Por Denis Aguilar
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Esta mañana, la Corte de Constitucionalidad (CC) realizó una vista pública virtual por los amparos que se interpusieron contra el Acuerdo de Tercer País Seguro firmado entre Guatemala y Estados Unidos en el 2019. El Ministerio Público pidió declarar sin lugar estos amparos.
Los amparos contra dicho Acuerdo fueron interpuestos por exembajadores y exdiplomáticos de Guatemala: Edgar Gutiérrez, Gabriel Orellana y Francisco Villagrán, entre otros. Acción Ciudadana (CC) y el Procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas, también presentaron en su momento, los cuales fueron acumulados para la vista pública de hoy.
Con estos amparos, buscan que el Gobierno de Guatemala no asuma este programa sin contar con una disponibilidad presupuestaria para atender a refugiados de otros países que pueda buscar asilo.
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Asimismo, argumentan que este tipo de acuerdos atentan contra la soberanía del país, tal y como se establece en la Constitución Política de la República.
Por lo anterior, piden detener en definitiva cualquier negociación o acuerdo por parte del Presidente de la República con el Gobierno de los Estados Unidos, para nombrar a Guatemala como un Tercer País Seguro y otorgar así asilo migrantes de otras nacionalidades.
MP PIDE QUE SE DECLAREN SIN LUGAR LOS AMPAROS
El representante del MP en la vista pública, Luis Antonio Gordillo Bosque, de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal, dijo que bajo la estricta responsabilidad del Presidente de la República, se debe propiciar que se agoten los procedimientos correspondientes para la aprobación del acuerdo.
“Después de realizar el análisis dentro de las actuaciones en los expedientes acumulados, que habiéndose signado el acuerdo bajo la modalidad ad referéndum, será el Presidente de la República de Guatemala, conforme a las potestades otorgadas por las literales k y o del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala ay en observancia del artículo 154 del mismo cuerpo legal, quien bajo su estricta responsabilidad deberá propiciar que se agote el procedimiento correspondiente para la aprobación del acuerdo”, dijo Gordillo Bosque.
Además, mencionó que esas funciones debe ejercerlas el jefe de Estado con pleno conocimiento de los alcances y obligaciones que asumirá el Estado de Guatemala, al aplicarse el Acuerdo y de los arreglos que de este sean derivados. Dijo también que el Congreso debe aprobar cualquier arreglo internacional.
“Por lo que inexcusablemente deberán propiciar el mecanismo previsto por el artículo 171 de nuestra Carta Magna, específicamente lo regulado en su literal L, que indica que corresponde al Congreso de la República de Guatemala aprobar antes de su ratificación cualquier arreglo internacional”, afirmó.
En ese sentido, dijo que un arreglo internacional debe seguir todo un procedimiento legal, uno de estos es que el Congreso apruebe dicho Acuerdo que ya fue firmado entre las partes.
“La fiscalía considera que se deben de respetar los acuerdos signados. Esta fiscalía también considera que antes del planteamiento de las acciones constitucionales de amparo, este acuerdo ya fue signado y ya se adquirieron los compromisos a nivel internacional, por lo que debe ser el Presidente de la República de Guatemala el que debe de cumplir con nuestro procedimiento interno que le manda enviar el acuerdo a la aprobación por parte del Congreso de la República”, comentó.
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Asimismo, argumentó que se debe respetar el principio pacta sunt servanda (que significa que todo acuerdo debe cumplirse), así como lo regulado también por el artículo 149 de la Constitución y los artículos 26 y 27 de la Convención de Viena, sobre el derecho de los tratados.
“Por lo que, si se advierte que hay vicios en la ejecución del acuerdo, se debe llevar a cabo el procedimiento normado o establecido por la misma Comisión de Viena, solicitando que se deje sin efecto el acuerdo o lo pactado en el acuerdo a través de la Comisión de Viena, no a través de las acciones constitucionales de amparo solicitadas”, dijo.
Añadió que “la fiscalía, respetuosamente, solicita a la honorable Corte de Constitucionalidad que al momento de resolver en los amparos acumulados los mismo sean declarados sin lugar. No obstante, esta solicitud del Ministerio Público también considera la fiscalía que por haber actuado cada uno los postulantes con notoria buena fe, no se les condene en costas, ni se les imponga una multa a los abogados patrocinantes por haber actuado con notoria buena fe”, dijo.
CUX: ACUERDO FUE FIRMADO CON ILEGALIDAD
Edie Cux, director jurídico de Acción Ciudadana (AC), criticó la petición del MP, asegurando que el Acuerdo de Tercer País Seguro fue firmado con ilegalidad.
“Es contraria a la soberanía del país, el Acuerdo fue firmado con ilegalidades y al momento no se sabe si el Congreso lo ratificó, ni información del Ejecutivo”, explicó Cux.
Dada la solicitud del MP, Cux dijo que dicha petición es “es contrario a los intereses soberanos de Guatemala”.
El año pasado, el gobierno de Jimmy Morales firmó con el de Estados Unidos el Acuerdo de Cooperación de Asilo, para que solicitantes de esa protección de Honduras y El Salvador, fueran enviados a Guatemala a continuar su proceso o bien requerir a autoridades nacionales.