El presidente de la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda del Congreso de la República, Cándido Leal. Foto: La Hora/Congreso

El presidente de la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda del Congreso de la República, Cándido Leal, informó que el lunes 26 de septiembre discutirán la iniciativa 6141 “Ley de Adquisiciones del Estado”, con autoridades de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) y el titular del Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin), Álvaro González Ricci.

“La Comisión de Finanzas ya tiene la Ley de Contrataciones del Estado, ya fue agendada en la Comisión para el día lunes, va estar la Anam y el Ministro de Finanzas para discutir sobre la Ley de Contrataciones del Estado y posteriormente continuaremos con las audiencias públicas del presupuesto”, expresó Leal.

 

Según indicó el legislador del partido oficialista, el propósito de esta iniciativa es ampliar los techos de baja cuantía, contrato abierto, licitación, cotización y normas de transparencia.

“Es muy diferente esta iniciativa de ley, esta tiene 125 artículos que van a ser reformados, creo que habrá un poco más de consenso porque realmente que sí es una ley que lleva normas de transparencia, van a la fiscalización del gasto y los techos que se van aumentar”, señaló.

SOBRE LA INICIATIVA DE LEY

La iniciativa fue presentada el 20 de septiembre por el Organismo Ejecutivo y fue conocida por el pleno y trasladada a la Comisión de Finanzas el 21 de septiembre.

Según indica la iniciativa, tiene por objeto normar las compras, ventas, contrataciones, arrendamientos o cualquier otra modalidad de adquisición pública, que realicen diferentes instituciones de Estado como:

1. Los Organismos del Estado

2. Las entidades descentralizadas y autónomas, incluyendo las municipalidades

3. Las entidades o empresas, cualquiera que sea su forma de organización, cuyo capital mayoritariamente esté conformada con aportaciones del Estado

4. Las Organizaciones No Gubernamentales y cualquier entidad sin fin de lucro, que reciba, administre o ejecute fondos públicos. Se exceptúan las Organizaciones de Padres de Familia (OPF)

5. Todas las entidades de cualquier naturaleza que tengan como fuente de ingresos, ya sea total o parcialmente, recursos, subsidios o aportes del Estado, respecto a los mismos

6. Los fideicomisos constituidos con fondos públicos y los fondos sociales

7. Las demás instituciones que conforman el sector público

 

Por ello, las entidades antes mencionadas estarán sujetas a dicha ley, así como su reglamento y a los procedimientos establecidos por la Dirección General de Adquisiciones del Estado del Minfin dentro del ámbito de su competencia, en lo relativo al uso de fondos públicos.

 

PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS ADQUISICIONES PÚBLICAS

De acuerdo con el artículo 2, las adquisiciones públicas se desarrollarán conforme lo establecido en la iniciativa de Ley y su Reglamento, enmarcadas en los principios siguientes:

1. Transparencia. Todo proceso de adquisición será público, irrestricto, gratuito y de fácil acceso a través del Sistema Guatecompras, asegurando que los interesados dispongan de toda la información relacionada con los actos y actuaciones en forma oportuna.

2. Economía y eficiencia. Las adquisiciones públicas deberán ser planificadas y/o ejecutadas en forma eficiente, aplicando criterios de simplicidad, austeridad y ahorro en el uso de recursos, debiendo evitar exigencias y formalidades innecesarias.

3. Valor por dinero. Todo proceso de adquisición debe fundamentarse en el uso eficaz, eficiente y económico de los recursos financieros del Estado, lo que implica evaluar costos, beneficios, ciclo de vida de los bienes e insumos y en todos los casos los riesgos asociados con el precio.

4. Igualdad de oportunidades. Los interesados dispondrán de las mismas oportunidades durante el proceso de adquisición, evitando privilegios y ventajas de cualquier índole, para garantizar el debido proceso, por medio de disposiciones claras en los documentos de adquisición y trato equitativo.

5. Adquisiciones sostenibles y con responsabilidad social. Para el diseño y desarrollo de las adquisiciones públicas, se considerarán criterios y prácticas que permitan contribuir a la protección ambiental, social y al desarrollo humano de conformidad con las políticas y prioridades nacionales.

 

 

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