Por Lourdes Arana
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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) reactivó el pasado 11 de junio los plazos legales en cinco judicaturas del país, además, puso en marcha un plan piloto para que pudieran realizarse debates de forma virtual, luego de los atrasos ocasionados por las restricciones impulsadas para evitar la propagación del nuevo coronavirus. El pasado lunes, la Corte publicó el reglamento que oficializa esto y entro en vigor un día después.
El primer juicio virtual se llevó a cabo en un órgano jurisdiccional de Suchitepéquez, en donde se realizó el plan piloto.
Hasta el momento más de 50 judicaturas han puesto en marcha la implementación de audiencias virtuales, para retomar procesos judiciales que habían permanecido detenidos, y ahora el OJ tiene contemplado que el reglamento se ponga en uso para regularizar los procedimientos que se lleven a cabo bajo esa modalidad.
El reglamento estipula que, para llevar a cabo una audiencia virtual, todas las partes involucradas deben estar de acuerdo. Los funcionarios judiciales también deben disponer de un casillero electrónico para recibir las notificaciones de cómo se encuentra el proceso.
En el caso de la declaración de testigos, peritos o colaboradores, estos también estarán facultados para hacerlo por la vía electrónica.
REGLAMENTO CONTEMPLA DISPOSITIVOS TECNOLÓGICOS DE GAMA ALTA
Además, en la normativa se establece que los jueces deben evaluar los dispositivos electrónicos que van a utilizarse durante las audiencias, la conectividad y disponibilidad de internet durante el desarrollo de estas.
En el reglamento se estableció que, para los debates virtuales, todas las partes involucradas en el proceso deben permanecer con la cámara encendida y el micrófono apagado, el cual solamente se podrá activar cuando se desee intervenir.
Las audiencias deberán ser grabadas en su totalidad, además, se debe contar con soporte técnico inmediato durante la grabación de dicha audiencia para evitar cualquier inconveniente.
Si hubiera una falla en la transmisión, el juez a cargo del caso puede decidir si se graba de nuevo la audiencia o si se fija una nueva fecha para llevarla a cabo.
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PRUEBAS DOCUMENTALES PODRÁN SER ENVIADAS POR CORREO ELECTRÓNICO
En el reglamento también se contempla que las pruebas documentales pueden ser enviadas por correo electrónico y mostradas por medio de la cámara del dispositivo electrónico que se utiliza durante la audiencia.
Posteriormente la documentación física podrá ser enviada a la judicatura encargada del proceso, para sustentar las pruebas presentadas.
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