El Decreto 8-2021, Ley de Exención de Responsabilidad y creación del Mecanismo de Compensación para el uso de Vacunas Covid-19, fue aprobado en los primeros minutos de este jueves, pero deberá complementarse con un reglamento que permitiría la recepción de vacunas donadas o adquiridas a farmacéuticas de Estados Unidos. La normativa debe ser elaborada por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS).
El artículo 11 de la legislación establece: “El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social emitirá los reglamentos y las disposiciones internas que se consideren necesarios para dar efectiva aplicabilidad a lo establecido a través de la presente ley, en el plazo de quince días a partir de la vigencia de este decreto”, se lee.
El jefe del bloque de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Carlos Barreda, explicó a La Hora que “la ministra de Salud, Amelia Flores, es quien está pidiendo 15 días para emitir los reglamentos que permitan implementar está ley y recibir la donación”.
LOS PASOS QUE FALTAN
De acuerdo con lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, en su sección tercera, ahora la Dirección Legislativa del Congreso de la República tiene “un plazo no mayor de diez días” para enviar la Ley al Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación, según el artículo 177 de la Carta Magna.
Mientras que el artículo 178 establece que “dentro de los quince días de recibido” el Presidente de la República podrá devolverlo al Congreso con las observaciones que estime pertinentes. En el segundo párrafo del mismo artículo establece que “si el Ejecutivo no devolviere el decreto dentro de los quince días siguientes a la fecha de su recepción, se tendrá por sancionado y el Congreso lo deberá promulgar como ley dentro de los ocho días siguientes”.
Se consultó a Dirección Legislativa la fecha en la que podría estar enviando el decreto 8-2021 a la Presidencia, pero al cierre de esta nota no habían proporcionado la información solicitada.