Gustavo Porras Castejón cuando escribió el prólogo de la segunda edición en el 2010, dijo textualmente sobre este servidor y el manual lo siguiente:
“CONGRUENTE con su vocación legislativa, Roberto Alejos Cámbara, además de sus funciones como diputado y presidente del Organismo Legislativo, ha dedicado tiempo para elaborar el presente manual, que ilustra sobre la forma de proceder en el Congreso de la República. La tramitología del Congreso es compleja, y en no pocas ocasiones los proyectos de ley u otro tipo de resoluciones fracasan por no ajustarse a los procedimientos establecidos.
Roberto Alejos fue diputado a la Asamblea Nacional Constituyente que emitió la Constitución actualmente vigente. Contaba entonces con 23 años de edad, lo cual le permitió establecer un récord, el de constituyente más joven la historia de Guatemala. Aun estando fuera del Organismo Legislativo, se involucró en diversas iniciativas de apoyo al mismo, entre ellas una auspiciada por la Misión de Naciones Unidas para Guatemala (Minugua. En este espacio se elaboró un anteproyecto de Ley Orgánica y de Régimen Interior del Congreso de la República, que ha sido apoyado también por el Instituto Holandés para la Democracia Multipartidaria. El objetivo es hacer más expedito y transparente el proceso de formación y aprobación de la ley, procurando con ello que sea más eficiente la labor de la institución, y al mismo tiempo mejorar la imagen del Congreso, ensombrecida por las sospechas de influencias y corrupción.
La elaboración del presente manual no es, en consecuencia, un hecho aislado, sino parte de un proceso. Ese proceso incluye también la aprobación y puesta en marcha del Instituto de Estudios Legislativos del Congreso de la República, cuyo objetivo es elevar el nivel de conocimientos y capacitación de los asesores del Organismo y de los propios diputados. Así también, se desarrollarán actividades dirigidas a aquellos que por una razón u otras acuden al Congreso para demandar algo o incidir en las deliberaciones y resoluciones e incluso al personal administrativo de la institución, para que esté compenetrado de lo que significa laborar en ella.
La época actual, tanto a nivel mundial como en nuestro país, ha puesto de relieve la importancia de fortalecer las instituciones públicas. Sin instituciones eficaces y que gocen de la confianza de la población, no es posible avanzar mucho en la superación de los conflictos. Por el contrario, la conflictividad es el síntoma más evidente de la crisis institucional. El Congreso de la República es el ente donde más íntegramente se expresa la voluntad popular. Mientras el Ejecutivo es el producto de la mayoría, el Congreso es la expresión del conjunto de los votantes. Por ello, todo lo que se haga en aras de fortalecer este organismo representa un fortalecimiento de la democracia. En ese sentido, no sólo el Manual que ahora sale a luz sino la trayectoria de conjunto del diputado Roberto Alejos Cámbara, se inscriben en este esfuerzo cada vez más necesario de levantar el perfil, la eficacia y la incidencia de las instituciones públicas.” Lo trascribo, no para presumir, para darle respaldo a este trabajo, porque en serio pasa lo que a continuación describo.
NO SE VALE Que no conozcamos ni lo mínimo como su integración y por eso el aporte del mamual, con temas como contar algo tan simple como que sepamos que ”LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA en su Capítulo II, Sección Primera, señala que la potestad legislativa corresponde al Congreso, el cual se integra por diputados electos directamente por el pueblo en sufragio (voto) universal y secreto.
Los diputados son electos para un período de cuatro años, por el sistema de distritos electorales, (departamentos) de la República y listado nacional. Para ser diputado tiene que ser guatemalteco de origen, estar en el libre ejercicio de sus derechos ciudadanos, ser postulado por un partido político y obtener los votos necesarios en la planilla que participan con el método de representación proporcional de minorías. Pueden ser reelectos.
Cada departamento de la República es un distrito electoral. El municipio de Guatemala forma el distrito central y los otros municipios (16) del departamento constituyen el distrito de Guatemala.
Cada departamento deberá contar como mínimo con un diputado. La ley electoral se establece el número de diputados que deben elegirse en cada distrito, tomando en cuenta la población de cada uno de ellos.
Un número equivalente al veinticinco por ciento del total de diputados distritales será electo directamente como diputados por lista nacional.
En caso de falta definitiva de un diputado se declarará vacante el cargo. Estas se cubrirán, llamando al postulado que siga en la respectiva nómina distrital o lista nacional a continuación del último cargo adjudicado.
YA ES HORA que participemos más y que la juventud y la población conozca tema mínimos como que, en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el artículo 196, de la convocatoria y de las elecciones, indica que: Corresponde al Tribunal Supremo Electoral realizar la convocatoria la segunda o tercera semana del mes de enero del año en que se celebren las elecciones.
Para elegir diputados, sea por lista nacional o planilla distrital, tiene que llevarse a cabo por el método de representación proporcional de minorías, la cual se efectúa de la siguiente forma: Se consignan en un pliego que contendrá un renglón por cada planilla participante y varias columnas. En la primera columna se anotará a cada planilla el número de votos válidos; en la segunda, el mismo número, pero dividido por dos; en la tercera, por tres y así sucesivamente conforme sea necesario a los efectos de adjudicación.