El diputado por Chiquimula, Esduin Javier, 3 Kiebres, presentó una reforma al Código Penal para endurecer las sanciones por conducir en estado de ebriedad. Foto: Congreso
El diputado por Chiquimula, Esduin Javier, 3 Kiebres, presentó una reforma al Código Penal para endurecer las sanciones por conducir en estado de ebriedad. Foto: Congreso

Varios diputados han presentado reformas al Código Penal para aumentar las penas y sanciones a las personas que conducen en estado de ebriedad, luego del accidente del bus en la calzada La Paz, donde fallecieron 54 personas y otras quedaron heridas.

El diputado Esduin Javier Javier, 3 Kiebres, pretende modificar el artículo 127 del Código Penal, que establece el homicidio culposo, y fijar prisión de tres a seis años, «cuando el hecho causare, además lesiones a otras personas o resultare la muerte de varias, la sanción será de 3 a 8 años de prisión». En la actualidad la condena es de dos a cinco años.

«Si el delito culposo fuere cometido al manejar vehículo en estado de ebriedad o bajo efecto de bebidas alcohólicas o fermentadas, fármacos, drogas tóxicas o estupefacientes que afecten la personalidad del conductor o en situación que  menoscabe o reduzca su capacidad mental, volitiva o física, se impondrá al responsables el doble de la pena que le correspondería en caso de no existir estas circunstancias. Si el hecho  se causare por piloto de transporte colectivo, la pena se aumentará en una tercera parte», expresa la iniciativa de ley que entregó el congresista del bloque Cambio.

Además, si los pilotos conducen vehículo con impericia (falta de conocimientos) manifiesta o en forma imprudente o negligente, se suspenderá la licencia de conducir hasta 10 años. Y si son pilotos de transporte colectivo o de carga, la sanción aumentará hasta 15 años.

OTRAS LESIONES Y SANCIONES QUE SE BUSCAN ESTABLECER

También la propuesta de 3 Kiebres se centra en cambiar el artículo 150 de dicho Código, que menciona las lesiones culposas, y para quienes las causen se impondrá cárcel entre seis meses a tres años, cuando el conductor haya conducido en estado de ebriedad o efectos de bebidas alcohólicas se impondrá además, de una multa de entre Q5 mil a Q30 mil. A la vez, se sancionará con prisión de tres a seis años de cárcel.

Otro de los artículos que se intenta cambiar es el relacionado a las responsabilidades de conductores, fijando multa entre Q5 mil a Q30 mil y se le prohibirá la licencia hasta por seis años, quien condujere vehículo bajo influencia de bebidas alcohólicas o fermentadas se compruebe por sistema hay 0.8 miligramos por litro de alcohol.

Y en caso de reincidencia, las sanciones se aumentarán hasta una tercera parte y se impondrá prisión de hasta seis años, incluida la suspensión definitiva de la licencia. Para los conductores de vehículos de transporte colectivo o de carga se impondrá cárcel de hasta tres años de prisión y una multa de hasta Q5 mil.

Asimismo, el congresista pretende agregar un párrafo al artículo 30 de la Ley de Tránsito, para establecer que quien conduce bajo influencias de bebidas alcohólicas o fermentadas en un 0.8 miligramos por litro de alcohol determinado por un alcoholímetro.

Árbol de los Lamentos: experto explica qué es la sobremadurez y cómo se identifica

Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
Artículo anterior414 días en los que el MP ratifica su protección oficiosa a Miguel Martínez
Artículo siguienteLas «Ubicaciones de Seguridad Cooperativa» – CSL- de EE.UU., una opción ante la fuerza del crimen organizado