La legalidad del proceso fue puesta en duda por el doctor en Derecho Constitucional, Oswaldo Samayoa. Foto: La Hora/ARCHIVO

Aún con la nueva convocatoria de elecciones anunciada por el Consejo Superior Universitario (CSU), de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) la legalidad del proceso fue puesta en duda por el doctor en Derecho Constitucional, Oswaldo Samayoa, al asegurar que al no concretar la celebración en la fecha originalmente, el proceso debía ser declarado como nulo inmediatamente.

 

Por mayoría de votos, el CSU aprobó convocar nuevamente en cumplimiento del amparo provisional de la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo, que ordenó fijar en un plazo no mayor de cinco días nueva fecha y lugar para celebrar la votación, pero con la limitación de a 27 de los 34 cuerpos electorales posibles, tal como lo ha demandado el oficialismo que propone la candidatura de Walter Mazariegos.

Luego de horas de debate en una sesión virtual, se determinó que será este 14 de mayo a las 10:00 horas en el Parque de la Industria; no obstante, Samayoa cuestionó la pertinencia de esta decisión.

PROCESO FUE ANULADO SEMANAS ATRÁS

Desde octubre 2021, el CSU emitió la convocatoria oficial de las elecciones, con las fechas exactas: primero, designar a los 34 cuerpos electorales y, segundo, la votación oficial. De esta manera se fijó el 27 de abril de 2022 para la celebración en el Museo de la Universidad (MUSAC).

No obstante, debido a una serie de manifestaciones, que trascendieron a la toma del MUSAC, la elección no pudo concretarse.

A partir de este escenario, Samayoa expuso que el proceso, por ley, ya fue anulado.

 

“Por ley el proceso es nulo ya. Por lo que debe repetirse. En tal situación, el amparo provisional que emitió el tribunal responde a engaño y error que le hace incurrir el interponente del amparo”, declaró.

Además, argumentó que en todo caso “no son 27, sino 34 cuerpos electorales, y es así a partir de que el proceso debe repetirse”.

CSU DEBIÓ REVOCAR EL AMPARO

Agregó que el CSU no debió acatar la resolución de la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo, lo cual, según él, tampoco incurriría en desobediencia.

“El Consejo Superior Universitario no debió fijar fecha para elección y no necesariamente estoy diciendo que deba ir en contra de obedecer la decisión de Amparo provisional que emitió un tribunal”, dijo.

Para respaldar el punto anterior, comentó que el CSU debió solicitar la revocatoria del amparo y “así librar al Tribunal de ser sorprendido en su buena fe y en el error que el interponente los hace incurrir. La ley de la U lo manda, se debe repetir el proceso”.

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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