Este martes, se publicó el Acuerdo Gubernativo 139-2024 en el Diario Oficial, el cual crea el Gabinete del Agua, como parte del Organismo Ejecutivo, según el artículo 1 de dicho acuerdo, y tendrá una vigencia de seis años a partir de este 3 de septiembre.
El artículo 2 del acuerdo explica que el Gabinete del Agua tiene como objetivo coordinar y trabajar en la conceptualización, diseño e implementación de políticas, programas, proyectos, presupuestos y acciones para la gestión eficaz del agua y la sostenibilidad de esta.
¿QUIÉNES LO CONFORMAN?
El artículo 4 se refiere a la integración de este gabinete, y detalla que este será presidido y coordinado por la vicepresidenta de la República, Karin Herrera. Aclara también que, en caso de su ausencia, el ministro de Ambiente y Recursos Naturales asumirá la coordinación. Lo conforman:
- Ministro de Ambiente y Recursos Naturales.
- Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
- Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
- Ministro de Finanzas Públicas.
- Ministro de Relaciones Exteriores.
- Ministro de Energía y Minas.
- Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia.
Herrera, en su cuenta oficial de X, expresó que este es un paso firme del Ejecutivo para asegurar que el agua sea un derecho real y no un privilegio en el país. «No nos quedaremos con los brazos cruzados; estamos enfocados en garantizar la gestión y conservación de este recurso vital», compartió.
Se ha oficializado el Acuerdo Gubernativo que da vida al Gabinete del Agua. 💧Este es un paso firme del Ejecutivo para asegurar que el agua sea un derecho real, no un privilegio. No nos quedaremos con los brazos cruzados; estamos enfocados en garantizar la gestión y conservación… pic.twitter.com/pEpz5oqYqL
— Karin Herrera (@KarinHerreraVP) September 3, 2024
ATRIBUCIONES DEL GABINETE
El Gabinete del Agua, según lo establecido en el artículo 5 del acuerdo, entre otras cosas, debe impulsar la formulación, aprobación, implementación, ejecución y seguimiento de la Política Nacional del Agua.
El diseño, aprobación e implementación de la Estrategia Nacional de Gestión Integrada del agua, así como desarrollar procesos para hacer más factible, técnica y financieramente la política y la estrategia.
El gabinete también deberá crear las comisiones específicas de trabajo para cumplir con los propósitos del mismo, y entregar un informe 20 días después de cada sesión ordinaria o extraordinaria ante el Presidente de la República, Bernardo Arévalo, sobre los avances.
Las reuniones, especificadas en el artículo 9, se harán cada cuatro meses y se deberán convocar con una anticipación de al menos 15 días. En cuanto a las sesiones extraordinarias, estas deben ser convocadas por al menos tres integrantes del gabinete, con 48 horas de anticipación.
«El quórum lo constituye la mitad más uno de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría simple», aclara el artículo.
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