El fiscal y diputado del Congreso del partido político Visión con Valores (VIVA), Gustavo Cruz. Foto: La Hora / Captura de Pantalla

Durante la revisión de actas electorales tras la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), el fiscal y diputado del Congreso del partido político Visión con Valores (VIVA), Gustavo Cruz declaró que la situación que se está viviendo entorno a los resultados de las elecciones generales 2023 no se puede calificar como fraude, sino como “errores humanos”.

Cruz declaró que las juntas electorales le han dado audiencia a todos los partidos políticos. “Se ha respetado el hecho de que los fiscales departamentales acreditados sean los que estén peleando porque no estuvieron en las anteriores audiencias”, dijo.

 

Agregó que si existe alguna impugnación nueva, tendrían que presentar la documentación de la hoja correspondiente que hicieron los fiscales de mesa, y eso es lo que están verificando ahorita con los fiscales de mesa.

Así mismo, el fiscal de VIVA, dijo que entre las juntas receptoras de votos y los fiscales de partidos políticos estuvieron viendo el proceso electoral. “No podemos hablar de fraude, aquí lo que hubo son errores humanos que hay que corregir y se están corrigiendo ya en las primeras audiencias, pero como hubo controversias, se está ratificando aquí la mayoría de esas controversias ya resueltas”, enfatizó.

Cruz añadió que el problema se debe a que en el momento procesal los partidos políticos no presentaron impugnaciones.

CC EMITE RESOLUCIÓN

El sábado 1 de julio la CC informó que el pleno de magistrados conoció el expediente 3731-2023 relacionado al amparo promovido por los secretarios generales de las organizaciones políticas Cambio, Mi Familia, VALOR, PODEMOS, VAMOS, CREO, UNE, Cabal y Azul, en contra del Tribunal Supremo Electoral.

Parte de lo resuelto por la CC dice: “que las Juntas Electorales Departamentales y la del Distrito Central, independientemente de que ya hubiesen llevado a cabo la audiencia de revisión de escrutinios, derivado de las denuncias que se hacen en este amparo, de las cuales se invoca no haber tenido noticia oportuna, convoquen a una nueva audiencia de revisión de escrutinios, en las que los sujetos legitimados podrán hacer valer las objeciones e impugnaciones que estimen pertinentes, especialmente aquellas que generen las dudas que han planteado en amparo, en función del escrutinio y la calificación de votos que consta en las actas finales de las Juntas Receptoras de Votos”.

 

*Con información de Esdras Laz

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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