Las estrategias por afectar la democracia parecen acabársele al Ministerio Público (MP), que recurrió a un caso cuestionado para judicializar al binomio presidencial electo, conformado por Bernardo Arévalo y Karin Herrera, quienes gozan del derecho de antejuicio, según expertos consultados por La Hora.
La Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) establece en el artículo 217 que tienen derecho de antejuicio los candidatos a presidente y vicepresidente desde el momento de su inscripción, por lo cual no pueden ser detenidos o procesados de forma penal, a menos que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) «declare que ha lugar a formación de causa en su contra«.
Asimismo, el artículo 127 del Reglamento de la LEPP menciona que las credenciales que entrega el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a las personas electas deben tener las normativas que establecen las inmunidades y preeminencias correspondientes al cargo que fue obtenido por medio de un proceso de votación.
Ante ese tema, los entrevistados coincidieron en que la solicitud de retiro de inmunidad presentada por la Fiscalía de Delitos contra el Patrimonio Cultural de la Nación en contra de Arévalo y Herrera debe ser conocida por la CSJ y trasladarla al órgano competente para resolverla, sea un juez contralor o el Congreso, en el caso de la última instancia, para que ahí se conforme una comisión pesquisidora.
En tendencia:
REYES: SIN PRECEDENTE
El doctor en Criminología de la Universidad de Glasgow, Escocia, Reino Unido, Federico Reyes, recordó que no hay un precedente en el país con respecto a solicitar antejuicio en contra de funcionarios electos. Pero resaltó que en ese caso el proceso debe basarse en la Ley en Materia de Antejuicio.
De esa cuenta, instó a los nuevos magistrados de la CSJ a conocer el expediente y remitirlo al Organismo Legislativo, para que allí se integre la pesquisidora correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la ley.
Reyes afirmó que en el caso, el MP mezcló la legislación civil con la Ley Electoral sobre los delitos en los cuales pueden incurrir ciudadanos y candidatos electos democráticamente. Destacó que a estos últimos el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ya les adjudicó sus respectivos cargos, y que solo falta que sean investidos.
Relacionado:
EXFUNCIONARIO DEL MP: INDICIOS DEL CASO
Mientras que un exfuncionario del MP consideró que el caso es más que un proceso intimidatorio para la población, para infundir temor y silencio, pues a su parecer no hay comisión de delito.
Explicó que el pasado jueves 16 de noviembre, cuando la Fiscalía de Delitos contra el Patrimonio Cultural de la Nación dio a conocer el caso en una conferencia de prensa, fue utilizada una presentación en la cual constaban fotografías con las cuales se documentó que Arévalo y Herrera solo daban apoyo a los grupos que habían tomado la Universidad de San Carlos (Usac).
Además, destacó que otra parte de los indicios con los que cuenta el MP son publicaciones que los funcionarios electos hicieron en las redes sociales, y alertó que este hecho atenta contra la libertad de expresión.
“La Ley en Materia de Antejuicio no contempla los supuestos, pero por la adjudicación del Tribunal Supremo Electoral de los cargos, correspondería que la Corte Suprema de Justicia dé trámite y remita los expedientes al Congreso«, manifestó la fuente.
También consideró que este: «es un caso suigéneris, pero creo que es un procedimiento adecuado. Hay que recordar que los diputados no pueden tipificar delitos, sino hacer las recomendaciones para la conformación de causa y si procede retirar la inmunidad”, expresó el profesional.
Cámara de Comercio: no podemos permitir que nadie vulnere garantías constitucionales
ORELLANA: TIEMPO EN CONTRA
Aunque desde el ente investigador pareciera que se busca que Arévalo y Herrera no asuman la Presidencia y Vicepresidencia, los plazos están en su contra, fue lo que dijo el abogado constitucionalista Gabriel Orellana.
El profesional coincidió en que «esta es una situación inédita, pues el binomio de Semilla tiene derecho de antejuicio en calidad de candidatos inscritos para participar en el proceso electoral 2023, y serán funcionarios hasta que presten juramento en el Congreso de la República y fidelidad a la Constitución«.
En cuanto al panorama, Orellana indicó que es preferible que por ser candidatos, los expedientes sean designados a un juez contralor, y espera que en esa instancia sean rechazados por no haber suficientes indicios.
Indicó que si el expediente se traslada al Congreso, por la figura de Presidente y Vicepresidente, respecto de los cargos ya acreditados a Arévalo y Herrera, el caso caería a una «jaula de tiburones«, por la conformación actual del Congreso, ya que la mayoría de diputados son de la alianza oficialista.
Otro de los factores que el entrevistado ve en contra, en el Congreso, es que los diputados saldrán de receso el próximo jueves 30 de noviembre, y algunos no lograron su reelección, por lo cual para votar por un eventual informe que trasladaría la comisión pesquisidora se requiere de 107 votos para retirarles la inmunidad.
Grupo IDEA: acciones del MP alteran el orden constitucional y afectan la democracia