Hoy el Ministerio de Educación (Mineduc), a través del acuerdo gubernativo 121-2021 emitió una iniciativa para la creación de un reglamento que reconozca e implemente el lenguaje de señas en los centros educativos a nivel nacional. Las gestiones para la adopción de este lenguaje en las aulas serán coordinadas por el Mineduc con ayuda del Consejo Nacional de Atención a personas con Discapacidad (Conadi).
En la Ley de Atención a las Personas con Discapacidad se establece que el Mineduc es el responsable de promover programas y servicios educativos que tomen en cuenta las necesidades educativas especiales de los estudiantes con diversidad funcional. Por otro lado, la Ley que Reconoce y Aprueba la Lengua de Señas de Guatemala (LENSEGUA) la define “el medio de comunicación compuesto por un conjunto de gestos, formas, mímicas, manuales y movimientos corporales característicos con gramática propia de las personas sordas y sordociegas”.
Por tales motivos, el Mineduc extendió el reglamento del lenguaje de señas para aplicarlo en todas las instituciones del Sistema Educativo Nacional.
A través del acuerdo gubernativo 121-2020 el Ministerio de Educación emitió el reglamento de la ley que reconoce y aprueba el lenguaje de señas. Según mencionan, será de aplicación en todas las instituciones del sistema educativo nacional. pic.twitter.com/mxNXXoYVP4
— Diario La Hora (@lahoragt) June 11, 2021
Según la normativa, las instituciones educativas públicas y privadas del Sistema Educativo Nacional que tengan inscritos estudiantes con discapacidad auditiva, deben contar en forma gradual y progresiva, con docentes capacitados en el uso del lenguaje de señas para que la utilicen en la comunicación y el proceso educativo de los estudiantes sordos que atienden.
Las acciones para el fomento de esta modalidad serán coordinadas por el Mineduc a través de la Dirección General de Educación Especial (DIGEESP) con el fin de “garantizar el derecho a la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas, para que alcancen su máximo desarrollo académico y social”, como lo establece la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Además, el ministerio recibirá asesoría del Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (Conadi), quien aportará una Unidad de Lengua de Señas que elabore junto con el Mineduc la planificación de los materiales educativos para los cursos a impartirse en el Sistema Educativo Nacional, de los reglamentos necesarios para la aplicabilidad de la Ley y casos no previstos.
Para que estas personas puedan ejercer el derecho al aprendizaje por medio del lenguaje de señas, el ministerio hará las siguientes acciones:
1. Divulgar la Ley que Reconoce y Aprueba la Lengua de Señas de Guatemala (LENSEGUA) en los medios de comunicación del Ministerio de Educación y otros que estén a su alcance.
2. Actualizar periódicamente el Sistema de Registros Educativos (SIRE) del Mineduc con la información de estudiantes con discapacidad auditiva y sordoceguera inscritos oficialmente en el sistema educativo nacional.
3. Capacitar a docentes en servicio del sector oficial en el aprendizaje del lenguaje, principalmente a aquellos que atienden a estudiantes con discapacidad auditiva y sordoceguera. Para ello se utilizarán plataformas virtuales autorizadas por el Ministerio de Educación, donde puedan tener acceso a cursos en línea gratuitos y de manera presencial.
La cartera describe que mientras se fomenta el lenguaje de señas en el ámbito educativo también se podrá promover la expresión artística, cultural y científica en los estudiantes con discapacidad auditiva y sordoceguera. A su vez se podrán realizar actividades de socialización e intercambio de experiencias entre la población educativa sin discapacidad auditiva y la comunidad de personas sordas y sordociegas de Guatemala, con el fin de fomentar la inclusión y la convivencia.
Los docentes capacitados en este lenguaje deberán poseer una certificación extendida por la Dirección General de Acreditación y Certificación (DIGEACE) que confirme la facultad de las personas para enseñar usando el lenguaje de señas. Para establecer los lineamientos que debe incluir la certificación se coordinará con la Unidad de Lengua de señas del Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (Conadi).
La Dirección General de Educación Especial (DIGEESP) gestionará el financiamiento para la implementación de acuerdo con la programación y disponibilidad presupuestaria. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Superior del Ministerio de Educación, con la asesoría del Conadi.