Mario Coyoy

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Nací el 29 de julio de 1981 en la ciudad de Guatemala, 37 años, aficionado al futbol y al golf. Actualmente soy Socio de Consultoría Fiscal y Precios de Transferencia en Deloitte Guatemala, S.A. Soy representante de Guatemala en la Comisión de Tributación y Fiscalidad de la Asociación Interamericana de Contabilidad -AIC-. Tengo experiencia en tributación por más de 16 años, atendiendo clientes locales y multinacionales, incluyendo estrategias de Precios de Transferencia y Planeación fiscal. Actual miembro y coordinador de la Comisión Fiscal del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos –IGCPA- para los años 2018-2019.

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Mario Coyoy

Precios de transferencia -PT- ha sido un tema que ha tomado mucha importancia en los últimos años en Guatemala, a pesar de que su entrada en vigor fue en el 2013. Con el paso de los años se ha visto que la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- ha tomado más acción e iniciativa, solicitando los estudios a los contribuyentes e iniciando auditorías de PT que posteriormente han culminado con ajustes para las empresas que operan en distintas industrias.

Para el presente año 2022, no ha sido la excepción ya que SAT ha comenzado a socializar la propuesta de reformas tributarias, entre las cuales se incluyen varias sobre PT.

Las propuestas iniciales de modificación en materia de PT son las siguientes:

Deducibilidad de Regalías pagadas a partes relacionadas, las cuales no deben exceder del 1% de la renta sujeta a la transacción.

Definición más clara del principio de libre competencia y precio de transferencia, de conformidad con estándares internacionales.

Actualización de facultades de SAT respecto a precios de transferencia.

Ampliación y aclaración de la definición de parte relacionada en Guatemala.

Ámbito de aplicación de precios de transferencia, incluyendo las transacciones locales entre relacionadas.

Aclaración en el método de valoración para importación y exportación de mercancías, al utilizar mercados internacionales, bolsas de comercio entre otros.

Mejora en los plazos para la estipulación de los Acuerdo de precios por anticipado entre autoridades competentes.

Presentación de Estudio de Precios de Transferencia obligatorio, cuando se tiene operaciones con partes relacionadas, así como declaración jurada correspondiente.

Determinación de rango de plena competencia para establecer si hay operación comparable.

Validación de referencia técnica en materia de precios de transferencia, por directrices internacionales, etc.

Uno de los puntos más llamativos es que SAT propone la aplicación de la normativa entre partes relacionadas locales, algo que ya se ha podido verificar en las normativas de países como México, Colombia, Costa Rica y El Salvador. La aplicación de la normativa de precios de transferencia local supondría especial atención a los grupos de empresas guatemaltecas para revisar desde ya que sus precios entre partes relacionadas locales, estén alineados con el principio de plena competencia y así evitar contingencias futuras con el fisco.

Se prevé que estos cambios se puedan materializar, siempre y cuando sean aprobados por el Congreso de la República, para inicios del 2023 o bien 2024.

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