El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) restringió el tranporte pesado durante las fiestas de Fin de Año, esto según el acuerdo ministerial 1146-2023. La medida es aplicable a todo el territorio nacional.
La normativa fue publicada por la referida cartera este jueves 14 de diciembre en el Diario Oficial.
MEDIDAS
Las restricciones para Navidad darán comienzo el domingo 24 de diciembre, al mediodía, y se extenderán al mediodía del lunes 25 de diciembre.
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En tanto, las restricciones para Año Nuevo iniciarán al mediodía del domingo 31 de diciembre, y se extenderán a las 24 horas del lunes 1 de enero 2024.
El acuerdo dice que hay excepción del transporte de bebidas y alimentos, productos perecederos, y combustibles, los cuales no necesitan ningún permiso para circular en el país.
Además, en el artículo 2 se indica que el transporte podrá circular bajo estas circunstancias:
Del kilómetro 290 Carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
Del Kilómetro 80 Carretera CA-09-SUR-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera SA-09-SUR.
La desobediencia al acuerdo será verificada por el control en carreteras o, y con respecto a las sanciones de las leyes vigentes.