Ayer los diputados aprobaron la normativa para dotar de recursos al Ministerio de Salud para que haga frente al aumento de contagios. Foto La Hora/Congreso

Luego de la jornada en la que se aprobó la Ley de Emergencia para la atención de la pandemia por Covid-19, ahora corresponde elaborar un reglamento dentro de los ochos días, luego de que entre en vigencia la normativa. Mientras que el reglamento debe ser diez días hábiles después de entrar en vigor el reglamento.

Lo anterior forma parte del capítulo II, normas transitorias y finales, con relación al reglamento, de acuerdo con la normativa en el artículo 34 establece “Reglamento. El reglamento de esta Ley debe emitirse dentro del plazo de ocho (8) días a partir de la entrada en vigor de la presente ley, la autoridad que realice las labores reglamentarias no podrá variar el sentido y los alcances de esta Ley bajo su estricta responsabilidad”, se lee.

Mientras que el artículo 35 establece: “Manuales y disposiciones. Las entidades sujetas a la presente Ley deben emitir en un término máximo de diez (10) días hábiles a partir de la entrada en vigor del reglamento de esta ley, los manuales y disposiciones necesarias para agilizar la contratación estandarizada del listado básico contenido en el artículo 5 de esta ley, los plazos y prelación de pagos”, se lee.

LISTADO BÁSICO

El manual debe prepararse a fin de agilizar la contratación estandarizada, del listado básico de medicamentos, bienes, suministros, servicios y material médico quirúrgico, los cuales deben estar destinados con exclusividad a la prevención, diagnóstico y tratamiento de la emergencia sanitaria por el coronavirus y sus variantes que originan la enfermedad.

De acuerdo a lo que establece el artículo 5, de la ley de emergencia nacional para la atención de la pandemia Covid-19, establece nueve numerales que detallan lo siguiente:

1. Medicamentos
2. Equipo Hospitalario
3. Insumos de laboratorio
4. Servicios Hospitalarios
5. Oxígeno
6. Equipo Médico Quirúrgico
7. Fórmulas
8. Equipo de protección personal
9. Contratación de servicios de publicidad

ASIES: EJECUCIÓN CON TRANSPARENCIA

De acuerdo con Luis San José, analista de la Asociación de Investigación y estudios Sociales (ASIES) considera positivo todos los aspectos que se tomaron en cuenta en listado básico y recomendó al Gobierno que “sepan comunicar la transparencia con la que trabajaran” para que la población conozca el destino de los fondos.

El profesional considera positivo que en el listado básico “se priorizaron algunos medicamentos” así como todos los servicios que están relacionados a la atención para casos de Covid-19, como insumos de laboratorio, equipo médico y de protección, así como los servicios de lavandería, entre otros.

Con relación a las pautas publicitarias en medios de comunicación, San José considera que es importante dejar claro “si va a facilitar la información en las áreas rurales” derivado a que el proceso está concentrado en la ciudad y la desinformación sobre las vacunas puede generar dudas y confusión en la población.

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