Foto ilustrativa. Con la tabla se definen los sueldos que recibirán los trabajadores dedicados a la enseñanza de los menores de edad. Foto La Hora/Mineduc

El Ministerio de Finanzas (Minfin), por medio del Acuerdo Gubernativo 294-2021, aprobó los sueldos básicos para los puestos del Magisterio Nacional que desarrollen labores docentes, técnicas y tecnico-administrativas en establecimientos de enseñanza o dependencias del Ministerio de Educación (Mineduc) y el Ministerio de Cultura y Deportes (MCD).

Los montos base de los salarios para trabajadores de establecimientos de educación primaria y preprimaria sobrepasan los Q4,000 mensuales, siendo específicamente los siguientes:

PREPRIMARIA Y PRIMARIA

Los puestos de educación a nivel preprimaria, incluidos los de Director de Escuela de Párvulos, tendrán asignados un sueldo inicial de Q4,212 mensuales más el porcentaje escalafonario de la clase que corresponda a los docentes contemplados en:

– Las literales a), b), c) del inciso I;
– numeral 1) de la literal d) del inciso VI), del artículo 12; y
– numeral 1) del inciso I del artículo 13 del decreto 1,485 del Congreso de la República.

Del mismo modo, los sueldos básicos en nivel de educación primaria, incluidos los de Director de Escuela Primaria Rural y director de Escuela Primaria Urbana, se les asignará un sueldo inicial de Q4,212, más el porcentaje escalafonario correspondiente en los incisos anteriormente puntualizados.

 

MAESTROS ESPECIALIZADOS EN EDUCACIÓN RURAL

El acuerdo además indica que el docente devengará Q4,146 mensuales cuando se encuentre catalogado como Maestro Especializado en Educación Rural, más el porcentaje escalafonario que corresponda a su catalogación.

EMPÍRICOS Y PROFESIONALES SIN TÍTULO

Por otro lado, los docentes catalogados como empíricos devengarán un sueldo inicial de Q4,109 mensuales más el porcentaje escalafonario acorde a su catalogación.

Este mismo sueldo será devengado por quienes ocupan puestos de Director Profesor Titulado en Nivel de Educación Primaria, que no posean un título, diploma o catalogación; sin embargo, no tendrán derecho al porcentaje escalafonario.

 

FEDERACIÓN Y LABORATORIO

Los docentes que desempeñen puestos de Director de Escuelas tipo Federación o Laboratorio devengarán un sueldo asignado en el Presupuesto Analítico de sueldos, siempre y cuando no sea menor al fijado en el acuerdo para el nivel de educación primaria.

EDUCACIÓN POSTPRIMARIA Y FÍSICA

Estos docentes devengarán un sueldo según el número de cátedras semanales, mismo que se detalla en la siguiente tabla:

 

Mientras que el sueldo de educación física y educación estética de las escuelas de educación preprimaria y primaria será de Q746 mensuales, equivalente a una cátedra de 5 periodos mensuales. Para el puesto de Profesor de Educación Física a tiempo completo será de Q4,472 mensuales.

RENGLÓN 021 Y 022

El salario inicial fijado en los puestos de naturaleza docente con cargo de renglón de gasto 021 a partir del 1 de enero de 2022 será:

 

Para docentes de técnico especializado en telesecundaria con cargo de renglón de gasto 022 tendrá un salario inicial fijado de Q3,307 mensuales.

En los niveles de educación, así como vocacional y técnica se tomará como tiempo completo el equivalente a 30 periodos semanales.

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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