Juez se mantiene fiel a Kevin Malouf: Insiste en homicidio culposo

El juez Cuarto Penal, Pedro Laynez, mantuvo su decisión de enviar a juicio al médico Kevin Malouf, así como a las enfermeras Susana Rojas y Lydia Moreira por el delito de homicidio culposo, a pesar de la resolución de la Sala Primera de Apelaciones Penal con la que ordenó el cambio de dicho delito por el de homicidio.

El juez Laynez aseguró que el médico y las enfermeras debían ser garantes de la salud de la víctima, sin embargo, los medios de investigación no aportan o ayudan a determinar la intencionalidad que hubo sobre la muerte.

Por ello, el juez Laynez sostuvo que el médico Malouf pudo haber cometido el delito de homicidio culposo.

De la misma forma, el togado confirmó la resolución en contra de Moreira por el delito de homicidio culposo en grado de complicidad y Rojas por el de encubrimiento propio.

De esta cuenta, Alejandro Arriaza, abogado de Malouf, solicitó al juez Laynez, que se inicie un nuevo proceso para que su representado se acoja a la Ley de Aceptación de Cargos. 

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SALA ANULÓ DECISIÓN DE LAYNEZ

El pasado 13 de mayo, la Sala Primera de Apelaciones Penal otorgó un amparo en definitiva a favor del Ministerio Público (MP) con la cual anuló la resolución del juez Laynez de cambiar la resolución con la cual envió a juicio a Malouf y a sus enfermeras del delito de homicidio por el de homicidio culposo. 

De acuerdo a la referida Corte, el juzgador no atendió las circunstancias del caso, por lo que incurrió en un agravio de relevancia constitucional dada la afectación a los derechos de los amparistas. 

La Sala Primera también sostuvo que el juzgador no explicó la razón que lo motivó a cambiar el delito por el cual el ente investigador solicitó procesar a los sindicados.

En esta línea, la judicatura pidió a Laynez realizar un nuevo análisis de las circunstancias, especialmente en los elementos propios de los tipos penales de homicidio y homicidio culposo, con el objeto de no violentar derechos y garantías constitucionales inherentes a otros sujetos procesales.

Por consiguiente, la mencionada Sala dejó sin efecto lo actuado en la audiencia del 5 de marzo pasado, en la cual el médico y las enfermeras se acogieron a la Ley de Aceptación de Cargos.

En dicha oportunidad, el juez Laynez condenó a Malouf a 5 años de prisión conmutable a razón de Q5 diarios, por lo que con la reducción, la pena total fue establecida en 3 años y 4 meses por el delito de homicidio culposo.

En el caso de Moreira, el juzgador redujo su condena en 2 años y 3 meses, debido a que aceptó cargos y el delito lo cometió en grado de complicidad.

Además, el togado condenó a 2 años de prisión a Rojas, por el delito de encubrimiento propio, tras acogerse a la Ley de Aceptación de Cargos.