedientes 3932-2021, 3346-20216 y 628-2016. 

Según la alta Corte, el MP presentó un medio inidóneo, ya que debió presentar una reposición y no una apelación, puesto a que el otorgamiento de las medidas es apelable si lo dicta un juez unipersonal, pero los tribunales de sentencia no conocen este tipo de solicitudes.

ESTO SEÑALÓ LA DEFENSA DE ZAMORA

La defensa de Zamora señaló que con la resolución de la Sala Segunda de Apelaciones, se vulneraron los derechos de defensa, de presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y de acceso a la justicia, así como los principios jurídicos de seguridad jurídica y de debido proceso.

Según explicó, tanto el MP, como los querellantes adhesivos, es decir, la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), por medio de Ricardo Méndez Ruíz y Raúl Falla, no se presentaron a la audiencia de revisión de medidas de coerción.

Por ello, los abogados de Zamora subrayaron que el MP y la FCT presentaron la apelación ante la Sala Segunda de forma “subjetiva”, ya que presentaron argumentos que suponen que sucedieron en una audiencia en la que no comparecieron.

También, resaltó que la Sala denunció resolvió de forma “ultra petita”, puesto a que los argumentos del acto reclamado son inexistentes, debido a que mencionan aspectos que no sucedieron en la audiencia de medidas de coerción.

“Por ejemplo, que los impugnantes comparecieron a esta (la audiencia), así como que la defensa técnica aseveró distintas argumentaciones, las cuales son falsas; en adición a ello, la autoridad reprochada (la Sala Segunda) solamente copió razonamientos utilizados en otras resoluciones”, indicó.

Jose Rubén Zamora recuperó su libertad el pasado sábado. Foto: Fabricio Alonzo
La Sala Segunda de Apelaciones ordenó que Jose Rubén Zamora sea devuelto a prisión. Foto La Hora: Fabricio Alonzo

Al mismo tiempo, resaltaron que el pronunciamiento de la Sala Segunda es arbitrario e ilegal, ya que violenta la esfera de derechos de Zamora, puesto a que resolvió asuntos sobre hechos falsos y fuera de lugar.

A su vez, destacó que el Tribunal de Noveno desvaneció los motivos sobre la prisión preventiva, pero la Sala Segunda refirió de “forma falsa, inexacta, incierta e incorrecta”, que no había realizado la investigación sumaria correspondiente.

“No analizó correctamente las constancias procesales, pues, en la audiencia de revisión de las medidas de coerción, se determinó, de forma clara, precisa, detallada y concreta, los motivos por los cuales las circunstancias primitivas que propiciaron la prisión preventiva habían variado”, indicó, por lo que recalcó que si la resolución persistía se estaría desnaturalizando las medidas de coerción.

La SIP rechaza la revocatoria del arresto domiciliario de Jose Rubén Zamora

Además, la defensa de Zamora apuntó que se mencionó la sentencia condenatoria contra el periodista, pero ella no está en firme, por lo que es una persona inocente con todas las prerrogativas que el ordenamiento jurídico guatemalteco le otorgan.

EN PRISIÓN POR SEGUNDO CASO

A pesar de la resolución, Zamora continuará bajo prisión, ya que la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal, cercana al diputado Felipe Alejos, dio marcha atrás a la resolución del juez Erick Garcia, con la cual había otorgado medidas sustitutivas al periodista por el segundo caso en el que la FECI lo acusa por obstrucción a la justicia.

Engelberth Blanco
Creo en la democracia y apelo por una educación de calidad para todas las personas, el acceso al agua y la tierra.
Artículo anteriorRepartidor de comida rápida es herido de bala tras presunto intento de robo
Artículo siguienteConflicto que puede ser nuclear, EE. UU.-Israel vs. Irán: siga aquí la crisis